Decreto-Ley 109
El Decreto-Ley No. 109 regula el Reglamento de la Ley 170 del Sistema de Títulos Honoríficos y Condecoraciones. Este reglamento complementa la ley en cuanto a la organización, denominaciones y características de títulos honoríficos y condecoraciones. El Consejo de Estado emite este decreto ley.
- Establece regulaciones para la creación, modificación, extinción, otorgamiento, privación y restablecimiento de títulos honoríficos y condecoraciones.
- El Presidente de la República es la máxima autoridad del Sistema de Títulos Honoríficos y Condecoraciones.
- La Dirección de Cuadros del Estado y del Gobierno auxilia al Presidente de la República en la gestión del sistema.
- Se establecen 20 órdenes, 24 medallas y 8 distinciones como reconocimientos honoríficos.
- El reglamento define las características de las representaciones físicas de los títulos honoríficos y condecoraciones.
Texto íntegro
GOC-2025-575-O93 JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular de la República de Cuba;
HAGO SABER: Que el Consejo de Estado, ha acordado lo siguiente:
POR CUANTO: La Ley 170 “Del Sistema de Títulos Honoríficos y Condecoraciones”, de 22 de julio de 2024, regula sus principios, funcionamiento y organización y establece los procedimientos para la creación, modificación, extinción, otorgamiento, privación y restablecimiento de los títulos honoríficos y condecoraciones.
POR CUANTO: En la Disposición Final Primera de la citada Ley 170, “Del Sistema de Títulos Honoríficos y Condecoraciones se encarga al Consejo de Estado dictar su Reglamento, resulta necesario armonizar el procedimiento actualmente establecido y fortalecer el marco regulatorio en esta materia unificando en esta disposición el funciona-miento de su sistema.
POR TANTO: El Consejo de Estado en uso de las atribuciones que le confiere el
Artículo 122, inciso c) de la Constitución de la República, resuelve dictar el siguiente:DECRETO LEY No. 109 REGLAMENTO DE LA LEY 170 DEL SISTEMA DE TÍTULOS HONORÍFICOS Y CONDECORACIONES.
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. El presente Reglamento establece las regulaciones que complementan lo dispuesto en la Ley 170 “Del Sistema de Títulos Honoríficos y Condecoraciones”, en lo adelante la Ley, en lo que respecta a su organización, las denominaciones, a las características de cada título honorífico o condecoración, facultades de sus autoridades y al procedimiento para la creación, modificación, extinción, otorgamiento, privación y restablecimiento de los títulos honoríficos y las condecoraciones.
Artículo 2. Los reconocimientos que expresan los títulos honoríficos y las condecoraciones se establecen de acuerdo con las siguientes reglas: a) Los títulos honoríficos constituyen el máximo reconocimiento a méritos extraordinarios y eminentes, alcanzados en ocasión de los servicios prestados al Estado Socialista de Derecho y Justicia Social.
b) Las órdenes reconocen méritos, aportes, resultados, hazañas o actos de valor sobresalientes y de relevante importancia, trayectoria y conducta intachable, tanto individual como colectiva. c) Las medallas reconocen méritos, aportes, resultados, actos de valor relevantes o que tengan una notable trascendencia, esfuerzos que denotan abnegación y trayectoria y conducta ejemplar, tanto individual como colectiva. d) Las distinciones reconocen méritos, aportes, resultados destacados, conducta distinguida y años de servicio.
Artículo 3. En los anexos del presente Reglamento se establecen y describen las características generales y específicas de las representaciones físicas de los títulos honoríficos y las condecoraciones, así como los modelos documentales para la solicitud de su creación, modificación, extinción, otorgamiento, privación y restablecimiento.
CAPÍTULO IIDE LA ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA DE TÍTULOS HONORÍFICOS Y CONDECORACIONES DE LA REPÚBLICA DE CUBA
SECCIÓN PRIMERADe las autoridades del sistema y sus funciones
Artículo 4. El Presidente de la República es la máxima autoridad del Sistema de Títulos Honoríficos y Condecoraciones y, en consecuencia, cumple las funciones siguientes: a) Dictar decretos presidenciales para el otorgamiento, privación o restablecimiento de títulos honoríficos y condecoraciones; b) emitir consideraciones al Consejo de Estado sobre propuestas de creación, modificación o extinción de títulos honoríficos y condecoraciones, y c) imponer o entregar los títulos honoríficos, así como las condecoraciones, cuando las circunstancias así lo ameriten.
Artículo 5. La Dirección de Cuadros del Estado y del Gobierno auxilia al Presidente de la República y, en consecuencia, cumple las funciones siguientes: a) Recibir las propuestas que se formulen por las autoridades facultadas en el
Artículo 26 de la Ley, para el otorgamiento, privación o el restablecimiento de títulos honoríficos, órdenes y medallas; b) dictaminar si las propuestas de otorgamiento, privación o restablecimiento de títulos honoríficos, órdenes y medallas se ajustan a lo dispuesto en la Ley del Sistema de Títulos Honoríficos y Condecoraciones y el presente Reglamento; c) presentar al Presidente de la República las propuestas de otorgamiento, privación o restablecimiento de títulos honoríficos, órdenes y medallas para su aprobación, acompañada del dictamen correspondiente; d) presentar a la firma de la autoridad competente el certifico del Decreto Presidencial; e) informar a la autoridad proponente lo relacionado con la aprobación o no del otorgamiento, privación o restablecimiento de títulos honoríficos, órdenes y medallas, así como la entrega de las certificaciones acreditativas; f) remitir a la Gaceta Oficial de la República los decretos presidenciales aprobados por el Presidente de la República para su publicación; g) emitir las certificaciones acreditativas de los títulos honoríficos, órdenes y medallas o documento acreditativo, según corresponda, y entregar duplicados de estas cuando concurran las circunstancias previstas en la Ley, y h) mantener el control de la existencia de las insignias que representan los títulos honoríficos y condecoraciones.
SECCIÓN SEGUNDADe las denominaciones y el contenido de los Títulos Honoríficos y las Condecoraciones
Artículo 6. Integran el Sistema de Títulos Honoríficos y Condecoraciones de la República de Cuba los siguientes: a) TÍTULOS HONORÍFICOS:1. “HÉROE DE LA REPÚBLICA DE CUBA” se otorga a ciudadanos cubanos y a extranjeros por hazañas heroicas y méritos extraordinarios realizados en defensa de la patria y las conquistas de la Revolución, por excepcional contribución al desarrollo de la capacidad defensiva de la nación, su integridad y seguridad y por eminentes aportes a la causa del socialismo y en la lucha contra el imperialismo. También podrá ser otorgado a ciudades y pueblos. La insignia representativa de este título es la Estrella de Oro. 2. “HÉROE DEL TRABAJO DE LA REPÚBLICA DE CUBA” se otorga a ciudadanos cubanos y a extranjeros por méritos extraordinarios o servicios eminentes alcanzados en el trabajo creador, aportes que eleven de forma relevante la producción o productividad del trabajo, contribuyendo de forma excepcional al auge de la economía nacional; participar de forma destacada y activa en las luchas por las conquistas y defensa de los logros e intereses de la clase obrera, así como por la práctica consecuente y aportes al internacionalismo proletario. La insignia representativa de este título es la Estrella de Oro del Trabajo b) ÓRDENES1. “JOSÉ MARTÍ” se otorga a ciudadanos cubanos y a extranjeros, a jefes de Estado o de Gobierno por grandes hazañas en favor de la paz y el progreso de la humanidad; por actos de patriotismo de importante significación; por valiosos aportes en la educación, la cultura, las ciencias, el deporte, la consolidación, perfeccionamiento y desarrollo de nuestro Estado, sus instituciones y de la economía, así como por méritos sobresalientes y actitudes intachables en el trabajo creador. Se confiere además, por actos altamente relevantes de solidaridad internacionalista en las luchas contra el imperialismo, el colonialismo, el neocolonialismo y otras formas de explotación y por la amistad y solidaridad hacia la Revolución Cubana.2. “CARLOS MANUEL DE CÉSPEDES” se otorga a ciudadanos cubanos y a extranjeros, a jefes de Estado o de Gobierno, a dirigentes políticos o estatales y a personalidades o representantes de otros Estados por destacarse de manera relevante en la lucha por la liberación nacional de los pueblos, por la amistad demostrada hacia la Revolución Cubana, por el prestigio internacional alcanzado en las luchas políticas, sociales o económicas en favor de los pueblos, así como por valiosos aportes a la consolidación de la paz y la coexistencia pacífica. 3. “PLAYA GIRÓN” se otorga a ciudadanos cubanos y a extranjeros, a jefes de Estado o de Gobierno, a dirigentes políticos o estatales y a personalidades o representantes de otros Estados y sus instituciones que se destaquen de forma sobresaliente en la lucha contra el imperialismo y sus fuerzas mercenarias, el colonialismo, el neocolonialismo, el racismo, el fascismo y cualquier otra forma de explotación; por valiosos aportes al desarrollo de la capacidad defensiva de la nación, su integridad y seguridad; por mantener una actitud intachable en la defensa de la Patria y las conquistas de la Revolución y por realizar grandes hazañas en favor de la paz y el progreso de la humanidad.
. “BLAS ROCA” se otorga a ciudadanos cubanos en reconocimiento a méritos relevantes y actitud sobresaliente en aras de la construcción del Socialismo, y por el fortalecimiento de la unidad nacional, así como por haber contribuido significativamente a la organización y funcionamiento del Estado, el Gobierno y sus órganos. Puede otorgarse, a extranjeros que de manera sobresaliente se hayan destacado en la lucha frente al imperialismo y todas las formas de explotación, o por el prestigio internacional alcanzado en defensa de las luchas y conquistas del movimiento comunista, progresista, obrero o revolucionario internacional. 5. “MÁXIMO GÓMEZ” se otorga a los miembros de las Fuerzas Armadas Revolucionarias en servicio militar activo, de reserva y en retiro, por méritos relevantes en la defensa de la patria socialista; por destacarse de forma sobresaliente en la dirección, planificación y aseguramiento de grandes operaciones militares, así como por mostrar audacia y valor personal en hechos o acciones combativas, con su participación directa o decisiva. Se otorga además, a otros ciudadanos que hayan adquirido valiosos méritos en la formación militar de nuestras tropas. 6. “ANTONIO MACEO” se otorga a unidades militares, a miembros de las Fuerzas Armadas Revolucionarias en servicio militar activo, de reserva y en retiro, a unidades militares y militares de otros países por éxitos sobresalientes alcanzados en operaciones militares; por elevadas cualidades combativas de las tropas; por firmes y decisivas acciones combativas, y por la capacitación y preparación de sus cuadros de mando que hayan contribuido a la defensa, desarrollo y consolidación de nuestra patria socialista. 7. “CAMILO CIENFUEGOS” se otorga a miembros de las Fuerzas Armadas Revolucionarias en servicio militar activo, de reserva y en retiro, así como a militares de otros países por méritos sobresalientes adquiridos en el desarrollo y cumplimiento de acciones combativas, en defensa de las conquistas y la soberanía de nuestra patria socialista. Puede otorgarse a oficiales que se hayan mantenido en las unidades combativas por 20 años con una destacada participación en misiones de elevada connotación y trascendencia, cuyos resultados sean de gran importancia en el incremento de la Preparación y Disposición combativa. 8. “ERNESTO CHE GUEVARA” se otorga a miembros de las Fuerzas Armadas Revolucionarias en servicio militar activo, de reserva y en retiro por méritos sobresalientes alcanzados en el cumplimiento de misiones internacionalistas o de colaboración, en aras de la independencia, desarrollo y soberanía de los pueblos que luchan contra el imperialismo o cualquier otra forma de explotación. De manera excepcional, se otorga a otros ciudadanos cubanos y a militares de otros países, que en muestra de solidaridad internacional o de colaboración hayan cumplido de forma ejemplar misiones de ese carácter. 9. “POR EL SERVICIO A LA PATRIA EN LAS FUERZAS ARMADAS REVOLU- CIONARIAS” se otorga a los miembros de las Fuerzas Armadas Revolucionarias en servicio militar activo por méritos sobresalientes adquiridos durante el cumplimiento del servicio militar en defensa de la patria socialista y de su integridad territorial, y por obtener valiosos resultados en el desarrollo y fortalecimiento de la disposición combativa de las tropas. Además puede otorgarse a oficiales que con 30 años o más en el servicio, hayan mostrado abnegación, sacrificio, audacia y perspectivas durante su cumplimiento; así como por haber adquirido otros méritos altamente destacados en servicios pres-tados a la Patria.
