Acuerdo X-163
La Asamblea Nacional del Poder Popular aprueba la Ley 183, que regula la reducción excepcional del actual periodo de mandato de los delegados a las asambleas municipales del Poder Popular.
- Se aprueba la Ley 183 para reducir excepcionalmente el mandato de los delegados a las asambleas municipales.
- La ley fue aprobada en sesión de la Asamblea Nacional del Poder Popular el 18 de diciembre de 2025.
- El Artículo 108, inciso c) de la Constitución otorga la potestad de aprobar leyes a la Asamblea Nacional.
- La Ley 183 deberá ser refrendada por el Presidente de la República antes de su publicación.
Texto íntegro
GOC-2026-59-EX5 JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular de la República de Cuba.
HAGO SABER: Que la Asamblea Nacional del Poder Popular, en sesión del día 18 de diciembre de 2025, correspondiente al Sexto Período Ordinario de Sesiones de la X Legislatura, ha considerado lo siguiente:
POR CUANTO: La Constitución de la República en su
Artículo 108, incisos c), dispone que corresponde a la Asamblea Nacional del Poder Popular aprobar las leyes.
POR TANTO: La Asamblea Nacional del Poder Popular, en uso de las atribuciones que le están conferidas ha adoptado, en votación ordinaria, por unanimidad, el siguiente:ACUERDO X-163
PRIMERO: Aprobar la Ley 183, “De reducción excepcional del actual periodo de mandato de los delegados a las asambleas municipales del Poder Popular”, con vista a que sea refrendada por el Presidente de la República, antes de su publicación en la Gaceta Oficial de la República.SEGUNDO: Aprobar el Dictamen presentado por la Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos de la Asamblea Nacional del Poder Popular, sobre la referida Ley.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República para general conocimiento.
DADO en la sala de sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular, Palacio de Convenciones, en La Habana, a los 18 días del mes de diciembre del año 2025, “Año 67 de la Revolución”.Juan Esteban Lazo Hernández