Acuerdo X-58

Ratificación de decretos-leyes y acuerdos del Consejo de Estado

Organismo
Asamblea Nacional del Poder Popular
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 12 Ordinaria de 2024 (2024-02-12)
Páginas
9–10
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El Acuerdo No. X-58 de la Asamblea Nacional del Poder Popular ratifica decretos-leyes y acuerdos del Consejo de Estado. Regula el proceso de ratificación de estas normas según la Constitución y la Ley 131. La Asamblea Nacional del Poder Popular emite este acuerdo.

Texto íntegro

GOC-2024-53-O12 JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular de la República de Cuba.

HAGO SABER: Que la Asamblea Nacional del Poder Popular, en sesión del día 20 de diciembre de 2023, correspondiente al Segundo Período Ordinario de Sesiones de la X Legislatura, ha considerado lo siguiente:

POR CUANTO: La Constitución de la República en su

Artículo 108 inciso f), y el

Artículo 178 de la Ley 131, “Ley de la Organización y Funcionamiento de la Asamblea Nacional del Poder Popular y de Consejo de Estado de la República de Cuba”, de 20 de diciembre de 2019, disponen que los decretos-leyes y acuerdos que adopte el Consejo de Estado se someten a la ratificación de la Asamblea Nacional.

POR TANTO: La Asamblea Nacional del Poder Popular, en uso de las atribuciones que le están conferidas ha adoptado, en votación ordinaria, por unanimidad, el siguiente:ACUERDO NÚMERO X-41

PRIMERO: Ratificar los nueve (9) decretos-leyes aprobados por el Consejo de Estadosiguientes: • Decreto-Ley 73, de 17 de julio de 2023, “Del Régimen Especial de Seguridad Social de los Ciudadanos Cubanos Designados como Representantes de las Representaciones Comerciales Extranjeras en la República de Cuba”. • Decreto-Ley 74, de 17 de julio de 2023, “Reglamento de la Ley de Ejecución Penal”. • Decreto-Ley 75, de 18 de septiembre de 2023, Modificativo del Decreto-Ley 2“De La Mecanización, el Riego, el Drenaje Agrícola y el Abasto de Agua a los Animales”. • Decreto-Ley 76, de 18 de septiembre de 2023, “De las Cooperativas Agropecuarias”. • Decreto-Ley 77, de 18 de septiembre de 2023, “De Costas”. • Decreto-Ley 78, de 26 de octubre de 2023, “Sobre la Seguridad y Protección de la Información Clasificada y Limitada”.• Decreto-Ley 79, de 26 de octubre de 2023, “Sobre el Desarrollo, la Aplicación y Uso de los Dispositivos de Protección Criptográfica y Servicios en la Esfera de la Criptografía en la República de Cuba”. • Decreto-Ley 80, de 27 de noviembre de 2023, “Del Régimen Especial de Seguridad Social del Sector Agropecuario y Forestal”. • Decreto-Ley 81, de 27 de noviembre de 2023, Decreto-Ley “Del Régimen Laboral Especial de las Personas Privadas de Libertad que trabajan dentro o fuera de los Establecimientos Penitenciarios”.SEGUNDO: Ratificar los sesenta y tres (63) acuerdos adoptados por el Consejo de Estado en el período comprendido entre el 1 ro. de julio de 2023 y el 30 de noviembre de 2023.

TERCERO: Aprobar el dictamen emitido al respecto por la Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos, de la Asamblea Nacional del Poder Popular.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República, para general conocimiento.

DADO en la sala de sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular, Palacio de Convenciones, en La Habana, a los 20 días del mes de diciembre del año 2023, “Año 65 de la Revolución”.Juan Esteban Lazo Hernández