. “6 DE JUNIO” se otorga a miembros del Ministerio del Interior en activo o en retiro con una intachable trayectoria revolucionaria, una sobresaliente hoja de servicios dentro del organismo y una participación directa, sostenida y decisiva en misiones de elevada relevancia y trascendencia cuyos resultados sean de vital importancia para la seguridad del Estado y el orden interior. Puede ser otorgada a unidades del Ministerio del Interior por su tradición combativa y resultados sobresalientes en el cumplimiento de las misiones asignadas. Se otorga además, a efectivos y unidades de instituciones extranjeras homólogas al Ministerio del Interior, a otros ciudadanos cubanos y a extranjeros, por méritos alcanzados de similar carácter. 11. “FÉLIX VARELA” se otorga a ciudadanos cubanos y a extranjeros y a colectivos culturales, en reconocimiento a aportes sobresalientes realizados en favor de los valores imperecederos de la cultura nacional y universal, así como por haber efectuado de manera sostenida una importante contribución a su enriquecimiento, en la promoción del trabajo cultural o el desarrollo de las relaciones culturales entrenuestro país y otros pueblos.12. “JUAN MARINELLO” se otorga a ciudadanos cubanos y a extranjeros por haber realizado de manera sostenida una importante contribución a la lucha ideológica de los pueblos y un aporte significativo para el desarrollo de la cultura artística, litera-ria y el periodismo.13. “FRANK PAÍS” se otorga a ciudadanos cubanos y a extranjeros en reconocimiento a méritos sobresalientes y una importante contribución al desarrollo del sistema educacional; por haber realizado valiosos aportes en la elaboración de libros de texto, publicaciones u otros materiales de importancia o haber ejecutado un acto de valor de salvar vidas o bienes en el ejercicio de su función educadora. Asimismo, se otorga a otros trabajadores que hayan realizado un aporte valioso o acumulen méritos sobresalientes por su contribución al desarrollo de la educación, aun cuando no estén vinculados a los organismos formadores. Puede ser conferida a organismos, organizaciones sociales o de masas u otras instituciones nacionales o extranjeras que se hayan destacado notablemente por su trabajo a favor de la educación. 14. “CARLOS J. FINLAY” se otorga a ciudadanos cubanos y a extranjeros por méritos y aportes sobresalientes al desarrollo de la ciencia, la tecnología y la innovación; a las actividades científicas o de investigación que hayan contribuido de forma significativa al desarrollo político o socioeconómico; por la preservación y mejoramiento de la salud, el bienestar de nuestro pueblo y el progreso de la medicina en beneficio de la humanidad; por realizar una obra científica de alto nivel. De igual manera se otorga a instituciones y a colectivos de trabajadores cubanos y extranjeros. 15. “AL MÉRITO DEPORTIVO” se otorga a atletas cubanos y a extranjeros por valiosos éxitos alcanzados en el deporte, así como a técnicos, especialistas, entrenadores, activistas, organismos, organizaciones, instituciones y personalidades por su contribución al desarrollo de la cultura física y el deporte nacional o internacional. 16. “LÁZARO PEÑA” se otorga a trabajadores cubanos y a extranjeros por valiosos méritos alcanzados tras una amplia trayectoria laboral, social y política; por importantes aportes realizados a la obra del movimiento sindical cubano y en defensa de la Revolución; por obtener en sus actividades laborales y sociales resultados sobresalientes y continuados en el sobrecumplimiento de normas o tareas a su cargo con la calidad requerida; en la disciplina laboral; en la elevación del nivel cultural y profesional, y en el aporte de inventivas, innovaciones y racionalizaciones. De igual manera, se otorga a colectivos laborales que hayan merecido la condición de Vanguardia Nacional o categoría equivalente otorgada por los sindicatos por resultados sobresalientes obtenidos en el cumplimiento de los planes de producción y servicios. 17. “MARIANA GRAJALES” se otorga a ciudadanas cubanas cuya labor en cualquier esfera del trabajo creador, constituya una muestra excepcional de actitud revolucionaria o internacionalista; por valiosos aportes en la formación de las nuevas generaciones, en el logro de la plena incorporación de la mujer a la sociedad, en el desarrollo del país o en la defensa de nuestra Patria; o hayan sido protagonistas de un hecho de notable valor en cumplimiento del deber. Asimismo, se otorga a ciudadanas extranjeras cuya labor relevante en cualquier campo, signifique un importante aporte a su pueblo o para la humanidad en defensa de los derechos de las mujeres, siempre que su obra haya trascendido al ámbito internacional y que se destaquen en la defensa de las ideas revolucionarias, en la lucha antimperialista y por la liberación e independencia de los pueblos. Con carácter excepcional puede ser otorgada a ciudadanos cubanos que hayan contribuido desde sus aportes, al logro de la igualdad de derechos y al pleno desarrollode las mujeres.18. “ANA BETANCOURT”, se otorga a ciudadanas cubanas por méritos sobresalientes adquiridos por sus aportes a la defensa del pleno ejercicio de la igualdad de deberes, derechos, oportunidades y posibilidades de participación de las mujeres en la construcción de la sociedad socialista y su fidelidad inquebrantable a los ideales revolucionarios e internacionalistas, así como por un desempeño ejemplar como dirigente de la Federación de Mujeres Cubanas en la conducción de las masas para el cumplimiento de las tareas de la Revolución. Asimismo, se otorga a ciudadanas extranjeras y a aquellas líderes feministas, que se destaquen significativamente por los ideales revolucionarios, la lucha antimperialista y por la liberación e independencia de los pueblos, cuyo espíritu solidario haya trascendido al ámbito internacional. 19. “DE LA SOLIDARIDAD” se otorga a ciudadanos, entidades y organizaciones cubanos o extranjeros, como reconocimiento a méritos sobresalientes alcanzados en trabajos realizados en solidaridad con nuestro pueblo u otros pueblos, en favor de la humanidad, luchar de manera decidida por la construcción y consolidación del socialismo y por el desarrollo y mantenimiento de la paz; batallar incansablemente y de forma eficaz frente al imperialismo, al colonialismo, al neocolonialismo, al fascismo, al racismo y a cualquier otra forma de explotación; además, por sobresalir en las actividades políticas, científicas, artísticas y literarias en apoyo, respaldo a la independencia de los pueblos. 20. “17 DE MAYO” se otorga a ciudadanos cubanos y a extranjeros poseedores de méritos sobresalientes, alcanzados mediante importantes aportes a la economía nacional en el sector agropecuario y destacada trayectoria laboral y actitud ejemplar y consecuente con la Revolución. Asimismo, en casos excepcionales, puede otorgarse a trabajadores de la Asociación Nacional de Agricultores Pequeños, otros sectores o a extranjeros, en reconocimiento a su valiosa participación en las luchas y en la defensa de los intereses y
conquistas del campesinado, o que hayan contribuido de una forma positiva al desarrollo agropecuario del país. Igualmente, puede ser otorgada a las organizaciones de base de la Asociación Nacional de Agricultores Pequeños, y a colectivos de campesinos y de trabajadores cubanos o extranjeros, por méritos de similar carácter. 21. “JULIO ANTONIO MELLA” se otorga a jóvenes cubanos y extranjeros por méritos sobresalientes alcanzados en el trabajo creador, en el estudio o la investigación, contribuyendo de forma destacada al auge y desarrollo de la economía nacional; en la cultura artística o literaria o en el deporte; o en las luchas por las conquistas y en defensa de los logros e intereses de la juventud cubana o internacional, así como por la práctica consecuente del internacionalismo proletario. En igual sentido, por mantener una actitud intachable y abnegada en la defensa de los intereses y las conquistas de la Revolución o realizar actos de elevado valor en defensa de la vida humana o de la propiedad social. En casos excepcionales, puede otorgarse a otras personas por haber contribuido de forma relevante a la formación integral de la joven generación. c) MEDALLAS1. “ANTONIO MACEO” se otorga a miembros de las Fuerzas Armadas Revolucionarias en servicio militar activo, de reserva y en retiro, a militares de otros países, y a ciudadanos por hechos o actos relevantes que hayan demostrado valor o audacia personal, que con abnegada, firme y decisiva acción combativa, hayan contribuido a la defensa, desarrollo y consolidación de nuestra patria socialista. 2. “CALIXTO GARCÍA” se otorga a miembros de las Fuerzas Armadas Revolucionarias en servicio militar activo, de reserva y en retiro y a militares de otros países que se hayan destacado de forma relevante con su abnegación, en el cumplimientode las misiones planteadas.3. “IGNACIO AGRAMONTE” se otorga a oficiales de las Fuerzas Armadas Revolucionarias que obtengan los máximos resultados durante tres años consecutivos en los períodos de instrucción y que con su trabajo abnegado, ejemplar y creador en la preparación operativa, combativa y política, así como en la producción y los servicios, hayan contribuido de manera decisiva al fortalecimiento, desarrollo y consolidación de una alta preparación y disposición combativa de las tropas. 4. “POR EL SERVICIO EJEMPLAR EN LAS FAR” se otorga a oficiales y suboficiales de las Fuerzas Armadas Revolucionarias en servicio militar activo que al producirse su licenciamiento, pasen a la reserva o al retiro y hayan mantenido una actitud relevante y consecuente durante la prestación del servicio militar por 20 años o más y que las causas de su licenciamiento no sea imputable a su conducta. Puede otorgarse a los miembros de las Fuerzas Armadas Revolucionarias en servicio militar activo que hayan cumplido meritoriamente y de forma notable las actividades relacionadas directamente con la preparación combativa y política, el fortalecimiento y consolidación de la disposición combativa de las tropas y fuerzas, así como la producción y los servicios. 5. “COMBATIENTE DE LA PRODUCCIÓN Y LA DEFENSA” se otorga a los miembros de las Fuerzas Armadas Revolucionarias en servicio militar activo y a aquellos ciudadanos cubanos y extranjeros que con su actitud ejemplar y consecuente hayan adquirido méritos relevantes o se destaquen de manera sobresaliente en las actividades de la preparación y disposición combativa, de la producción y
