Acuerdo X-178
La Asamblea Nacional del Poder Popular aprueba la Ley 187 "De la Vivienda". Esta norma regula aspectos relacionados con la vivienda en Cuba y fue aprobada en sesión del día 30 de julio de 2026.
- Se aprueba la Ley 187 "De la Vivienda".
- La ley debe ser refrendada por el Presidente de la República.
- Se aprueba el dictamen de las Comisiones de Asuntos Constitucionales y Jurídicos y de Industria, Construcciones y Energía.
- La ley se publica en la Gaceta Oficial de la República.
Texto íntegro
GOC-2026-451-O67 JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular de la República de Cuba.
HAGO SABER: Que la Asamblea Nacional del Poder Popular, en sesión del día 30 de julio de 2026, correspondiente al Séptimo Período Ordinario de Sesiones de la X Legislatura, ha considerado lo siguiente:
POR CUANTO: La Constitución de la República en su
Artículo 108, incisos c) dispone que corresponde a la Asamblea Nacional del Poder Popular aprobar las leyes.
POR TANTO: La Asamblea Nacional del Poder Popular, en uso de las atribuciones que le están conferidas ha adoptado, en votación ordinaria, por unanimidad, el siguiente:ACUERDO X-178
PRIMERO: Aprobar la Ley 187 “De la Vivienda”, con vista a que sea refrendada porel Presidente de la República, antes de su publicación en la Gaceta Oficial de la República.SEGUNDO: Aprobar el Dictamen presentado por las Comisiones de Asuntos Constitucionales y Jurídicos y de Industria, Construcciones y Energía de la Asamblea Nacional del Poder Popular, sobre la referida Ley.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República, para general conocimiento.
DADO en la sala de sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular, Palacio de Convenciones, en La Habana, a los 30 días del mes de julio del año 2026, “Año del Centenario del Comandante en Jefe Fidel Castro Ruz”.