Acuerdo X-151
La Asamblea Nacional del Poder Popular aprueba la candidatura para el cargo de secretario de la Asamblea Nacional y del Consejo de Estado. Esta decisión se basa en la Constitución de la República y la Ley Electoral. La Asamblea Nacional del Poder Popular es el órgano emisor de esta norma.
- La Constitución de la República en el Artículo 109, inciso b) faculta a la Asamblea Nacional del Poder Popular para elegir al secretario.
- La Ley 127 'Ley Electoral' de 2019 establece el procedimiento para la conformación y presentación de la candidatura.
- La candidatura aprobada es para el cargo de secretario de la Asamblea Nacional del Poder Popular y del Consejo de Estado.
- El candidato aprobado es José Luis Toledo Santander.
- La decisión fue adoptada en votación ordinaria por unanimidad.
Texto íntegro
GOC-2026-47-EX5 JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular de la República de Cuba.
HAGO SABER: Que la Asamblea Nacional del Poder Popular, en sesión del día 18 de diciembre de 2025, correspondiente al Sexto Período Ordinario de Sesiones de la X Legislatura, ha considerado lo siguiente:
POR CUANTO: La Constitución de la República en el
Artículo 109, inciso b), dispone que la Asamblea Nacional del Poder Popular elige el secretario de la Asamblea Nacional del Poder Popular y del Consejo de Estado; y la Ley 127 “Ley Electoral”, de 13 de julio de 2019, en su
Artículo 236, en relación con los artículos 215 y 216 establece el procedimiento para la conformación y presentación de la candidatura a secretario de la Asamblea Nacional del Poder Popular y del Consejo de Estado.
POR TANTO: La Asamblea Nacional del Poder Popular, en uso de las atribuciones que le están conferidas ha adoptado, en votación ordinaria, por unanimidad, el siguiente:ACUERDO X-151
ÚNICO: Aprobar por unanimidad la candidatura presentada por la Comisión de Candidaturas Nacional para cubrir el cargo de secretario de la Asamblea Nacional del Poder Popular y el Consejo de Estado, al compañero JOSÉ LUIS TOLEDO SANTANDER.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República para general conocimiento.
DADO en la sala de sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular, Palacio de Convenciones, en La Habana, a los 18 días del mes de diciembre del año 2025, “Año 67 de la Revolución”.Juan Esteban Lazo Hernández