Acuerdo X-45
La Asamblea Nacional del Poder Popular aprueba la Ley 167, que regula el sistema de atención a las quejas y peticiones de las personas. Esta ley tiene como objetivo establecer un marco para la atención a las quejas y peticiones de los ciudadanos.
- La Ley 167 regula el sistema de atención a las quejas y peticiones de las personas.
- La Constitución de la República, en su Artículo 108, inciso c), otorga a la Asamblea Nacional del Poder Popular la facultad de aprobar leyes.
- La ley fue aprobada en votación ordinaria por unanimidad en la sesión del 22 de diciembre de 2023.
- La ley debe ser refrendada por el Presidente de la República antes de su publicación en la Gaceta Oficial de la República.
Texto íntegro
GOC-2024-66-O12 JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular de la República de Cuba.
HAGO SABER: Que la Asamblea Nacional del Poder Popular, en sesión del día 22 de diciembre de 2023, correspondiente al Segundo Período Ordinario de Sesiones de la X Legislatura, ha considerado lo siguiente:
POR CUANTO: La Constitución de la República en su
Artículo 108, inciso c) dispone que corresponde a la Asamblea Nacional del Poder Popular aprobar las leyes.
POR TANTO: La Asamblea Nacional del Poder Popular, en uso de las atribuciones que le están conferidas ha adoptado, en votación ordinaria, por unanimidad, el siguiente:
ACUERDO NÚMERO X-54
ÚNICO: Aprobar la Ley 167, “Del Sistema de Atención a las Quejas y Peticiones de las Personas”, con vista a que sea refrendada por el Presidente de la República, antes de supublicación en la Gaceta Oficial de la República.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República, para general conocimiento.
DADO en la sala de sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular, Palacio de Convenciones, en La Habana, a los 22 días del mes de diciembre del año 2023, “Año 65 de la Revolución”.Juan Esteban Lazo Hernández________________