Acuerdo X-40
El Acuerdo No. X-40 de la Asamblea Nacional del Poder Popular regula la rendición de cuenta del Ministerio del Comercio Interior. Esta norma establece el proceso y los requisitos para la evaluación y aprobación del informe de rendición de cuenta del Ministerio.
- Conocer y evaluar el informe de rendición de cuenta del Ministerio del Comercio Interior en el Tercer Período Ordinario de Sesiones de la X Legislatura (Artículo PRIMERO).
- La Comisión de Atención a los Servicios se encarga del cronograma de trabajo y del dictamen, con la participación de otras comisiones (Artículo SEGUNDO).
- El informe de rendición de cuenta debe incluir el cumplimiento de funciones rectoras, implementación de políticas y programas, y resultados en la implementación de la Estrategia Económica y Social (Artículo CUARTO).
- El ministro del Comercio Interior debe presentar el informe de rendición de cuenta antes del 30 de mayo de 2024 (Artículo QUINTO).
- El informe se enmarcará en los resultados económicos-sociales del cierre de 2023 y de enero hasta mayo de 2024 (Artículo SEXTO).
Texto íntegro
GOC-2024-71-O12 JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular de la República de Cuba.
HAGO SABER: Que la Asamblea Nacional del Poder Popular, en sesión del día 22 de diciembre de 2023, correspondiente al Segundo Período Ordinario de Sesiones de la X Legislatura, ha considerado lo siguiente:
POR CUANTO: La Constitución de la República establece en su
Artículo 108 inciso s), que corresponde a la Asamblea Nacional del Poder Popular conocer, evaluar y adoptar decisiones sobre los informes de rendición de cuenta que le presenten los Organismos de la Administración Central del Estado.
POR CUANTO: La Ley 131 “Ley de Organización y Funcionamiento de la Asamblea Nacional del Poder Popular y del Consejo de Estado de la República de Cuba” en su
Artículo 185, dispone que la Asamblea Nacional del Poder Popular, a propuesta de su Presidente, aprueba quién le rinde cuenta en sus períodos de sesiones, así como la
comisión que se encarga del correspondiente cronograma de trabajo y de la elaboración del dictamen.
POR TANTO: La Asamblea Nacional del Poder Popular, en uso de las atribuciones que le están conferidas ha adoptado, en votación ordinaria, por unanimidad, el siguiente:ACUERDO NÚMERO X-59
PRIMERO: Conocer y evaluar en el Tercer Periodo Ordinario de Sesiones de la X Legislatura a efectuarse en julio de 2024, el informe de rendición de cuenta del Ministerio del Comercio Interior.
SEGUNDO: La Comisión de Atención a los Servicios será la encargada del correspondiente cronograma de trabajo y de elaborar el dictamen. Participan, además, las Comisiones de Asuntos Económicos, Agroalimentaria, Industria, Construcciones y Energía, Educación, Cultura, Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente y la de Salud y Deporte. Este proceso se desarrollará del 5 de enero hasta el 30 de junio de 2023.
TERCERO: La Comisión de Atención a los Servicios, presentará para su aprobación al Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular el programa de las actividades a realizar antes del 5 de enero de 2024.
CUARTO: La rendición de cuenta del Ministerio del Comercio Interior estará dirigida a: 1. Cumplimiento de las funciones rectoras. a) Implementación de las políticas y programas. b) Resultados en la implementación de la Estrategia Económica y Social. Perspectivas de desarrollo del sistema del Comercio Interior. c) Cumplimiento de los objetivos y metas del plan de la economía del sistema em-presarial atendido, por indicadores físicos y en valores; niveles de eficiencia enla satisfacción de las demandas de la población. d) Resultados de la implementación del programa de transformación digital en el sector. e) Resultados de las inversiones y negocios con capital extranjero. f) Resultados del proceso de perfeccionamiento del sistema; impacto en la población de las transformaciones en el comercio minorista de subordinación local, enfatizando en la gastronomía popular, a la que acceden, las personas de menos ingresos. 2. Cumplimiento de las directivas generales dirigidas a la prevención y el enfrentamiento al delito, la corrupción, las ilegalidades y las indisciplinas sociales. 3. Resultados en el encadenamiento con todos los actores económicos como complemento de le empresa estatal socialista.
QUINTO: El ministro del Comercio Interior presentará al Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular, el informe de rendición de cuenta a que se refiere el apartadoanterior, antes del 30 de mayo de 2024.
SEXTO: El informe de rendición de cuenta del Ministerio del Comercio Interior se enmarcará en los resultados económicos-sociales del cierre de 2023 y de enero hasta mayo de 2024.
SÉPTIMO: Las comisiones designadas podrán solicitar, a través de la Secretaría de la Asamblea Nacional, información al organismo en cuestión, a las instituciones de control estatal o rectores de políticas públicas vinculadas con los objetivos de la rendición de cuenta, a otros órganos del Estado, dictámenes u opiniones de especialistas y realizar entrevistas y encuestas a la población, directivos, funcionarios y empleados.
OCTAVO: Una vez recibido el informe de rendición de cuenta del Ministerio del Comercio Interior, con vistas a su dictamen, la comisión designada, interesa las aclaraciones y datos complementarios y realiza las comprobaciones que considere necesarias.
NOVENO: El Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular, de conjunto con la dirección del Ministerio del Comercio Interior y las comisiones permanentes de trabajo de Industria, Construcciones y Energía, Asuntos Económicos, Agroalimentaria, Educación, Cultura, Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, Salud y Deporte, analizará previo al Tercer Período Ordinario de Sesiones de la X Legislatura, los resultados de la rendición de cuenta y valorará las medidas a adoptar a tales efectos.
DÉCIMO: El Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular, en el Tercer Período Ordinario de Sesiones de la X Legislatura, dará cuenta a la Asamblea para que se pronuncie sobre el informe de la rendición de cuenta, el dictamen realizado y el análisis efectuado.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República para general conocimiento.
DADO en la sala de sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular, Palacio de Convenciones, en La Habana, a los 22 días del mes de diciembre del año 2023, “Año 65 de la Revolución”.Juan Esteban Lazo Hernández________________