Acuerdo X-123

Acciones para Perfeccionar e Incrementar el ejercicio del Control y la Participación Popular

Organismo
Asamblea Nacional del Poder Popular
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 55 Extraordinaria de 2025 (2025-09-01)
Páginas
9–10
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El Acuerdo No. X-123, emitido por la Asamblea Nacional del Poder Popular de Cuba, regula las acciones para perfeccionar e incrementar el ejercicio del control y la participación popular en los órganos locales y el control asambleario de la implementación de las leyes.

Texto íntegro

JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Po-der Popular de la República de Cuba.

HAGO SABER: Que la Asamblea Nacional del Poder Popular, en sesión del día 17 dejulio de 2025, correspondiente al Quinto Período Ordinario de Sesiones de la X Legisla-tura, ha considerado lo siguiente:

POR CUANTO: La Constitución de la República, en su

Artículo 108, inciso d), dis-pone que la Asamblea Nacional del Poder Popular puede adoptar acuerdos en correspon-dencia con las leyes vigentes y controlar su cumplimiento, y la Ley 132 “De Organizacióny Funcionamiento de las Asambleas Municipales del Poder Popular y de los Consejos Populares”, establece las diferentes formas del ejercicio del Control Popular.

POR CUANTO: La Comisión de Atención a Órganos Locales del Poder Popular pro-cedió a presentar un informe referente a las “Acciones para Perfeccionar e Incrementarel ejercicio del Control y la Participación Popular por los Órganos Locales y el Control Asambleario de la implementación de las leyes”.

POR TANTO: La Asamblea Nacional del Poder Popular, en uso de las atribucionesque le están conferidas, ha adoptado, en votación ordinaria, por unanimidad, el siguiente:

ACUERDO X-123

PRIMERO: Aprobar el informe presentado por la Comisión de Atención a Órganos Locales del Poder Popular, referente a las “Acciones para Perfeccionar e Incrementarel ejercicio del Control y la Participación Popular por los Órganos Locales y el Control Asambleario de la implementación de las leyes”, con las propuestas presentadas por losdiputados en el debate, para proceder a su implementación.

SEGUNDO: Que el Secretariado de la Central de Trabajadores de Cuba, estudie laposibilidad de elaborar un instrumento metodológico que permita explicar y organizar entodas sus posibilidades el ejercicio de la participación y el control popular por los colec-tivos obreros.

TERCERO: Que el Buró Nacional de la Asociación Nacional de Agricultores Peque-ños estudie la posibilidad de elaborar un instrumento metodológico que permita explicary organizar en todas sus posibilidades el ejercicio de la participación y el control popularpor las agrupaciones campesinas.

CUARTO: Que el Instituto de Información y Comunicación Social presente al Conse-jo de Estado, para su aprobación, una campaña comunicacional de bien público sobre elejercicio del control popular que se realiza en las comunidades y permita además ampliarel conocimiento de los ciudadanos sobre los derechos de petición y participación popularreconocidos en la Constitución de la República.

QUINTO: Que el Ministerio de Educación incluya en la preparación de sus docenteslas acciones que se requieran para elevar sus conocimientos sobre el control popular quese realiza en las comunidades. y los derechos de petición y participación popular recono-cidos en la Constitución de la República, con el objetivo de contribuir a la formación delos estudiantes de todas las enseñanzas.

SEXTO: Encargar a las comisiones permanentes de trabajo de Atención a Órganos Locales y de Educación, Cultura, Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente de la Asamblea Nacional del Poder Popular, el seguimiento y control a la implementación y cumplimien-to de este acuerdo en lo que le corresponda.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República, para general conocimiento.

DADO en la sala de sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular, Palacio de Convenciones, en La Habana, a los 17 días del mes de julio del año 2025. “Año 67 de la Revolución”.

Juan Esteban Lazo Hernández