Acuerdo X-25
El Acuerdo No. X-25, emitido por la Asamblea Nacional del Poder Popular de Cuba, regula el control de los precios en el país. Este acuerdo tiene como objetivo evaluar la efectividad de las medidas adoptadas para controlar los precios y proponer acciones concretas para reducir el déficit fiscal y mejorar la situación económica.
- Insuficiente cumplimiento del Decreto sobre contratación y concertación de precios
- Insuficiente aplicación de la facultad de gobiernos locales para bonificar impuestos
- Empresas estatales participan en la elevación de precios con fichas de costos no reales
- Actores económicos no estatales fijan precios elevados con márgenes excesivos de utilidades
- Prevalencia de elevados déficits fiscales como causa de la inflación
- Revisión urgente de precios de importación y márgenes de utilidad por el Ministerio de Finanzas y Precios
Texto íntegro
DIPUTADO JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular de la República de Cuba.
HAGO SABER: Que la Asamblea Nacional del Poder Popular, en sesión del día 21 dejulio de 2023, correspondiente al Primer Período Ordinario de Sesiones de la X Legislatura,según se dispone en los artículos 108, incisos c), d) y e); y 111, inciso f), de la Constituciónde la República, ha adoptado, en votación ordinaria, por unanimidad, el siguiente:
ACUERDO NÚMERO X-25
PRIMERO: Aprobar el informe presentado por el Ministerio de Finanzas y Preciossobre “Efectividad de las medidas adoptadas para el control de los precios”.
SEGUNDO: La Comisión de Asuntos Económicos de la Asamblea Nacional del Poder Popular evaluó la información presentada por el Ministerio de Finanzas y Precios sobrela efectividad de las medidas adoptadas para el control de los precios y coincide sobre lasprincipales causas que han conllevado a la situación actual y la poca efectividad de lasmedidas que se han aplicado hasta la fecha.
TERCERO: Los argumentos expresados por los diputados que tienen como base susvivencias y las acciones de control realizadas sobre este tema, así como las visitas reali-zadas por las comisiones permanentes de trabajo de la Asamblea Nacional del Poder Po-pular a las provincias y municipios, corroboran igualmente lo antes expuesto, señalandocomo algunos de los aspectos más significativos, los siguientes:
• Insuficiente cumplimiento de lo establecido en el Decreto sobre la contratación yconcertación de los precios. Existe poco dominio de las administraciones localessobre su contenido.
• Insuficiente aplicación de la facultad de los gobiernos locales para la bonificaciónde impuestos en la concertación de los precios.
• Algunas empresas estatales participan también en la elevación de los precios, confichas de costos que no se corresponden con los verdaderos gastos de producción yservicios.
• Actores económicos no estatales que se dedican a la importación de productosterminados para la venta que fijan precios elevados, con márgenes excesivos deutilidades.
• Prevalencia de elevados déficits fiscales que constituye una de las principales cau-sas de la inflación.
CUARTO: A partir de los elementos expuestos y dada la prioridad en la atención aestos temas por el negativo impacto en el nivel de vida de la población, se propone quelos consejos de bobiernos provinciales y los consejos de la Administración municipalesanalicen y revisen las indicaciones que se han emitido al respecto y adopten las accionesque de manera inmediata deben aplicar para que se cumpla lo establecido, con un segui-miento y control permanente.
QUINTO: Que el Ministerio de Finanzas y Precios, como organismo rector de estaactividad, revise con la mayor urgencia posible los aspectos siguientes:
a) Los precios de importación de productos terminados que realizan los actoreseconómicos no estatales, su relación con el pago de impuestos y la fijación demárgenes de utilidad razonables para la venta final a la población.
b) Los precios que acuerden las empresas estatales a sus productos, se correspondancon los verdaderos gastos de producción y servicios.
SEXTO: Que el Gobierno defina una propuesta de acciones concretas, acompañadade sus impactos numéricos, para reducir el déficit fiscal del año 2024 sobre un grupo deprocesos estratégicos que más detalladamente se proponen por esta Comisión en el dic-tamen de la liquidación del Presupuesto del Estado del año 2022 que se presenta a esta Asamblea Nacional.
SÉPTIMO: Por el alto impacto en la población que tienen los elevados precios de losprincipales bienes de consumo y servicios, el Gobierno de la República organizará unsistema de trabajo que implemente el cumplimiento de estas medidas e informe de elloa la Asamblea Nacional del Poder Popular en el Segundo Período Ordinario de Sesionescorrespondiente al mes de diciembre de 2023.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República, para general conocimiento y convistas a someterlo a refrendo.
DADO en la sala de sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular, Palacio de Convenciones, ciudad de La Habana, a los 21 días del mes de julio del año dos mil veintitrés,“Año 65 de la Revolución”.
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