Acuerdo X-120

Aprobación de la Liquidación del Presupuesto del Estado del año 2024

Organismo
Asamblea Nacional del Poder Popular
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 55 Extraordinaria de 2025 (2025-09-01)
Páginas
7–8
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La Asamblea Nacional del Poder Popular aprueba la Liquidación del Presupuesto del Estado del año 2024. Esta norma emana de la Constitución de la República y la Ley 131, que otorgan a la Asamblea la potestad de discutir y aprobar el Presupuesto del Estado y controlar su cumplimiento.

Texto íntegro

JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Po-der Popular de la República de Cuba.

HAGO SABER: Que la Asamblea Nacional del Poder Popular, en sesión del día 16 dejulio de 2025, correspondiente al Quinto Período Ordinario de Sesiones de la X Legisla-tura, ha considerado lo siguiente:

POR CUANTO: La Constitución de la República, en su

Artículo 108, inciso k), dis-pone que corresponde a la Asamblea Nacional del Poder Popular discutir y aprobar el Presupuesto del Estado y controlar su cumplimiento, y el

Artículo 200 de la Ley 131“De Organización y Funcionamiento de la Asamblea Nacional del Poder Popular y del Consejo de Estado de la República de Cuba”, establece que el Presidente de la Asamblea Nacional puede disponer que las comisiones de trabajo lo dictaminen.

POR CUANTO: El ministro de Finanzas y Precios ha presentado la Liquidación del Presupuesto del Estado del año 2024.

POR TANTO: La Asamblea Nacional del Poder Popular, en uso de las atribucionesque le están conferidas, ha adoptado, en votación ordinaria, por unanimidad, el siguiente:

ACUERDO X-120

PRIMERO: Aprobar la Liquidación del Presupuesto del Estado del año 2024, presen-tado por el Ministro de Finanzas y Precios.

SEGUNDO: Aprobar el Dictamen presentado por las comisiones de Asuntos Econó-micos y Asuntos Constitucionales y Jurídicos de la Asamblea Nacional del Poder Popularcon la recomendación siguiente:

1. Que el Ministerio de Finanzas y Precios, en coordinación con la Asociación de Eco-nomistas y Contadores de Cuba, realice la actualización del “Programa de medidaspara el Fortalecimiento de la Contabilidad” e informen de ello a la Comisión de Asuntos Económicos de la Asamblea Nacional.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República, para general conocimiento.

DADO en la sala de sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular, Palacio de Convenciones, en La Habana, a los 16 días del mes de julio del año 2025. “Año 67 de la Revolución”.

Juan Esteban Lazo Hernández