Decreto 357
El Decreto No. 357 regula la extinción del Grupo Empresarial Centro Histórico. Fue emitido por el Consejo de Ministros de la República de Cuba.
- Se extingue el Grupo Empresarial Centro Histórico (Artículo 1.1).
- Las entidades subordinadas pasan a depender del Historiador de la ciudad de La Habana (Artículo 1.2).
- Los bienes y recursos se traspasan al sistema de la Oficina del Historiador (Artículo 2).
- El Ministro de Economía y Planificación debe implementar lo dispuesto en 90 días (Disposición Primera).
- Se deroga el Decreto No. 328 de 2014 (Disposición Segunda).
- El Decreto entra en vigor a los 3 días de su publicación (Disposición Tercera).
Texto íntegro
GOC-2019-379-O24 MIGUEL DÍAZ-CANEL BERMÚDEZ, Presidente de los consejos de Estado y de Ministros de la República de Cuba.
HAGO SABER: Que el Consejo de Ministros ha considerado lo siguiente:
POR CUANTO: Mediante el Decreto No. 328, de 19 de noviembre de 2014, se crea la Organización Superior de Dirección Empresarial denominada Grupo Empresarial Centro Histórico.
POR CUANTO: A partir de la revisión del funcionamiento, la estructura y la composi-ción de la Oficina del Historiador de la ciudad de La Habana, resulta necesario extinguir la Organización Superior de Dirección Empresarial denominada Grupo Empresarial Centro Histórico y, en consecuencia, derogar el referido Decreto No. 328.
POR TANTO: El Consejo de Ministros, en el ejercicio de las atribuciones que le están conferidas por el inciso k), artículo 98, de la Constitución de la República de Cuba, ha adoptado el siguiente:DECRETO No. 357 SOBRE LA EXTINCIÓN DE LA ORGANIZACIÓN SUPERIOR DE DIRECCIÓN EMPRESARIAL GRUPO EMPRESARIAL CENTRO HISTÓRICO
Artículo 1.1. Extinguir la Organización Superior de Dirección Empresarial denomina-da Grupo Empresarial Centro Histórico.
389 GACETA OFICIAL3 de abril de 20192. Las entidades que integran actualmente la Organización Superior de Dirección Em-presarial denominada Grupo Empresarial Centro Histórico se trasladan a la subordinación del Historiador de la ciudad de La Habana.
Artículo 2. Los bienes, recursos, activos fijos, circulantes, diferidos y a largo plazo y otros que le hayan sido asignados al Grupo Empresarial Centro Histórico para integrar su patrimonio, se traspasan de manera gratuita al sistema de la Oficina del Historiador de la ciudad de La Habana.
DISPOSICIONES FINALESPRIMERA: El Ministro de Economía y Planificación queda encargado de implementar en lo que corresponda, lo dispuesto en el presente Decreto, en un término de noventa (90) días, contados a partir de su entrada en vigor.
SEGUNDA: Derogar el Decreto No. 328 “Creación de la Organización Superior de Di-rección Empresarial Grupo Empresarial Centro Histórico”, de 19 de noviembre de 2014.
TERCERA: Este Decreto entra en vigor a partir de los tres (3) días posteriores a la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los 2 días del mes de marzo de 2019. Miguel Díaz - Canel Bermúdez Presidente del Consejode Estado