de los servicios relacionadas con la instrucción militar de las Milicias de Tropas Territoriales, de las Brigadas de Producción y Defensa, de los órganos de dirección de defensa territorial a los diferentes niveles y de la reserva de las tropas y fuerzas regulares de las Fuerzas Armadas Revolucionarias. Esta condecoración además, puede ser propuesta en el momento del paso al servicio militar de reserva o jubilación. Esta medalla puede otorgarse en más de una ocasión. 6. “FRATERNIDAD COMBATIVA” se otorga a ciudadanos cubanos y extranjeros por la contribución al desarrollo y consolidación de la defensa de la patria socialista; a la organización y fortalecimiento de la capacidad defensiva y disposición combativa de las Fuerzas Armadas Revolucionarias y a la hermandad combativa entre las Fuerzas Armadas de otros países. 7. “COMBATIENTE INTERNACIONALISTA” se otorga a miembros de las Fuerzas Armadas Revolucionarias en servicio militar activo, de reserva y en retiro y a otros ciudadanos que hayan cumplido de forma ejemplar misiones internacionalistas, o mantenido una actitud consecuente en su trabajo durante la prestación de ese servicio. 8. “ABEL SANTAMARÍA” se otorga a jóvenes cubanos y extranjeros por su actitud revolucionaria y notables méritos alcanzados en el trabajo creador; en la cultura artística y literaria; en el deporte; en la lucha por las conquistas de la joven generación cubana o internacional y por la práctica consecuente del internacionalismo proletario; asimismo, en casos excepcionales, puede otorgarse a otras personas por análogos motivos o que hayan contribuido de manera relevante a la formación integral de la joven generación. 9. “JOSÉ ANTONIO ECHEVARRÍA” se otorga a jóvenes cubanos en reconocimiento a relevantes méritos alcanzados en el estudio y que hayan mantenido una actitud ejemplar y consecuente con los principios revolucionarios; asimismo, en casos excepcionales, podrá otorgarse a otros ciudadanos cubanos o extranjeros por haber contribuido de manera destacada a la formación integral de la joven generación. 10. “JESÚS MENÉNDEZ” se otorga a ciudadanos y colectivos, cubanos y extranjeros en reconocimiento al cumplimiento sostenido de los planes de producción o servicios, a relevantes méritos laborales, por una continua y sobresaliente actitud ante el trabajo, en su vida social y política, con una exitosa dirección, asesoramiento, colaboración y orientación y hayan realizado notables aportes a la obra del movimiento sindical cubano, de otros países o internacional. 11. “HAZAÑA LABORAL” se otorga a ciudadanos y colectivos, cubanos y extranjeros, que siendo fieles a los principios de la clase obrera, se destaquen en el cumplimiento de las tareas que le han sido asignadas y contribuyan de forma notable al desarrollo económico y social de nuestro país o que demuestren valor y audacia en la protección de bienes materiales y en la recuperación ante desastres naturales, catástrofes u otros hechos similares. Se confiere además a ciudadanos que se destaquen de forma relevante en obras priorizadas que el Estado ha orientado; en el desarrollo de inventivas, innovaciones y racionalizaciones de gran impacto económico; que introduzcan métodos avanzados en la producción, los servicios, la ciencia y la investigación que conlleven a incrementos notables en la producción y la productividad del trabajo, así como disminuciones en los costos de producción o mejoramiento en la calidad, y a los que por
su esfuerzo personal logran éxitos satisfactorios en la producción y los servicios e implantan o rompan récords en la producción. Puede otorgarse por más de una ocasión, siempre que se realice un hecho de relevante envergadura, de acuerdo con los requisitos establecidos. 12. “TRABAJADOR INTERNACIONALISTA” se otorga a ciudadanos cubanos que en el campo de la producción, los servicios, la ciencia, la técnica, la educación, la cultura, la salud y el deporte, hayan cumplido de forma ejemplar y abnegada una misión internacionalista de más de un año y excepcionalmente, de 6 meses o más, en solidaridad con otros pueblos, manteniendo una actitud ejemplar y consecuente con los principios revolucionarios. Igualmente se otorga a ciudadanos extranjeros que, por su labor internacionalista, hayan adquirido méritos relevantes que coadyuven a elevar el nivel material, cultural y técnico de nuestro país. Puede otorgarse por más de una ocasión, de acuerdo con los requisitos establecidos. 13. “CRUZ ROJA CUBANA” se otorga a ciudadanos y colectivos, cubanos y extranjeros para reconocer y exaltar la realización de acciones de alto contenido humano o de carácter heroico en la prestación de auxilio asistencial o la práctica de salvamento a personas que se encuentren en estado de grave peligro; o se hayan destacado en las actividades, fines y propósitos de la institución. 14. “ALEJO CARPENTIER” se otorga a ciudadanos y colectivos, cubanos y extranjeros en reconocimiento a relevantes méritos alcanzados y a la destacada labor realizada en la creación, interpretación, promoción y organización artística y cultural, cuya labor se desarrolla en favor del enriquecimiento de la cultura nacional. 15. “POR LA DEFENSA DE LA PATRIA Y LA UNIDAD DEL BARRIO” se otorga a ciudadanos cubanos y a extranjeros con méritos suficientes, que hayan mantenido una labor ininterrumpida en apoyo y en función de las tareas de la organización cederista; se confiere además por ejecutar actos relevantes o asumir actitudes que demuestren lealtad y fidelidad a la causa revolucionaria y haber demostrado valentía y abnegación durante acciones a favor y en defensa de la Revolución Cubana; asimismo, por enfrentar y combatir sistemáticamente las manifestaciones de delitos, ilegalidades, antisociales y contrarrevolucionarias, o cumplir misiones especiales en el lugar donde se produzcan hechos o manifestaciones de este carácter. 16. “ROMÁRICO CORDERO” a campesinos cubanos en reconocimiento a relevantes méritos alcanzados por su activa participación en el desarrollo agropecuario de nuestro país y en la defensa de los principios de la Revolución; asimismo, puede otorgarse a dirigentes campesinos, y de organismos del Estado, organizaciones políticas, sociales y de masas, e instituciones cubanas o extranjeras, cuyo trabajo en pro de lograr la participación activa del campesinado en la construcción del socialismo sea considerada decisiva y destacada. 17. “DE LA AMISTAD” se otorga a ciudadanos cubanos y extranjeros en reconocimiento a una notable participación en hechos dirigidos al logro de la construcción de una sociedad más justa, y estrechar los lazos de amistad fraternal, la cooperación y la ayuda mutua entre los diversos países del mundo que respeten los principios de soberanía y autodeterminación de los pueblos y observen las normas de convivencia entre los Estados; asimismo, puede ser otorgada a organismos, organizaciones, instituciones o asociaciones nacionales o extranjeros.
. “HAYDÉE SANTAMARÍA” se otorga a ciudadanos y colectivos cubanos y extranjeros que con una vida útil y una obra intelectual a lo largo de años, hayan contribuido a hacer realidad los objetivos a que aspira la Casa de las Américas, al enriquecimiento y defensa de la genuina cultura de nuestra América y a su integración por las vías culturales; se confiere además por haber tenido una relevante participación como productor o intérprete, en el desarrollo cultural de América Latina y el Caribe; haberse destacado notablemente en la promoción del trabajo cultural de nuestra América; haber desarrollado una notable labor a favor de la unidad cultural latinoamericana y caribeña. 19. “ELISEO REYES” se otorga los miembros del Ministerio del Interior y los colaboradores por actos de valor y activa participación en hechos relevantes o acciones combativas, o de enfrentamiento directo a las actividades enemigas y delictivas, así como por el cumplimiento de las misiones asignadas, donde se haya logrado un trabajo eficaz en la consolidación de la defensa de nuestra Patria y el mantenimiento de los principios del socialismo. Puede ser otorgada a otros ciudadanos cubanos y a extranjeros. 20. “OLO PANTOJA” se otorga a los miembros del Ministerio del Interior que hayan mantenido una actitud ejemplar y sostenida en la organización y dirección de las misiones a ellos encomendadas, cuyos resultados relevantes han contribuido a garantizar la Seguridad o el Orden de nuestro Estado Socialista. De igual forma, se otorga a los que hayan contribuido de manera decisiva al fortalecimiento, desarrollo y consolidación de la preparación de las fuerzas subordinadas, en aras del cumplimiento exitoso de las misiones asignadas al Ministerio del Interior.Igualmente, puede ser otorgada a otros ciudadanos cubanos y a extranjeros. 21. “ANTONIO BRIONES MONTOTO” se otorga a los miembros del Ministerio del Interior y los colaboradores por haber mantenido una actitud ejemplar durante el cumplimiento de las misiones que le están encomendadas y hayan obtenidos resultados de relevante importancia que contribuyan a garantizar el mantenimiento de laseguridad del Estado, su integridad y soberanía.Igualmente, puede ser otorgada a otros ciudadanos cubanos y a extranjeros. 22. “POR LA SEGURIDAD DEL ORDEN INTERIOR” se otorga a los miembros del Ministerio del Interior y los colaboradores por méritos relevantes obtenidos en la protección, defensa y seguridad del orden interior y en la lucha contra la delincuencia y otras actividades delictivas, destacándose en el cumplimiento de misiones asignadas en las que se logre preservar y fortalecer el orden interior, así como en el aseguramiento directo y sostenido de las mismas. Puede ser otorgada a otros ciudadanos cubanos y a extranjeros. 23. “POR LA VALENTÍA DURANTE EL SERVICIO” se otorga a miembros del Ministerio del Interior y los colaboradores que, durante incendios, desastres naturales, catástrofes u otras circunstancias de esa naturaleza se destaquen por la valentía y audacia de sus acciones salvando vidas humanas, preservando bienes materiales de consideración o el aseguramiento directo y sostenido de estas acciones; se confiere además, en casos excepcionales, a otros ciudadanos cubanos y extranjeros. Puede ser recibida en más de una oportunidad. 24. “POR LA PROTECCIÓN DE LAS FRONTERAS” se otorga a miembros del Ministerio del Interior y a los colaboradores que en defensa de la inviolabilidad de las fronteras hayan participado en acciones combativas o de enfrentamiento a las
actividades enemigas y delictivas o garantizado su aseguramiento, siempre de forma directa, alcanzando méritos relevantes. Puede ser otorgada a otros ciudadanos cubanos y a extranjeros. 25. “JOSÉ TEY”, a trabajadores de la educación en reconocimiento a una labor destacada o un aporte notable en el desarrollo de la educación cubana, contribuir con su experiencia al desarrollo de la educación en otros países y demostrado de manera significativa y continua abnegación y dedicación en la formación de las nuevas generaciones. 26. “70 ANIVERSARIO DE LAS FUERZAS ARMADAS REVOLUCIONARIAS”, se otorga a los miembros de las Fuerzas Armadas Revolucionarias en servicio militar activo que con su destacada labor, han contribuido al fortalecimiento de la preparación, disposición y capacidad combativa de las Fuerzas Armadas Revolucionarias y obtenido resultados satisfactorios en la prestación del servicio y que, para el 2 de diciembre del 2026, cumplan 20 o más años de servicio en las mismas. El Ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias puede proponer que la Medalla sea otorgada a otras personas cubanas o extranjeras, no incluidas en el párrafo anterior, que acumulen méritos relevantes en los servicios prestados a las Fuerzas Armadas Revolucionarias o hayan contribuido de manera ejemplar al fortalecimiento de la defensa de nuestra patria socialista. No se otorga con carácter póstumo. Esta Medalla se puede otorgar hasta el 31 de diciembre del año 2029, fecha a partir de la cual queda extinguida la condecoración. d) DISTINCIONES1. “ENRIQUE HART” se otorga a trabajadores cubanos en reconocimiento a méritos alcanzados durante 20 años la mujer y 25 años el hombre en el sector de la administración pública y que hayan mantenido una actitud ejemplar y consecuente con los principios revolucionarios. Asimismo, en casos excepcionales, puede otorgarse a otros trabajadores o a ciudadanos extranjeros que hayan contribuido de forma activa al desarrollo del sector.2. “MARCOS MARTÍ” se otorga a trabajadores cubanos en reconocimiento a méritos alcanzados durante 20 años la mujer y 25 años el hombre en el sector agropecuario y que hayan mantenido una actitud ejemplar y consecuente con los principios revolucionarios. Asimismo, en casos excepcionales, puede otorgarse a otros trabajadores o a ciudadanos extranjeros que hayan contribuido de forma activa al desarrollo del sector.3. “EMILIO BÁRCENAS” se otorga a trabajadores civiles cubanos en reconocimiento a méritos alcanzados durante 20 años la mujer y 25 años el hombre en las Fuerzas Armadas Revolucionaria y el Ministerio del Interior, y que hayan mantenido una actitud ejemplar y consecuente con los principios revolucionarios. Asimismo, en casos excepcionales, podrá otorgarse a otros trabajadores o a ciudadanos extranjeros que hayan contribuido de forma activa al desarrollo de ambas instituciones.4. “FERNANDO CHENARD” se otorga a trabajadores cubanos en reconocimiento a méritos alcanzados durante 20 años la mujer y 25 años el hombre en los sectores que agrupa el Sindicato Nacional de Trabajadores del Comercio, la Gastronomía y los Servicios y que hayan mantenido una actitud ejemplar y consecuente con los principios revolucionarios. Asimismo, en casos excepcionales, puede otorgarse a otros trabajadores o a ciudadanos extranjeros que hayan contribuido de forma activa al desarrollo de estos sectores.
