Acuerdo X-171
El Acuerdo No. X-171, emitido por la Asamblea Nacional del Poder Popular, regula el proceso de bancarización en Cuba. Este acuerdo busca mejorar los servicios bancarios a la población.
- El Banco Central de Cuba debe presentar un informe actualizado al Consejo de Estado en agosto sobre medidas para mejorar servicios bancarios.
- El Gobierno indica a administraciones provinciales y municipales medidas para reforzar servicios bancarios a la población.
- La Comisión de Asuntos Económicos evaluará resultados de estas medidas en diciembre de 2026.
- Se publica en la Gaceta Oficial para general conocimiento.
Texto íntegro
GOC-2026-444-O67 JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular de la República de Cuba.
HAGO SABER: Que la Asamblea Nacional del Poder Popular, en sesión del día 29 de julio de 2026, correspondiente al Séptimo Período Ordinario de Sesiones de la X Legislatura, ha considerado la información presentada por la Ministra Presidenta del Banco Central de Cuba sobre el proceso de bancarización que afecta directamente a la población, a partir del planteamiento realizado por un diputado en la Sesión Extraordinaria de la Asamblea Nacional del Poder Popular, del mes de junio de 2026, y según lo dispuesto en el
Artículo 108, inciso d) de la Constitución de la República, ha adoptado, en votación ordinaria, por unanimidad, el siguiente:ACUERDO X-171
PRIMERO: Que el Banco Central de Cuba presente al Consejo de Estado en el mes de agosto una información actualizada sobre las medidas y acciones que se ejecutan para mejorar los servicios bancarios a la población.
SEGUNDO: Que el Gobierno de la República, indique a las administraciones provinciales y municipales las medidas que se deben adoptar para reforzar las acciones que se requieran para mejorar los servicios bancarios a la población.
TERCERO: Que la Comisión de Asuntos Económicos de la Asamblea Nacional de Poder Popular mantenga el seguimiento y control a este tema y evalúe los resultados de estas medidas, en la reunión de la Comisión en el periodo de sesiones que corresponde en el mes de diciembre de 2026.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República, para general conocimiento.
DADO en la sala de sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular, Palacio de Convenciones, en La Habana, a los 29 días del mes de julio del 2026, “Año del Centenario del Comandante en Jefe Fidel Castro Ruz”.Juan Esteban Lazo Hernández