Acuerdo X-49
La Asamblea Nacional del Poder Popular aprueba la Ley 165, De la Salud Pública, según sus atribuciones establecidas en la Constitución de la República.
- La Asamblea Nacional del Poder Popular aprobó la Ley 165 en sesión del 22 de diciembre de 2023.
- La Constitución de la República otorga a la Asamblea Nacional la potestad de aprobar leyes (Artículo 108, inciso c).
- La Ley 165, De la Salud Pública, deberá ser refrendada por el Presidente de la República.
- El acuerdo fue adoptado en votación ordinaria por unanimidad.
Texto íntegro
GOC-2024-61-O12 JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular de la República de Cuba.
HAGO SABER: Que la Asamblea Nacional del Poder Popular, en sesión del día 22 de diciembre de 2023, correspondiente al Segundo Período Ordinario de Sesiones de la X Legislatura, ha considerado lo siguiente:
POR CUANTO: Según establece la Constitución de la República en su
Artículo 108, inciso c) corresponde a la Asamblea Nacional del Poder Popular aprobar las leyes.
POR TANTO: La Asamblea Nacional del Poder Popular, en uso de las atribuciones que le están conferidas ha adoptado, en votación ordinaria, por unanimidad, el siguiente:ACUERDO NÚMERO X-49
ÚNICO: Aprobar la Ley 165, “De la Salud Pública”, con vista a que sea refrendadapor el Presidente de la República, antes de su publicación en la Gaceta Oficial de la República.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República, para general conocimiento.
DADO en la sala de sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular, Palacio de Convenciones, en La Habana, a los 22 días del mes de diciembre del año 2023, “Año 65 de la Revolución”.Juan Esteban Lazo Hernández________________