. “MARIO MUÑOZ” se otorga a trabajadores cubanos en reconocimiento a méritos alcanzados durante 20 años la mujer y 25 años el hombre en el sector de las comunicaciones, informática y la electrónica y que hayan mantenido una actitud ejemplar y consecuente con los principios revolucionarios. Asimismo, en casos excepcionales, podrá otorgarse a otros trabajadores o a ciudadanos extranjeros que hayan contribuido de forma activa al desarrollo del sector. 6. “ARMANDO MESTRE” se otorga a trabajadores cubanos en reconocimiento a méritos alcanzados durante 20 años la mujer y 25 años el hombre en el sector de construcción y que hayan mantenido una actitud ejemplar y consecuente con los principios revolucionarios. Asimismo, en casos excepcionales, podrá otorgarse a otros trabajadores o a ciudadanos extranjeros que hayan contribuido de forma activa al desarrollo del sector.7. “RAÚL GÓMEZ GARCÍA” se otorga a trabajadores cubanos en reconocimiento a méritos alcanzados durante 20 años la mujer y 25 años el hombre en el sector de la cultura y que hayan mantenido una actitud ejemplar y consecuente con los principios revolucionarios. Asimismo, en casos excepcionales, podrá otorgarse a otros trabajadores o a ciudadanos extranjeros que hayan contribuido de forma activa al desarrollo del sector. 8. “RAFAEL MARÍA DE MENDIVE” se otorga a trabajadores cubanos en reconocimiento a méritos alcanzados durante 20 años la mujer y 25 años el hombre en el sector de la educación, educación superior y el INDER y que hayan mantenido una actitud ejemplar y consecuente con los principios revolucionarios. Asimismo, en casos excepcionales, podrá otorgarse a otros trabajadores o a ciudadanos extranjeros que hayan contribuido de forma activa al desarrollo del sector. 9. “ÁLVARO BARBA MACHADO” se otorga a trabajadores cubanos en reconocimiento a méritos alcanzados durante 20 años la mujer y 25 años el hombre en el sector forestal y que hayan mantenido una actitud ejemplar y consecuente con los principios revolucionarios. Asimismo, en casos excepcionales, podrá otorgarse a otros trabajadores o a ciudadanos extranjeros que hayan contribuido de forma activa al desarrollo del sector.10. “PEDRO MARRERO” se otorga a trabajadores cubanos en reconocimiento a méritos alcanzados durante 20 años la mujer y 25 años el hombre en el sector de la industria alimentaria y que hayan mantenido una actitud ejemplar y consecuente con los principios revolucionarios. Asimismo, en casos excepcionales, podrá otorgarse a otros trabajadores o a ciudadanos extranjeros que hayan contribuido de forma activa al desarrollo del sector.11. “JESÚS SÚAREZ GAYOL” se otorga a trabajadores cubanos en reconocimiento a méritos alcanzados durante 20 años la mujer y 25 años el hombre en el sector de la industria azucarera y que hayan mantenido una actitud ejemplar y consecuente con los principios revolucionarios. Asimismo, en casos excepcionales, podrá otorgarse a otros trabajadores o a ciudadanos extranjeros que hayan contribuido de forma activa al desarrollo del sector.12. “JOSÉ RAMÓN MARTÍNEZ” se otorga a trabajadores cubanos en reconocimiento a méritos alcanzados durante 20 años la mujer y 25 años el hombre en el sector de la industria y que hayan mantenido una actitud ejemplar y consecuente con los principios revolucionarios. Asimismo, en casos excepcionales, podrá otorgarse a otros trabajadores o a ciudadanos extranjeros que hayan contribuido de forma activa al desarrollo del sector.
. “ARACELIO IGLESIAS” se otorga a trabajadores cubanos en reconocimiento a méritos alcanzados durante 20 años la mujer y 25 años el hombre en el sector de la industria pesquera y que hayan mantenido una actitud ejemplar y consecuente con los principios revolucionarios. Asimismo, en casos excepcionales, podrá otorgarse a otros trabajadores o a ciudadanos extranjeros que hayan contribuido de forma activa al desarrollo del sector.14. “RENÉ RAMOS LATOUR” se otorga a trabajadores cubanos en reconocimiento a méritos alcanzados durante 20 años la mujer y 25 años el hombre en los sectores geólogos y mineros y que hayan mantenido una actitud ejemplar y consecuente con los principios revolucionarios. Asimismo, en casos excepcionales, podrá otorgarse a otros trabajadores o a ciudadanos extranjeros que hayan contribuido de forma activa al desarrollo de ambos sectores. 15. “ÑICO LÓPEZ” se otorga a trabajadores cubanos en reconocimiento a méritos alcanzados durante 20 años la mujer y 25 años el hombre en el sector eléctrico y petrolero y que hayan mantenido una actitud ejemplar y consecuente con los principios revolucionarios. Asimismo, en casos excepcionales, podrá otorgarse a otros trabajadores o a ciudadanos extranjeros que hayan contribuido de forma activa al desarrollo del sector. 16. “MANUEL FAJARDO” se otorga a trabajadores cubanos en reconocimiento a méritos alcanzados durante 20 años la mujer y 25 años el hombre en el sector de la salud y que hayan mantenido una actitud ejemplar y consecuente con los principios revolucionarios. Asimismo, en casos excepcionales, podrá otorgarse a otros trabajadores o a ciudadanos extranjeros que hayan contribuido de forma activa al desarrollo del sector.17. “CARLOS BALIÑO” se otorga a trabajadores cubanos en reconocimiento a méritos alcanzados durante 20 años la mujer y 25 años el hombre en el sector tabacalero y que hayan mantenido una actitud ejemplar y consecuente con los principios revolucionarios. Asimismo, en casos excepcionales, podrá otorgarse a otros trabajadores o a ciudadanos extranjeros que hayan contribuido de forma activa al desarrollo del sector. 18. “JOSÉ MARÍA PÉREZ” se otorga a trabajadores cubanos en reconocimiento a méritos alcanzados durante 20 años la mujer y 25 años el hombre en el sector del transporte y que hayan mantenido una actitud ejemplar y consecuente con los principios revolucionarios. Asimismo, en casos excepcionales, podrá otorgarse a otros trabajadores o a ciudadanos extranjeros que hayan contribuido de forma activa al desarrollo del sector. 19. “JUAN TÓMAS ROIG MESA” se otorga a trabajadores cubanos en reconocimiento a méritos alcanzados durante 20 años la mujer y 25 años el hombre en el sector científico e investigativo y que hayan mantenido una actitud ejemplar y consecuente con los principios revolucionarios. Asimismo, en casos excepcionales, podrá otorgarse a otros trabajadores o a ciudadanos extranjeros que hayan contribuido de forma activa al desarrollo del sector.20. “ELPIDIO SOSA GONZÁLEZ” se otorga a trabajadores cubanos en reconocimiento a méritos alcanzados durante 20 años la mujer y 25 años el hombre en el sector del turismo y que hayan mantenido una actitud ejemplar y consecuente con los principios revolucionarios. Asimismo, en casos excepcionales, podrá otorgarse a otros trabajadores o a ciudadanos extranjeros que hayan contribuido de forma activa al desarrollo del sector.
. “FLORENTINO ALEJO” se otorga a trabajadores cubanos en reconocimiento a méritos alcanzados durante 20 años la mujer y 25 años el hombre en los sectores metalúrgico y electrónico y que hayan mantenido una actitud ejemplar y consecuente con los principios revolucionarios. Asimismo, en casos excepcionales, podrá otorgarse a otros trabajadores o a ciudadanos extranjeros que hayan contribuido de forma activa al desarrollo de ambos sectores.22. “SERVICIO DISTINGUIDO” se otorga a los miembros de las Fuerzas Armadas Revolucionarias en servicio militar activo y de reserva por su actitud destacada y los resultados obtenidos en las maniobras tácticas, táctico-especial, con tiro de combate y ejercicio de Jefes de Estados Mayores. Asimismo a los que en maniobras tácticas, táctico especiales con tiro de combate y ejercicios de Jefes de Estados Mayores de las Unidades Terrestres, Aéreas y Navales hasta nivel batallón o unidad equivalente, se hayan destacado, o que con su trabajo directo y creador hayan coadyuvado al logro de altas calificaciones; también se otorga a otras personas no incluidas en esta valoración que hayan adquirido méritos destacados en servicios prestados a las Fuerzas Armadas Revolucionarias o contribuido al fortalecimiento de la defensa de nuestra Patria Socialista. Excepcionalmente se podrá otorgar a homólogos extranjeros.23. “DESTACADO EN LA PREPARACIÓN PARA LA DEFENSA” se otorga a ciudadanos cubanos y extranjeros que con su actitud destacada y consecuente hayan obtenido resultados durante la realización de las actividades de la preparación, disposición combativa, la producción, los servicios y la defensa civil.24. “POR LA CULTURA NACIONAL” se otorga a ciudadanos cubanos y a extranjeros y a colectivos, en reconocimiento por méritos alcanzados y por la labor realizada en el enriquecimiento de la cultura nacional y en la promoción del trabajo cultural. 25. “POR EL SERVICIO EN EL MINISTERIO DEL INTERIOR” se otorga a los militares y combatientes del Ministerio del Interior que para el 6 de junio de cada año, cumplan diez, quince, veinte, veinticinco, treinta, treinta y cinco, cuarenta o más años de servicio activo y hayan observado una conducta destacada y obtenido resultados satisfactorios en la prestación de los servicios. Puede otorgarse a otros ciudadanos cubanos que hayan contribuido de manera destacada al cumplimiento de las misiones asignadas al Ministerio del Interior. 26. “POR EL SERVICIO DISTINGUIDO EN EL MINISTERIO DEL INTERIOR” se otorga a miembros del Ministerio del Interior en activo que hayan obtenido sostenidamente resultados destacados en el desarrollo de su trabajo en las diferentes especialidades del organismo, que redunden en su desarrollo y contribuyan a preservar la seguridad del Estado y el orden interior.De igual forma se otorga a miembros del Ministerio del Interior que muestren unaactitud destacada en actividades de apoyo o aseguramiento de cualquier naturaleza a importantes misiones de elevada trascendencia y connotación. En casos excepcionales, puede ser otorgada a otros ciudadanos cubanos y a extranjeros.27. “23 DE AGOSTO” se otorga a integrantes de la Federación de Mujeres Cubanas, que en 20 años o más hayan realizado una destacada labor en las tareas asignadas por la organización, por su actitud ante la defensa de la Patria Socialista y de los
principios de la Revolución, así como puede ser conferida a personas cubanas y extranjeras que se destaquen por su colaboración con la Organización y por su contribución a la lucha por el ejercicio pleno de la igualdad de la mujer, en el ámbito nacional e internacional. 28. “POR EL SERVICIO EN LAS FUERZAS ARMADAS REVOLUCIONARIAS” se otorga a los miembros de las Fuerzas Armadas Revolucionarias que para el 2 de diciembre cumplen diez, quince, veinte, veinticinco, treinta, treinta y cinco, cuarenta o más años de servicio, según el calendario de servicio aprobado, hayan mantenido una conducta ejemplar y obtenido resultados satisfactorios en la prestación de los servicios. 29. “MÁRTIRES DE BARBADOS” a ciudadanos cubanos que se destaquen en las actividades deportivas, en reconocimiento a la labor y contribución al desarrollo de la cultura física y el deporte y por haber mantenido una actitud destacada y consecuente con los principios revolucionarios. En casos excepcionales, se puede otorgar a ciudadanos cubanos o extranjeros que con su actividad personal han contribuido de forma activa al auge del deporte y la cultura física nacional o internacional. 30. “28 DE SEPTIEMBRE” se otorga a ciudadanos cubanos en reconocimiento a su destacada labor en el cumplimiento de las tareas cederistas y que durante un período prolongado de tiempo cumplan sus deberes con la organización o contribuyan al desarrollo y fortalecimiento de los Comités de Defensa de la Revolución, se destaquen en la lucha contra los enemigos de la Revolución, en la defensa de nuestra patria socialista y en el enfrentamiento al delito, la corrupción y las indisciplinas sociales. Puede otorgase a ciudadanos extranjeros por su colaboración y aportes a la Organización. 31. “FELIX ELMUZA” se otorga a periodistas cubanos o extranjeros que en el desarrollo de esta actividad obtengan méritos que contribuyan al desarrollo económico, político, social o cultural de la Patria Socialista, a la defensa de los principios del internacionalismo proletario y de la ideología marxista leninista y al fomento y consolidación de la paz, la amistad y la solidaridad entre los pueblos. 32. “POR LA EDUCACIÓN CUBANA” se otorga a ciudadanos cubanos y extranjeros en reconocimiento a méritos alcanzados y a la labor realizada en el enriquecimiento de la educación, en la promoción del trabajo educativo en el país y que hayan mantenido una actitud destacada y consecuente con los principios revolucionarios. 33. “ANTERO REGALADO” se otorga a los miembros y dirigentes de la Asociación Nacional de Agricultores Pequeños en reconocimiento a la destacada contribución y aportes al desarrollo agropecuario del país y hayan acumulado reconocidos méritos en la construcción de nuestra patria socialista y mantenido una actitud destacada y consecuente con los principios revolucionarios. Asimismo, en casos excepcionales, puede otorgarse a trabajadores de otro sector o a ciudadanos extranjeros en reconocimiento a su activa participación en las luchas y en defensa de los intereses y conquistas del campesinado o que hayan contribuido al desarrollo agropecuario de nuestro país.
