Acuerdo X-67

Aprobar la Comisión de Estilo para la revisión de la Ley de Migración

Organismo
Asamblea Nacional del Poder Popular
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 80 Ordinaria de 2024 (2024-08-26)
Páginas
29–30
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La Asamblea Nacional del Poder Popular aprueba la creación de una Comisión de Estilo para revisar la Ley de Migración. Esta comisión se establece según lo dispuesto en la Constitución y la Ley 131. La Comisión de Estilo está integrada por tres diputados.

Texto íntegro

GOC-2024-488-O80 JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular de la República de Cuba.

HAGO SABER: Que la Asamblea Nacional del Poder Popular, en sesión del día 19 de julio de 2024, correspondiente al Tercer Período Ordinario de Sesiones de la X Legislatura, ha considerado lo siguiente:

POR CUANTO: Según establece la Constitución de la República en el

Artículo 108, inciso p), y en correspondencia con el

Artículo 147.1 y 2 de la Ley 131 “De Organización y Funcionamiento de la Asamblea Nacional del Poder Popular y del Consejo de Estado de la República de Cuba”, la Asamblea Nacional del Poder Popular puede nombrar una Comisión de Estilo.

POR TANTO: La Asamblea Nacional del Poder Popular, en uso de las atribuciones que le están conferidas, ha adoptado, en votación ordinaria, por unanimidad, el siguiente:ACUERDO NÚMERO X-85

ÚNICO: Aprobar la Comisión de Estilo, integrada por los diputados ORISELL RI- CHARDS MARTÍNEZ, ELBA MARTÍNEZ AMADOR y JOSÉ LUIS TOLEDO SAN- TANDER, quien la presidirá, para que revisen el texto de la Ley 171 “De Migración”antes de ser firmada por el Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular, yremitida al Presidente de la República para su refrendación y posterior publicación en la Gaceta Oficial de la República.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República, para general conocimiento.

DADO en la sala de sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular, Palacio de Convenciones, en La Habana, a los 19 días del mes de julio del año 2024, “Año 66 de la Revolución”.Juan Esteban Lazo Hernández