Acuerdo X-180

Sobre la Ley del Sistema de Identidad Personal y Domicilio

Organismo
Asamblea Nacional del Poder Popular
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 67 Ordinaria de 2026 (2026-08-14)
Páginas
11
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La Asamblea Nacional del Poder Popular emite el Acuerdo No. X-180, que regula la aprobación de la Ley del Sistema de Identidad Personal y Domicilio. Esta ley es aprobada en uso de las atribuciones conferidas a la Asamblea Nacional del Poder Popular.

Texto íntegro

GOC-2026-453-O67 JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular de la República de Cuba.

HAGO SABER: Que la Asamblea Nacional del Poder Popular, en sesión del día 30 de julio de 2026, correspondiente al Séptimo Período Ordinario de Sesiones de la X Legislatura, ha considerado lo siguiente:

POR CUANTO: La Constitución de la República en su

Artículo 108, incisos c) dispone que corresponde a la Asamblea Nacional del Poder Popular aprobar las leyes.

POR TANTO: La Asamblea Nacional del Poder Popular, en uso de las atribuciones que le están conferidas ha adoptado, en votación ordinaria, por unanimidad, el siguiente:ACUERDO X-180

PRIMERO: Aprobar la Ley 188 “Del Sistema de Identidad Personal y Domicilio”, con vista a que sea refrendada por el Presidente de la República, antes de su publicación enla Gaceta Oficial de la República.SEGUNDO: Aprobar el Dictamen presentado por las Comisiones de Asuntos Constitucionales y Jurídicos y de Defensa Nacional y Orden Interior de la Asamblea Nacional del Poder Popular, sobre la referida Ley.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República, para general conocimiento.

DADO en la sala de sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular, Palacio de Convenciones, en La Habana, a los 30 días del mes de julio del año 2026, “Año del Centenario del Comandante en Jefe Fidel Castro Ruz”.Juan Esteban Lazo Hernández