SECCIÓN TERCERADe las autoridades encargadas de centralizar las propuestas
Artículo 7. El Presidente de la Asamblea Nacional de Poder Popular y el Primer Ministro son las autoridades competentes para presentar al Presidente de la República las propuestas referidas a la Orden “BLAS ROCA”.
Artículo 8. El ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias es la autoridad competente para presentar al Presidente de la República las propuestas referidas al título honorífico y condecoraciones siguientes: a) Título honorífico de “HÉROE DE LA REPÚBLICA DE CUBA”; b) las órdenes, “MÁXIMO GÓMEZ”, “ANTONIO MACEO”, “CAMILO CIENFUE- GOS”, “ERNESTO CHÉ GUEVARA” y “POR EL SERVICIO A LA PATRIA EN LAS FAR”, y c) las medallas “ANTONIO MACEO”, “CALIXTO GARCÍA”, “IGNACIO AGRA- MONTE”, “POR EL SERVICIO EJEMPLAR EN LAS FAR”, “COMBATIENTE DE LA PRODUCCIÓN Y LA DEFENSA”, “FRATERNIDAD COMBATIVA”, “COMBATIENTE INTERNACIONALISTA” y “70 ANIVERSARIO DE LAS FAR”.
Artículo 9. El Secretario General de la Central de Trabajadores de Cuba es la autoridad competente para presentar al Presidente de la República las propuestas referidas al título honorífico y condecoraciones siguientes: a) Título honorífico de “HÉROE DEL TRABAJO DE LA REPÚBLICA DE CUBA”; b) Orden “LÁZARO PEÑA”, y c) medallas “JESÚS MENÉNDEZ”, “HAZAÑA LABORAL” y “TRABAJADOR INTERNACIONALISTA”.
Artículo 10. El Buró Nacional de la Asociación Nacional de Agricultores Pequeños es la autoridad competente para presentar al Presidente de la República las propuestas referidas al título honorífico y condecoraciones siguientes: a) Título honorífico de “HÉROE DEL TRABAJO DE LA REPÚBLICA DE CUBA”; b) Orden “17 DE MAYO”, y c) Medalla “ROMÁRICO CORDERO”.
Artículo 11. El ministro del Interior es la autoridad competente para presentar al Presidente de la República las propuestas referidas a las condecoraciones siguientes: a) Orden “6 DE JUNIO”, y b) medallas “ELISEO REYES”, “OLO PANTOJA”, “ANTONIO BRIONES MONTO- TO”, “POR LA SEGURIDAD DEL ORDEN INTERIOR”, “POR LA VALENTÍA DURANTE EL SERVICIO” y “POR LA PROTECCIÓN DE LAS FRONTERAS”.
Artículo 12. El ministro de Relaciones Exteriores es la autoridad competente para presentar al Presidente de la República las propuestas referidas a las órdenes “JOSÉ MAR- TÍ”, “CARLOS MANUEL DE CÉSPEDES” y “PLAYA GIRÓN”.
Artículo 13. El ministro de Cultura es la autoridad competente para presentar al Presidente de la República las propuestas referidas a las condecoraciones siguientes: a) Órdenes “FELIX VARELA” y “JUAN MARINELLO”, y b) medallas “ALEJO CARPENTIER” y “HAYDEE SANTAMARÍA”.
Artículo 14. El ministro de Educación es la autoridad competente para presentar al Presidente de la República las propuestas referidas a las condecoraciones siguientes: a) Orden “FRANK PAÍS”, y b) medalla “JOSÉ TEY”.
Artículo 15. El ministro de Educación Superior es la autoridad competente para presentar al Presidente de la República las propuestas referidas a las condecoraciones siguientes: a) Orden “FRANK PAÍS”, y b) medalla “JOSÉ TEY”.
Artículo 16. El ministro de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente es la autoridad competente para presentar al Presidente de la República las propuestas referidas a la Orden “CARLOS J. FINLAY”.
Artículo 17. El ministro de Salud Pública es la autoridad competente para presentar al Presidente de la República las propuestas referidas a las condecoraciones siguientes: a) Orden “CARLOS J. FINLAY”, y b) medalla “CRUZ ROJA CUBANA”.
Artículo 18. El Presidente del Instituto Nacional de Deportes, Educación Física y Recreación es la autoridad competente para presentar al Presidente de la República las propuestas referidas a la Orden “AL MÉRITO DEPORTIVO”.
Artículo 19. El Secretariado Nacional de la Federación de Mujeres Cubanas es la autoridad competente para presentar al Presidente de la República las propuestas referidas a las órdenes “MARIANA GRAJALES” y “ANA BETANCOURT”.
Artículo 20. El Presidente del Instituto Cubano de Amistad con los Pueblos es la autoridad competente para presentar al Presidente de la República las propuestas referidas a las condecoraciones siguientes: a) Orden “DE LA SOLIDARIDAD”, y b) Medalla “DE LA AMISTAD”.
Artículo 21. El Buró Nacional de la Unión de Jóvenes Comunistas es la autoridad competente para presentar al Presidente de la República las propuestas referidas a las condecoraciones siguientes: a) Orden “JULIO ANTONIO MELLA”, y b) medallas “ABEL SANTAMARÍA” y “JOSÉ ANTONIO ECHEVARRÍA”.
Artículo 22. El Secretariado Nacional de los Comités de Defensa de la Revolución es la autoridad competente para presentar al Presidente de la República las propuestas referidas a la Medalla “POR LA DEFENSA DE LA PATRIA Y LA UNIDAD DEL BARRIO”.
SECCIÓN CUARTADe las autoridades facultadas para el otorgamiento de las distinciones
Artículo 23. El ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias es la autoridad competente para otorgar las distinciones “POR EL SERVICIO EN LAS FUERZAS ARMA- DAS REVOLUCIONARIAS”, “SERVICIO DISTINGUIDO” y “DESTACADO EN LA PREPARACIÓN PARA LA DEFENSA”.
Artículo 24. El ministro del Interior es la autoridad competente para otorgar las distinciones “POR EL SERVICIO EN EL MINISTERIO DEL INTERIOR” y “POR EL SER- VICIO DISTINGUIDO EN EL MINISTERIO DEL INTERIOR”.
Artículo 25. El ministro de Cultura es la autoridad competente para otorgar la distinción “POR LA CULTURA NACIONAL”.
Artículo 26. Los ministros de Educación y de Educación Superior son las autoridades competentes para otorgar la distinción “POR LA EDUCACIÓN CUBANA”.
Artículo 27. El Presidente del Instituto Nacional de Deportes, Educación Física y Recreación es la autoridad competente para otorgar la distinción “MÁRTIRES DE BARBADOS’’.
Artículo 28. El Secretariado de los Sindicatos Nacionales, según la actividad o sector que representa, es la autoridad competente para otorgar las distinciones siguientes: a) “ENRIQUE HART”, que otorga el Sindicato de Trabajadores de la Administración Pública; b) “MARCOS MARTÍ”, que otorga el Sindicato de Trabajadores Agropecuarios, Forestales y Tabacaleros;
c) “EMILIO BÁRCENAS”, que otorga el Sindicato de Trabajadores Civiles de la Defensa; d) “FERNANDO CHENARD”, que otorga el Sindicato de Trabajadores del Comercio, la Gastronomía y los Servicios; e) “MARIO MUÑOZ”, que otorga el Sindicato de Trabajadores de Comunicaciones, Informática y la Electrónica; f) “ARMANDO MESTRE”, que otorga el Sindicato de Trabajadores de la Construcción; g) “RAÚL GÓMEZ GARCÍA”, que otorga el Sindicato de Trabajadores de la Cultura; h) “RAFAEL MARÍA DE MENDIVE”, que otorga el Sindicato de Trabajadores de la Educación, la Ciencia y el Deporte; i) “ÁLVARO BARBA MACHADO”, que otorga el Sindicato de Trabajadores Agropecuarios, Forestales y Tabacaleros; j) “PEDRO MARRERO”, que otorga el Sindicato de Trabajadores de la Industria Alimentaria y la Pesca; k) “JESÚS SÚAREZ GAYOL”, que otorga el Sindicato de Trabajadores Azucareros; l) “JOSÉ RAMÓN MARTÍNEZ”, que otorga el Sindicato Nacional de Trabajadores de Industrias; m) “ARACELIO IGLESIAS”, que otorga los Sindicatos de Trabajadores de la Industria Alimentaria y la Pesca, y Transporte y Puertos; n) “RENE RAMOS LATOUR”, que otorga el Sindicato de Trabajadores de Energía y Minas; ñ) “ÑICO LÓPEZ”, que otorga el Sindicato de Trabajadores de Energía y Minas e Industrias; o) “MANUEL FAJARDO”, que otorga el Sindicato de Trabajadores de la Salud; p) “CARLOS BALIÑO”, que otorga el Sindicato de Trabajadores Agropecuarios, Forestales y Tabacaleros; q) “JOSÉ MARÍA PÉREZ”, que otorga el Sindicato de Trabajadores de Transporte y Puertos; r) “JUAN TÓMAS ROIG MESA”, que otorga el Sindicato de Trabajadores de la Salud y la Educación, la Ciencia y el Deporte; s) “ELPIDIO SOSA GONZÁLEZ”, que otorga el Sindicato de Trabajadores de la Hotelería y el Turismo, yt) “FLORENTINO ALEJO”, que otorga el Sindicato de Trabajadores de Industrias.
Artículo 29. El Secretariado Nacional de la Federación de Mujeres Cubanas es la autoridad competente para otorgar la distinción “23 DE AGOSTO”.
Artículo 30. El Secretariado Nacional de los Comités de Defensa de la Revolución es la autoridad competente para otorgar la distinción “28 DE SEPTIEMBRE”.
Artículo 31. El Secretariado Nacional de la Unión de Periodistas de Cuba es la autoridad competente para otorgar la distinción “FELIX ELMUZA”.
Artículo 32. El Buró Nacional de la Asociación Nacional de Agricultores Pequeños y el Ministro de la Agricultura son las autoridades competentes para otorgar la distinción “ANTERO REGALADO”.
Artículo 33. Las autoridades facultadas para el otorgamiento de las distinciones podrán delegar dicha función, en atención de la organización interna del organismo al que pertenezcan.
SECCIÓN QUINTADe los grados y clases
Artículo 34. Las órdenes pueden ser de tres, dos o único grado y las medallas de tres, dos o única clase.
Artículo 35. Son de único grado las órdenes siguientes: a) “JOSÉ MARTÍ”; b) “CARLOS MANUEL DE CÉSPEDES”; c) “PLAYA GIRÓN”; d) “ANTONIO MACEO”; e) “CAMILO CIENFUEGOS”; f) “MARIANA GRAJALES”; g) “JULIO ANTONIO MELLA”; h) “ANA BETANCOURT”; i) “CARLOS J. FINLAY”; j) “JUAN MARINELLO”; k) “DE LA SOLIDARIDAD”; l) “AL MÉRITO DEPORTIVO”; m) “BLAS ROCA”, y n) “17 DE MAYO”.
Artículo 36. Son de primer y segundo grados las órdenes siguientes: a) “MÁXIMO GÓMEZ”; b) “FÉLIX VARELA”; c) “FRANK PAÍS”, y d) “6 DE JUNIO”.
Artículo 37. Son de primer, segundo y tercer grados las órdenes siguientes: a) “ERNESTO CHE GUEVARA”; b) “LÁZARO PEÑA”, y c) “POR EL SERVICIO A LA PATRIA EN LAS FAR”.
