Acuerdo X-22

Sobre la rendición de cuenta del Ministerio de Industrias

Organismo
Asamblea Nacional del Poder Popular
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 75 Ordinaria de 2023 (2023-08-11)
Páginas
17–18
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El Acuerdo No. X-22 regula la rendición de cuenta del Ministerio de Industrias (MINDUS) ante la Asamblea Nacional del Poder Popular. La Asamblea Nacional del Poder Popular emite esta norma en uso de sus atribuciones.

Texto íntegro

DIPUTADO JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular de la República de Cuba.

HAGO SABER: Que la Asamblea Nacional del Poder Popular, en su sesión del día 22 dejulio de 2023, correspondiente al Primer Período Ordinario de Sesiones de la X Legislatura,ha considerado lo siguiente:

POR CUANTO: Le corresponde a la Asamblea Nacional del Poder Popular, de confor-midad con el

Artículo 108, inciso s), de la Constitución de la República, evaluar y adoptardecisiones sobre los informes de rendición de cuenta que le presenten los organismos dela Administración Central del Estado. Para su realización se auxilia de sus comisionespermanentes de trabajo, de conformidad con el

Artículo 185 de la Ley No. 131 “Ley de Organización y Funcionamiento de la Asamblea Nacional del Poder Popular y del Conse-jo de Estado” de 20 de diciembre de 2019.

POR TANTO: La Asamblea Nacional del Poder Popular, en el uso de las atribucionesque le están conferidas, y a propuesta de su Presidente, adoptó el siguiente:

ACUERDO NÚMERO X-29

PRIMERO: Aprobar la rendición de cuenta del Ministerio de Industrias (MINDUS).

SEGUNDO: La Comisión de Industria, Construcciones y Energía será la encargadadel correspondiente cronograma de trabajo y de elaborar el dictamen. Participan, además,las comisiones de Asuntos Económicos, Agroalimentaria y Educación, Cultura, Ciencia,Tecnología y Medio Ambiente. Este proceso se desarrollará del 1 de agosto hasta el 30 denoviembre de 2023.

TERCERO: La Comisión de Industria, Construcciones y Energía, presentará para suaprobación al Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular el programa de lasactividades a realizar antes del 1 de agosto de 2023.

CUARTO: La rendición de cuenta del Ministerio de Industrias estará dirigida a:

1. Resultados en la implementación de la Estrategia Económica y Social. Perspecti-vas de desarrollo de la industria cubana.

a) Implementación de las políticas y funciones rectoras.

b) Cumplimiento de los objetivos y metas del plan de la economía del sistemaempresarial atendido por el ministro en sus indicadores fisicos y en valores,aportes al Presupuesto del Estado y niveles de eficiencia en la satisfacción de lasdemandas de la población y los sectores estratégicos.

c) Resultados del sistema de gestión de Ciencia, Tecnología e Innovación.

d) Resultados de las inversiones y negocios con capital extranjero.

2. Cumplimiento de las directivas generales dirigidas a la prevención y el enfrenta-miento al delito, la corrupción, las ilegalidades y las indisciplinas sociales.

3. Resultados en el encadenamiento con todos los actores económicos como comple-mento de le empresa estatal socialista.

QUINTO: El ministro de Industrias presentará al Presidente de la Asamblea Nacionaldel Poder Popular, el informe de rendición de cuenta a que se refiere el apartado anterior,antes del 30 de octubre de 2023.

SEXTO: El informe de rendición de cuenta del Ministerio de Industrias se enmarcaráen los resultados económicos-sociales del cierre de 2022 y de enero hasta junio de 2023.

SÉPTIMO: Las comisiones designadas podrán solicitar, a través de la Secretaría de la Asamblea Nacional, información al organismo en cuestión, a las instituciones de control

estatal o rectores de políticas públicas vinculadas con los objetivos de la rendición decuenta, a otros órganos del Estado, dictámenes u opiniones de especialistas y realizar en-trevistas y encuestas a la población, directivos, funcionarios y empleados.

OCTAVO: Una vez recibido el informe de rendición de cuenta del Ministerio de Industrias con vistas a su dictamen, la comisión designada, interesa las aclaraciones ydatos complementarios y realiza las comprobaciones que considere necesarias.

NOVENO: El Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular, de conjuntocon la dirección del Ministerio de Industrias y las comisiones permanentes de trabajo de Industria, Construcciones y Energía, Asuntos Económicos, Agroalimentaria y Educación,Cultura, Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, analizará previo al Segundo Período Or-dinario de Sesiones de la X Legislatura, los resultados de la rendición de cuenta y valorarálas medidas a adoptar a tales efectos.

DÉCIMO: El Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular, en el Segundo Período Ordinario de Sesiones de la X Legislatura, a efectuarse en diciembre de 2023,dará cuenta a la Asamblea para que se pronuncie sobre el informe de la rendición de cuen-ta, el dictamen realizado y el análisis efectuado.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República para general conocimiento.

DADO en la sala de sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular, Palacio de Convenciones, ciudad de La Habana, a los veintidós días del mes de julio del año dos milveintitrés, “Año 65 de la Revolución”.

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