Acuerdo X-60

Sobre el Presupuesto del Estado para el año 2024

Organismo
Asamblea Nacional del Poder Popular
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 12 Ordinaria de 2024 (2024-02-12)
Páginas
7–8
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El Acuerdo No. X-60 regula el Presupuesto del Estado para el año 2024 y es emitido por la Asamblea Nacional del Poder Popular de la República de Cuba. Este acuerdo aprueba el dictamen presentado por la Comisión de Asuntos Económicos sobre la Ley 164 del Presupuesto del Estado para 2024.

Texto íntegro

GOC-2024-51-O12 JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular de la República de Cuba.

HAGO SABER: Que la Asamblea Nacional del Poder Popular, en sesión del día 20 de diciembre de 2023, correspondiente al Segundo Período Ordinario de Sesiones de la X Legislatura, ha considerado lo siguiente:

POR CUANTO: La Constitución de la República en su

Artículo 108, inciso e), dispone que la Asamblea Nacional del Poder Popular ejerce el control de constitucionalidad sobre las leyes, y el

Artículo 138.2 de la Ley 131 “De Organización y Funcionamiento de la Asamblea Nacional del Poder Popular y del Consejo de Estado de la República de Cuba”, establece que las comisiones designadas para ello presentan sus dictámenes.

POR TANTO: La Asamblea Nacional del Poder Popular, en uso de las atribuciones que le están conferidas ha adoptado, en votación ordinaria, por unanimidad, el siguiente:ACUERDO NÚMERO X-39

PRIMERO: Aprobar el dictamen presentado por la Comisión de Asuntos Económicos, de la Asamblea Nacional del Poder Popular, sobre Ley 164, “Del Presupuesto del Estado para el año 2024”, con las recomendaciones siguientes:1. Que el Gobierno de la República, en el interés de reducir el Déficit Fiscal del presupuesto del Estado en el entorno de lo alcanzado en el 2023 con respecto al PIB, ejecute las acciones siguientes: • Instrumentar un programa de fortalecimiento del Sistema de Administración Tri-butaria del país para responder al cumplimiento de las obligaciones fiscales detodo los actores económicos, dada las limitaciones del capital humano y técnico que presenta. • Revisar la estructura del sector presupuestado que ejecuta el gasto de gobierno en el país, sin detrimento de la calidad de los servicios que se prestan a la población, estableciendo un cronograma con indicadores que puedan medir los resultados. • Garantizar con prontitud la implementación del cronograma para transformar el subsidio a productos por el subsidio a personas, lo que hace más justo y equitativo el principio de distribución de nuestro sistema social. • Presentar al Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular antes de concluir el mes de enero, el cronograma para la implementación de las nuevas medidas para potenciar la recaudación de los ingresos al Presupuesto y la disminución de los gastos y que se cumpla en la fecha prevista. • Informar la marcha de estas acciones en el Tercero y Cuarto Período de Sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular. 2. Encargar a la Comisión de Asuntos Económicos de la Asamblea Nacional del Poder Popular, el seguimiento y control del cumplimiento de las acciones previstas para lareducción del déficit fiscal.3. Que las Asambleas Municipales del Poder Popular evalúen entre los meses de enero y febrero del año 2024, la aplicación del sistema integrado de acciones aprobadopor el Consejo de Estado para reducir el déficit fiscal o incrementar el superávitaprobado en sus territorios, adoptando las medidas que conduzcan a ello.

Los consejos provinciales analizarán los resultados de la evaluación realizada por los municipios, informando de ello al Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular antes del día 30 de los meses de junio y noviembre de 2024.

SEGUNDO: Que el Consejo de Ministros presente al Consejo de Estado trimestralmente, la marcha del presupuesto del Estado y el cumplimiento de las principales medidastributarias y fiscales aprobadas.TERCERO: Las comisiones permanentes de la Asamblea Nacional del Poder Popular en sus visitas a los territorios evalúen el cumplimiento de lo establecido en la Ley del Presupuesto del Estado e informen de ello a la Asamblea Nacional del Poder Popular en el Tercero y Cuarto Período de Sesiones.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República, para general conocimiento.

DADO en la sala de sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular, Palacio de Convenciones, en La Habana, a los 20 días del mes de diciembre del año 2023, “Año 65 de la Revolución”.Juan Esteban Lazo Hernández________________