Artículo 38. Son de única clase las medallas siguientes: a) “ANTONIO MACEO”; b) “CALIXTO GARCÍA”; c) “POR EL SERVICIO EJEMPLAR EN LAS FAR”; d) “JESÚS MENÉNDEZ”; e) “ABEL SANTAMARÍA”; f) “JOSÉ ANTONIO ECHEVERRÍA”; g) “COMBATIENTE DE LA PRODUCCIÓN Y LA DEFENSA”; h) “TRABAJADOR INTERNACIONALISTA”; i) “FRATERNIDAD COMBATIVA”; j) “HAZAÑA LABORAL”; k) “ALEJO CARPENTIER”; l) “HAYDÉE SANTAMARÍA”; m) “DE LA AMISTAD”; n) “ROMÁRICO CORDERO”; ñ) “CRUZ ROJA CUBANA”; o) “JOSÉ TEY”; p) “POR LA DEFENSA DE LA PATRIA Y LA UNIDAD DEL BARRIO”, y q) “70 ANIVERSARIO DE LAS FAR”.
Artículo 39. Son de primera y segunda clases las medallas siguientes: a) “COMBATIENTE INTERNACIONALISTA”, y b) “ELISEO REYES”.
Artículo 40. Son de primera, segunda y tercera clases las medallas siguientes: a) “IGNACIO AGRAMONTE”; b) “OLO PANTOJA”; c) “ANTONIO BRIONES MONTOTO”; d) “POR LA SEGURIDAD DEL ORDEN INTERIOR”; e) “POR LA VALENTÍA DURANTE EL SERVICIO”, y f) “POR LA PROTECCIÓN DE LAS FRONTERAS”.
Artículo 41. Las características específicas, representativas de los grados y las clases, se establecen y describen en el Anexo I del presente Reglamento.
CAPÍTULO IIIDE LA CREACIÓN, MODIFICACIÓN O EXTINCIÓN DE TÍTULOS HONORÍFICOS Y CONDECORACIONES
SECCIÓN PRIMERADisposiciones Generales
Artículo 42. Las propuestas de creación, modificación y extinción de un título honorífico o condecoración, son presentadas al Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular por las autoridades relacionadas en el
Artículo 16, apartado 1, incisos del a) al i),de la Ley.
Artículo 43. De conformidad con los artículos 21 y 23 de la Ley, en los supuestos de modificación o extinción, las propuestas solo pueden ser presentadas por la autoridad facultada que promovió su creación.
Artículo 44. Para la elaboración de las propuestas, las autoridades facultadas se auxilian de las comisiones temporales a que se refiere el
Artículo 55 de la Ley.
Artículo 45.1. La propuesta de creación de un título honorífico o condecoración se presenta con al menos 180 días hábiles de antelación a la fecha en que debe surtir efecto. 2. En los supuestos de modificación y extinción, la propuesta es presentada 90 días hábiles de antelación a la fecha en que debe surtir efecto.
Artículo 46.1. Si el escrito fundamentado omite alguno de los particulares previstos en la Ley y en este Reglamento, se devuelve a la autoridad que la presentó, para que en un término de 15 días hábiles realice las correcciones pertinentes. 2. Si la propuesta no es presentada en el plazo conferido, se desestima y se procede a su archivo, dando por concluido el trámite.
Artículo 47. El Consejo de Estado, una vez recibida la propuesta, para decidir al respecto, hace las evaluaciones y consultas correspondientes y resuelve lo procedente.
SECCIÓN SEGUNDADe la creación
Artículo 48. En los supuestos de creación, el escrito fundamentado contendrá los particulares establecidos en el
Artículo 20 de la Ley.
Artículo 49. Las autoridades facultadas que presentan las propuestas de creación de nuevos títulos o condecoraciones deben observar que su denominación, diseño y fundamentos para su otorgamiento no coincida con otros ya existentes.
Artículo 50. Las autoridades facultadas referidas en el artículo anterior realizan las coordinaciones pertinentes para la confección de los títulos honoríficos y fabricación de las condecoraciones, así como de los certificados acreditativos en el caso de las distinciones.
SECCIÓN TERCERADe la modificación
Artículo 51. En los supuestos de modificación, el escrito fundamentado contendrá los particulares establecidos en el
Artículo 22 de la Ley.
Artículo 52.1. La propuesta de modificación de un título honorífico o condecoración se realiza cuando concurran algunas de las circunstancias siguientes: a) Inclusión de nuevas circunstancias, hechos o requisitos que fundamenten su otorgamiento; b) variación de los sujetos susceptibles de recibirlas; c) incorporación de otro grado o clase, y d) modificación del diseño de la insignia o cualquier otro elemento figurativo. 2. Las autoridades facultadas que efectúan las propuestas de modificación realizan las coordinaciones pertinentes para la confección de los títulos honoríficos y fabricación de las condecoraciones, en correspondencia con lo dispuesto en los incisos c y d del apartado 1 de este artículo, así como de los certificados acreditativos en el caso de las distinciones.
SECCIÓN CUARTADe la extinción
Artículo 53. En los supuestos de extinción, el escrito fundamentado contendrá los particulares establecidos en el
Artículo 24 de la Ley.
Artículo 54. La extinción de un título honorífico o condecoración acontece cuando así lo disponga la norma jurídica que lo creó, o por decisión del Consejo de Estado, según lo dispuesto en el
Artículo 18 de la Ley.
Artículo 55. Una vez extinguido el título honorífico o condecoración, los condecorados hacen uso de sus atributos, disfrutan los derechos y cumplen las obligaciones establecidas, conforme a lo dispuesto en la Disposición Especial Primera de la Ley.
CAPÍTULO IVDEL OTORGAMIENTO, IMPOSICIÓN O ENTREGA DE TÍTULOS HONORÍFICOS Y CONDECORACIONES
SECCIÓN PRIMERADe las propuestas de otorgamiento
Artículo 56.1. Las autoridades relacionadas en el
Artículo 16, apartado 1, incisos del b) al i), de la Ley, presentan la propuesta de otorgamiento de un Título Honorífico o Condecoración al Presidente de la República. 2. La presentación de la propuesta se realiza mediante el modelo establecido, que se consigna en el Anexo II del presente Reglamento. a) Las autoridades facultadas para presentar la propuesta cuentan con un plazo de no menos de 60 días hábiles antes de la realización del acto de imposición o entrega, excepto en los casos de las propuestas que, por su naturaleza y las circunstancias que concurran, deban realizarse de otra forma.
Artículo 57.1. Si la propuesta omite alguno de los particulares previstos en la Ley y en este Reglamento, se devuelve a la autoridad que la presentó, para que en un término de 15 días hábiles realice las correcciones pertinentes. 2. Si la propuesta no es presentada en el plazo conferido, se desestima y se procede a su archivo, dando por concluido el trámite.
SECCIÓN SEGUNDADel otorgamiento
Artículo 58. Los méritos y requisitos por los cuales se otorgan Títulos Honoríficos y Condecoraciones, se establecen en el
Artículo 13 y 28 de la Ley.
Artículo 59. Se considera como otorgado un título honorífico o condecoración una vez que haya sido firmado el Decreto Presidencial, Orden, Resolución o Acuerdo que lo confiere, según corresponda.
Artículo 60. La persona que resulte sancionada por un delito o infracción grave de la disciplina, siempre que se genere un menoscabo en el concepto público del comisor, no puede ser propuesta para que se le otorgue un título honorífico o condecoración.
Artículo 61. Las personas podrán aceptar el otorgamiento de condecoraciones de otros países, previa aprobación de la máxima autoridad a la cual se subordinan.
SECCIÓN TERCERADe la imposición o entrega
Artículo 62. El Presidente de la República de Cuba y las autoridades relacionadas en el
Artículo 16, apartado 1, incisos del b) al i), de la Ley, en ceremonia solemne, llevan a efecto la imposición y entrega de los títulos honoríficos y las condecoraciones.
Artículo 63.1. Las formalidades para la realización de la ceremonia solemne de imposición o entrega son las siguientes: a) Entrada de la bandera nacional; b) interpretación del Himno Nacional; c) lectura de la síntesis del Decreto Presidencial, Orden, Resolución o Acuerdo; d) imposición o entrega del título o la condecoración; y e) retirada de la bandera nacional. 2. En lugares donde no se pueda realizar el desplazamiento de la bandera, esta permanece en la parte derecha de la presidencia. 3. Si el condecorado es extranjero, la bandera de su país permanece junto a la cubana, y se interpreta el himno de su país posterior al nacional. 4. En el momento de la imposición o entrega se procede atendiendo al orden de prelación siguiente: a) Título Honorífico. b) Orden. c) Medalla. d) Distinción. 5. Cuando se entrega un título honorífico se confiere el pergamino representativo y se impone la estrella de oro al condecorado. 6. Las condecoraciones se colocan, en el momento de la imposición, al lado izquierdo del torso aproximadamente a 20 centímetros desde el hombro al pecho del condecorado.
Artículo 64. El condecorado no debe portar ninguna otra insignia en el momento de la imposición.
Artículo 65. Al concluir la ceremonia, se hace entrega del certificado que acredita su posesión.
Artículo 66.1. En caso de fallecimiento o desaparición del condecorado, la insignia y el documento acreditativo, se entrega a alguno de los familiares que se relacionan a continuación: a) El viudo o la viuda; b) los hijos mayores de 16 años;
c) el padre o la madre; u d) otra persona que por vínculos afectivos o familiares, merezca mantener dicha insignia y documentos. 2. No obstante, cuando no existan los familiares antes mencionados, o estos fallezcan, el Jefe de la Dirección de Cuadros del Estado y del Gobierno eleva, a la instancia que corresponda, la propuesta sobre el destino de la insignia y los documentos acreditativos de los títulos y condecoraciones. 3. Igual procedimiento se seguirá en caso de otorgamiento con carácter póstumo o cuando la persona condecorada hubiere fallecido antes de haberla recibido.
Artículo 67. Cuando la persona a quien haya de imponerse un Título Honorífico o una Condecoración se encuentra enferma, en estado de invalidez o avanzada edad, que le imposibilite asistir a la ceremonia, la imposición o entrega de este puede efectuarse en su residencia.
Artículo 68. La entrega de un Título Honorífico o Condecoración a una provincia, un pueblo, ciudad, órgano, organismo, organización política, social o de masas, unidad económica o militar o a un colectivo, se efectúa a la máxima autoridad que lo represente.
Artículo 69. Cuando le es otorgado un Título Honorífico o Condecoración a una provincia, pueblo, ciudad, órgano, organismo, organización política, social o de masas, entidad, unidad militar o colectivo, la máxima autoridad que lo represente puede solicitar una copia ampliada de la insignia al facultado que la otorgó.
Artículo 70. El solicitante de la copia a la que se hace referencia en el artículo anterior, sufraga el costo que implica su confección.
Artículo 71. La insignia ampliada se fabricará en metal y debe tener las características que se describen en el Anexo I del presente Reglamento.
CAPÍTULO VDEL USO DE LOS TÍTULOS HONORÍFICOS Y CONDECORACIONES
Artículo 72. Las insignias y pasadores de los títulos honoríficos y las condecoraciones, se usan según lo establecido en el
Artículo 39 apartados 1 y 2, de la Ley y en las fechas de conmemoración nacional conforme se dispone en el Código de Trabajo.
Artículo 73. Las insignias y pasadores de los títulos honoríficos y las condecoraciones, se usan vistiendo con la formalidad requerida, según la naturaleza de la fecha o del actoal que se asista.
Artículo 74. Se prohíbe el uso de las insignias de títulos honoríficos y condecoraciones con atuendos que afecten el alto significado de ellas.
Artículo 75. Las personas condecoradas portan las insignias y pasadores de los títulos honoríficos y las condecoraciones, conforme a las reglas siguientes: a) La “Estrella de Oro” y la “Estrella de Oro del Trabajo”, representativas, respectivamente, de los Títulos Honoríficos “Héroe de la República de Cuba” y “Héroe del Trabajo de la República de Cuba”, se fijan en la parte superior izquierda del pecho, por encima de otras condecoraciones y a la altura del saliente de la solapa; b) las condecoraciones que penden se fijan en fila, de arriba hacia abajo, partiendo del saliente de la solapa y a todo el largo de su borde hasta 5 milímetros una de otra; las fijas al lado contrario también de arriba hacia abajo separadas 5 milímetros; y c) cuando se reciben dos o más condecoraciones de una misma denominación, grado o clase se sitúan una a continuación de la otra, de acuerdo con el orden establecido en el
Artículo 30 de la Ley.
Artículo 76. Los pasadores que representan a las insignias de las condecoraciones, se usan en sustitución de ellas.
Artículo 77.1. En los pasadores de base metálica se puede fijar la cinta representativa de varias condecoraciones, en fila de a cuatro y de derecha a izquierda. 2. Los pasadores de las condecoraciones que no quepan en un primer pasador de base metálica, se sitúan en un segundo o más pasadores hasta llegar a cuatro, uno debajo del otro, unidos entre sí y de arriba hacia abajo, teniendo en cuenta su rango.
Artículo 78. Los ciudadanos cubanos que reciban condecoraciones de otros países, podrán usarlas a continuación de las nacionales.
Artículo 79. Los sujetos comprendidos en el
Artículo 66, encargados de la guarda y conservación de la insignia y el documento acreditativo de la persona fallecida o desaparecida, no pueden hacer uso de estos.
CAPÍTULO VIDE LA PRIVACIÓN O RESTABLECIMIENTO
SECCIÓN PRIMERADisposiciones Generales
Artículo 80. La propuesta de privación o restablecimiento de un título honorifico o de una condecoración se realiza conforme a lo establecido en el
Artículo 44 de la Ley.
Artículo 81. En el caso de las distinciones, corresponde a la autoridad facultada, decidir sobre la privación o el restablecimiento de estas, una vez recibida las conclusiones de la evaluación realizada por la comisión creada a tales efectos.
Artículo 82. Las reclamaciones por privación o restablecimiento de un título honorífico o condecoración que se presentan por las personas privadas de estos o por su repre-sentante, en lo adelante la parte interesada, a la autoridad que propuso el otorgamiento,se tramitan mediante el procedimiento interno establecido por los órganos, organismos y entidades, en correspondencia con lo dispuesto en la Ley 169 “Del Procedimiento Administrativo”, de 19 de julio de 2024.
Artículo 83. La parte interesada, de no estar conforme con la decisión adoptada, puede presentar su reclamación a la Dirección de Cuadros del Estado y del Gobierno, la cual lo tramita conforme al procedimiento interno establecido para su atención y respuesta en correspondencia con lo dispuesto en la Ley 169 “Del Procedimiento Administrativo”, de 19 de julio de 2024, la citada Ley 170 y este Reglamento.
Artículo 84. Recibido el resultado del proceso de esclarecimiento de la reclamación, la autoridad que propuso la privación o el restablecimiento remite su decisión a la comisión para el control de las decisiones que se adopten.
Artículo 85. Contra la decisión adoptada por la autoridad facultada para decidir la privación o el restablecimiento de un título honorífico o de una condecoración no procede recurso alguno.
SECCIÓN SEGUNDADe la privación
Artículo 86.1. La autoridad que promovió el otorgamiento de un título honorífico o condecoración presenta a la autoridad que la otorgó la propuesta de privación en escrito fundamentado que debe contener: a) Entidad, dirección de residencia, correo electrónico y teléfono de quien propone; b) generales del condecorado; c) nombre del título honorifico o condecoración; d) decreto presidencial, orden, resolución o acuerdo y fecha de otorgamiento; e) fundamentación de la propuesta, y
f) diligencias realizadas. 2. Si el condecorado posee más de un título honorífico o condecoración, el escrito fundamentado debe contener para cada uno, la información de los incisos c) y d), y especificar si se propone privar de todas o algunas.
Artículo 87. La autoridad que otorga dispone de diez días hábiles para revisar el escrito y comunicar a la autoridad que propone, mediante escrito fundamentado, su aceptación o denegación de la solicitud de privación.
Artículo 88. Si el escrito no cumple con alguno de los requisitos, se devuelve a la autoridad que propuso la privación, para que en un plazo de hasta quince días hábiles realice las correcciones necesarias; de no recibirse en el término establecido se desestimala propuesta.
Artículo 89. La autoridad que hace la propuesta notifica a la parte interesada la decisión adoptada, que de estar inconforme dispone de quince días hábiles siguientes a la notificación para presentar la reclamación.
Artículo 90. Cuando la causa de privación del título honorífico o condecoración se corresponda con lo establecido en el
Artículo 47, inciso b), de la Ley, no se acepta el escrito de reclamación hasta que la parte interesada presente la sentencia judicial firme que corresponda.
Artículo 91. Aceptado el escrito de reclamación, la autoridad que propone dispone de diez días hábiles para procesarlo, convoca a la parte interesada y traslada todos los elementos a la comisión a los efectos de que esta evalué la propuesta.
Artículo 92. Recibido el Decreto Presidencial, Orden, Resolución o Acuerdo, firmado por los facultados, la autoridad proponente notifica a la parte interesada en un plazo de cinco días hábiles, mediante escrito fundamentado, que contiene: a) Decisión de la autoridad; b) diligencias practicadas; c) título honorífico o condecoración de que se priva; d) si procede el restablecimiento; e) fecha y hora de notificación, y f) nombre y firma del que notifica y del notificado.
Artículo 93.1. La persona privada de un título honorífico o condecoración, o su representante, está obligada a devolver la insignia, el pasador y el certificado acreditativo, en el plazo de hasta 30 días hábiles siguientes a la notificación, al órgano, organismo u organización que propuso la privación. a) El órgano, organismo u organización es responsable de la custodia de los atributos recibidos de la persona privada.
SECCIÓN TERCERADel Restablecimiento
Artículo 94. Los facultados para solicitar el restablecimiento de un título honorífico o de una condecoración, definidos en el
Artículo 51 de la Ley, presentan a la autoridad que otorga, un escrito fundamentado que contiene: a) generales del solicitante; b) nombre del título honorifico o condecoración y fecha de otorgamiento, y c) elementos que sustentan la solicitud de restablecimiento.
Artículo 95. Si el escrito no cumple con alguno de los requisitos, se devuelve a la autoridad que propuso el restablecimiento, para que en un plazo de hasta diez días hábiles
realice las correcciones necesarias; de no recibirse en el término establecido se desestimala propuesta.
Artículo 96. Recibido el Decreto Presidencial, Orden, Resolución o Acuerdo firmado por los facultados, la autoridad que propuso notifica la decisión a la parte interesada, en un plazo de cinco días hábiles.
Artículo 97. Si procede el restablecimiento de un título honorífico o condecoración, la autoridad facultada que presentó la solicitud, dispone de un plazo de hasta 30 días hábiles siguientes a la notificación, para entregar a la parte interesada la insignia, el certificado y el pasador que lo representa, que tenía en custodia, según el
Artículo 93.1.
CAPÍTULO VIIDE LAS COMISIONES
SECCIÓN PRIMERADisposiciones Generales
Artículo 98. Las autoridades facultadas para proponer la creación, modificación, extinción, otorgamiento, privación o restablecimiento de los títulos honoríficos y las condecoraciones, conforme a lo dispuesto en el
Artículo 55 de la Ley, crean las comisiones temporales en un plazo de hasta quince días hábiles a partir de la recepción de las solici-tudes que se le formulen.
Artículo 99. Las comisiones temporales que se constituyan conforme a lo dispuesto en el
Artículo 55 de la Ley tienen como objetivo auxiliar a las autoridades facultadas en la evaluación de los asuntos relacionados con la creación, modificación, extinción, otorgamiento, privación o restablecimiento de los títulos honoríficos y las condecoraciones, con el fin de proporcionar a estas, los elementos necesarios para la adopción de las decisiones correspondientes.
Artículo 100. Las comisiones temporales, están integradas por un número impar de miembros, no mayor de siete y presididas por un Coordinador designado por la máxima autoridad facultada.
Artículo 101. El Coordinador tiene las funciones y atribuciones siguientes: a) Garantizar que las reuniones se efectúen en las fecha, hora y lugar previstos, en interés del mejor desarrollo de la discusión colectiva y la participación de sus miembros; b) velar porque se realicen con objetividad los análisis las evaluaciones sobre las propuestas de creación, modificación, extinción, otorgamiento, privación o restablecimiento de los títulos honoríficos y las condecoraciones; c) invitar de ser necesario, a las sesiones de trabajo de las comisiones, a quienes hayan formulado las solicitudes; d) presentar a la autoridad facultada los resultados de los análisis realizados, y e) designar de entre sus miembros un Secretario.
Artículo 102. Corresponde al Secretario de la comisión temporal las funciones siguientes: a) Evaluar previo a las reuniones, una vez presentadas las solicitudes que correspondan, e informar al Coordinador de los aspectos siguientes: i. La presentación de las propuestas en el modelo establecido en el Anexo II del pre-sente Reglamento.ii. en el supuesto de creación, modificación y extinción de títulos honoríficos y condecoraciones que el escrito fundamentado que se presenta cumpla con los particulares establecidos en los artículos 20, 22 y 24 de la Ley.
iii. en el supuesto de otorgamiento, privación o restablecimiento de títulos honoríficos y condecoraciones, que la propuesta presentada cumpla con lo con lo establecido en los artículos 28, 47 y 52 de la Ley. iv. el destino que se propone dar a las insignias en los casos de extinción de un título honorífico o una condecoración. b) Expedir las citaciones e invitaciones, así como informar el orden del día de las reuniones ordinarias y extraordinarias de la comisión una vez aprobadas por el Coordinador; c) certificar el quórum y votación en las reuniones; d) elaborar las actas de las reuniones y circular los documentos que se discutirán; e) custodiar la documentación relacionada con las propuestas presentadas, y f) controlar las decisiones que se adopten.
Artículo 103. Los integrantes de las comisiones temporales poseen, entre otros, los requisitos siguientes: a) Estar identificado con los principios éticos de la Revolución cubana, y actuar con modestia, sencillez, transparencia, honradez y la debida discreción, y b) conocer la legislación sobre el Sistema de Títulos Honoríficos y Condecoraciones y los procedimientos y documentos rectores sobre la materia.
SECCIÓN SEGUNDADe las Reuniones
Artículo 104. Las comisiones temporales se reúnen cuantas veces sea necesario, siempre con la finalidad de lograr el mayor esclarecimiento posible de asuntos a evaluar en sussesiones de trabajo.
Artículo 105. Los asuntos a evaluar en cada reunión una vez aprobadas por el Coordinador, se circulan a sus miembros por el Secretario, con un mínimo de cinco días hábiles de antelación a la fecha de su realización.
Artículo 106. La comisión temporal, para la celebración de sus sesiones, debe contar al menos con la asistencia de hasta la mitad de sus miembros.
SECCIÓN TERCERADe las actas de las reuniones de las Comisiones Temporales
Artículo 107. De las reuniones de las comisiones temporales se levanta el acta correspondiente, donde se consignan los particulares siguientes: a) Lugar, fecha, hora de comienzo y terminación; b) numeración del acta, la que se sigue de forma consecutiva durante un año; c) nombres, apellidos y cargos de los miembros, así como de los invitados; d) cumplimiento de los acuerdos de la reunión; e) un resumen de las principales intervenciones; f) las conclusiones, y g) la firma del Secretario y la aprobación del Coordinador.
Artículo 108. Las actas se clasifican conforme a lo establecido en la legislación sobre Seguridad y Protección de la Información Clasificada y Limitada.
SECCIÓN CUARTADe las evaluaciones
Artículo 109.1. Las comisiones temporales, una vez presentadas las solicitudes que correspondan, evalúan los aspectos siguientes: a) Los méritos de los candidatos, así como la participación en el hecho que se pretende reconocer;
b) el destino y custodia que se le dará a las insignias, pasadores y certificados acreditativos retirados a la persona que haya sido privada de un título honorífico o una condecoración, y c) los elementos presentados que fundamentan la creación, modificación, extinción, otorgamiento, privación o restablecimiento de los títulos honoríficos y las condecoraciones. d) Dichas comisiones evalúan además, la reclamación presentada por la parte interesada, ante la privación de un título honorífico o una condecoración.
Artículo 110.1. Los asuntos sometidos a la evaluación de la comisión en las reuniones se deciden por votación directa de sus miembros y se adoptan por mayoría simple. 2. Cuando no fuere posible llegar a un consenso en la reunión sobre el asunto a evaluar, el Coordinador informa a la autoridad facultada sobre lo discutido para que adopte la decisión que corresponda.
Artículo 111. La comisión, una vez concluida la evaluación, confecciona un expediente y lo traslada a la autoridad facultada, para que este adopte la decisión que corresponda.
SECCIÓN QUINTADe los términos
Artículo 112. La comisión temporal, para evaluar la propuesta de creación, modificación o extinción de un título honorífico o condecoración a partir de recibir esta, cuenta con un plazo de treinta días hábiles a fin de presentar sus conclusiones a la autoridad facultada.
Artículo 113. La comisión temporal en los casos de las propuestas de otorgamiento, privación o restablecimiento de un título honorífico o condecoración, dispondrá de un término de hasta diez días hábiles para presentar sus conclusiones a la autoridad facultada.
CAPÍTULO VIIIDE LA PÉRDIDA, DETERIORO O DESTRUCCIÓN DE LAS INSIGNIAS, PASADORES O CERTIFICACIONES ACREDITATIVAS
Artículo 114. El condecorado, al conocer de la pérdida, deterioro o destrucción de insignias, pasadores o certificaciones acreditativas de los títulos honoríficos y las condecoraciones recibidas, debe informar a la autoridad facultada que propuso su otorgamiento.
Artículo 115. Cuando la pérdida, deterioro o destrucción de insignias, pasadores o certificaciones acreditativas de los títulos honoríficos y las condecoraciones recibidas, ocurre durante el cumplimiento de misiones oficiales, combativas o como resultado de una catástrofe natural, el condecorado recibe, a partir de su solicitud, el duplicado de estas en el plazo de treinta días hábiles, según corresponda.
Artículo 116. En correspondencia a lo regulado en los artículos 58 y 59 de la Ley, la solicitud del duplicado o del documento acreditativo puede realizarse por la persona condecorada o su representante y debe consignar los aspectos siguientes: a) Nombres, apellidos, número de identidad y la firma de la persona condecorada o de su representante; b) título o condecoración recibida, año de otorgamiento; c) insignias, pasadores o certificaciones acreditativas perdidas, deterioradas o dañadas; d) causas de la pérdida, deterioro o destrucción; e) lugar y fecha de la ocurrencia; y f) pruebas que certifiquen las causas alegadas.
CAPÍTULO IXDEL REGISTRO DE TÍTULOS HONORÍFICOS Y CONDECORACIONES Y EL CONTROL ADMINISTRATIVO
SECCIÓN PRIMERACaracterísticas y funcionamiento del registro
Artículo 117. De conformidad con lo establecido en el
Artículo 60 de la Ley, el jefe de la Dirección de Cuadros del Estado y del Gobierno es responsable de la gestión del Registro de Títulos Honoríficos y Condecoraciones, donde se relacionan los actos que comprenden la creación, modificación, extinción, otorgamiento, privación o restablecimiento de un título honorífico o de una condecoración, lo que constituye el documento base del sistema, que debe ser controlado, actualizado y conservado adecuadamente en correspondencia con el desarrollo de las tecnologías de la información.
Artículo 118. El Registro de Títulos Honoríficos y Condecoraciones tiene como objetivo mantener actualizada la información relativa a los actos descritos en el artículo anterior y a partir de o sobre la base de ella, suministrar información oportuna y confiablesobre estos.
Artículo 119. El Registro cuenta con dos protocolos para ordenar la información relativa a los procedimientos de: a) creación, modificación o extinción de títulos honoríficos y condecoraciones; y b) otorgamiento, privación o restablecimiento de un título honorífico o de una condecoración.
Artículo 120. El protocolo relativo a los procedimientos de otorgamiento, privación o restablecimiento de un título honorífico o de una condecoración consigna la información siguiente: a) Generales del condecorado; b) denominación del título honorífico o condecoración; c) número del expediente; d) autoridad facultada que propuso el otorgamiento, la privación o el restablecimiento; y e) referencia a la disposición normativa que instrumenta el otorgamiento, privación o restablecimiento.
Artículo 121. El protocolo relativo a los procedimientos de creación, modificación o extinción de títulos honoríficos y condecoraciones consigna la información siguiente: a) Autoridad facultada que propuso; b) nombre del título honorífico o condecoración que se creó, modificó o extinguió; c) síntesis de la fundamentación correspondiente, y d) referencia a la disposición normativa que instrumenta la creación, modificación o extinción.
Artículo 122. Además del protocolo del otorgamiento, privación o restablecimiento, se archivan los expedientes que se confeccionan de cada uno de los condecorados, que contienen los datos antes mencionados y sus antecedentes.
SECCIÓN SEGUNDAControl administrativo
Artículo 123. Para el control administrativo y como constancia de las solicitudes y aprobaciones, los jefes de los órganos, organismos de la Administración Central del Estado, órganos locales del Poder Popular, entidades nacionales, organizaciones y asociaciones, habilitan los protocolos siguientes: a) El protocolo de sus propuestas de creación, modificación o extinción de títulos honoríficos y condecoraciones al Consejo de Estado y su aprobación;
b) el protocolo de las propuestas para el otorgamiento, privación o restablecimiento; y c) el protocolo de distinciones otorgadas.
Artículo 124. El contenido de los protocolos de los incisos a) y b) se corresponde con los descritos en los artículos 117 y 118, respectivamente.
Artículo 125. Los datos que se consignan en el protocolo referido en el inciso c) son los siguientes: a) Generales del distinguido; b) denominación de la distinción; c) número del expediente; y d) referencia a la disposición normativa que instrumenta el otorgamiento.
Artículo 126. Durante el proceso de propuesta de creación, modificación o extinción y otorgamiento, privación o restablecimiento de títulos honoríficos y condecoraciones, los documentos deben cumplir las medidas que se establecen en la legislación sobre la seguridad y protección de la información oficial clasificada y limitada.
DISPOSICION FINALÚNICA: El Presente Decreto Ley entra en vigor a los 180 días, a partir de su publicación en la Gaceta Oficial.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DADO en La Habana, a los 24 días del mes de septiembre de 2025.Juan Esteban Lazo Hernández ANEXO DECRETO LEY No. 109 REGLAMENTO DE LA LEY 170 DEL SISTEMA DE TÍTULOS HONORÍFICOS Y CONDECORACIONES DE LA REPÚBLICA DE CUBAI. DESCRIPCIÓN DE LAS CARACTERÍSTICAS GENERALES Y ESPECÍ- FICAS DE LAS REPRESENTACIONES FÍSICAS DE LOS TÍTULOS HONORÍ- FICOS Y LAS CONDECORACIONES.
Artículo 1. Los Títulos Honoríficos se confeccionan en pergamino que posee forma de diploma; mide 55 centímetros de largo por 37 centímetros de ancho; en su centro y parte superior lleva el Escudo de la República de Cuba; debajo del Escudo, aparece la inscripción “REPÚBLICA DE CUBA”; en la parte inferior lleva el pie de firma del Presidente de la República y por último aparecen los datos de control y una oblea fijada en la parte inferior con el sello seco del Presidente de la República.
Artículo 2. Los Títulos Honoríficos se representan mediante las medallas “ESTRE- LLA DE ORO” y “ESTRELLA DE ORO DEL TRABAJO” y tienen las características específicas siguientes: a) La medalla “ESTRELLA DE ORO”, se confecciona en oro; su anverso y reverso están construidos en forma de una estrella convexa de cinco puntas diedras inscriptas en una circunferencia imaginaria que según la dimensión de la medalla puede ser de 24 y de 14 milímetros de diámetro, con bases de 6 y de 4 milímetros, respectivamente.
La insignia, según su dimensión, pende mediante una argolla de un pasador rectangular convexo de 15 milímetros de largo por 10 milímetros de alto, para la de 24 milímetros, y de 9 milímetros de largo por 6 milímetros de alto, para la de 14 milímetros.En su anverso, esmaltado, está representada a relieve, en forma vertical, la Bandera de la Estrella Solitaria, y tanto en la parte superior como en la inferior tiene un bisel convexo en oro, de 19 milímetros de largo, para la de 24 milímetros, y de 11 milímetros, para la de 14 milímetros de diámetro. b) La medalla “ESTRELLA DE ORO DEL TRABAJO”, se confecciona en oro; su anverso y reverso están construidos en forma de una estrella convexa de cinco puntas diedras inscritas en una circunferencia imaginaria que según la dimensión de la medalla puede ser de 24 y de 14 milímetros de diámetro, con bases de 6 y de 4 milímetros, respectivamente. En el centro de su anverso, y a relieve, tiene una rueda dentada de la medida que co-rresponda según las dimensiones de la Estrella.La insignia, según dimensión, pende rnediante una argolla de un pasador rectangular convexo de 15 milímetros de largo por 10 milímetros de alto, para la de 24 milímetros, y de 9 milímetros de largo por 6 milímetros de alto, para la de 14 milímetros. En su anverso, esmaltado está representado a relieve, de forma vertical, la Bandera de la Estrella Solitaria, y tanto en la parte superior como en la inferior tiene un bisel convexo, en oro, de 19 milímetros de largo, para la de 24 milímetros, y de 11 milímetros, para la de 14 milímetros de diámetro. En su reverso, ambas estrellas llevan tuerca y tornillo y tienen un alfiler de seguridad.
Artículo 3. Las órdenes que integran el Sistema de Títulos Honoríficos y Condecoraciones se representan por una insignia que poseen las siguientes características generales: a) Se confeccionan en metal; b) las que poseen un único grado se confeccionan como regla con baño de oro; c) las que tienen más de un grado se confeccionan en metal con baño de oro el primer grado, baño de plata el segundo grado y baño de cobre o bronce el tercer grado; d) las órdenes de segundo y tercer grado se confeccionan con las mismas características generales que la de primer grado, cambiando el baño del metal y las franjas de colores de la cinta que la representa; e) en su reverso, al centro y a relieve tienen el Escudo de la República de Cuba; en la parte superior y en forma de semicírculo la inscripción “REPÚBLICA DE CUBA”; en la parte inferior y también en forma de semicírculo, la inscripción “CONSEJO DE ESTADO” ; f) las insignias que representan a las órdenes pueden pender de cinta o no; g) las insignias que representan a las órdenes y penden de cinta lo hacen mediante una argolla; h) la cinta se confecciona con tela de moaré, cuyos lados inferiores y el superior miden 25 milímetros de largo y los laterales 30 milímetros, con franjas de colores específicos para cada orden; i) el pasador que representa a las órdenes es de forma rectangular convexo de 25 milímetros de largo por 15 milímetros de alto y está cubierto por una cinta de moaré de forma pentagonal con franjas de colores específicos para cada orden, coincidente con las que penden de cinta; y j) la insignia y el pasador en su reverso tienen un alfiler de seguridad.
Artículo 4. Las características específicas de las insignias que representan las órdenes son: 1. Orden “JOSÉ MARTÍ”. a) En su anverso y a relieve, tiene una estrella convexa de cinco puntas diedras, inscripta en una circunferencia imaginaria de 45 milímetros de diámetro, montada en una base circular de 38 milímetros, estructurada por haces de varas; a) en la parte central y a relieve tiene dos circunferencias concéntricas; la interior de 18 milímetros de diámetro, en cuyo círculo, está representada la efigie en oro de José Martí; la exterior de 26 milímetros de diámetro, conforma con la interior una corona esmaltada en blanco de 4 milímetros de ancho; en la parte superior de la corona y en forma de semicírculo, aparece la inscripción en oro “JOSÉ MARTÍ”, entre dos estrellas del mismo metal de 3 milímetros de diámetro; en la parte inferior y en forma de semicírculo, la inscripción en oro “1853-1895”; orlando la corona concéntrica, tiene un ramo de encina y otro de laurel, ambos de plata de 5 milímetros de ancho, cuyas puntas se inclinan hacia dentro; y b) la cinta de la cual pende la insignia, con franjas de colores blanco, rojo y azul turquí, subdivididas de derecha a izquierda en la forma siguiente: una franja blanca de 13 milímetros, una franja roja, una franja blanca y una franja azul turquí de 4 milímetros, de ancho cada una. 2. Orden “CARLOS MANUEL DE CÉSPEDES”. a) En su anverso y a relieve tiene una estrella convexa de cinco puntas esmaltadas en blanco con un bisel en oro de 1 milímetro de ancho, fijada sobre de un pentágono de lados convexos construidos por haces de vara; como base tiene una estrella pentagonal esmaltada en rojo y un bisel en oro de 1 milímetro de ancho; la insignia está inscripta en una circunferencia imaginaria de 45 milímetros de diámetro; b) en la parte central y a relieve tiene dos circunferencias concéntricas; la interior de 18 milímetros de diámetro en cuyo círculo está representada en oro la efigie de Carlos Manuel de Céspedes; la exterior de 26 milímetros de diámetro conforma con la interior una corona esmaltada en azul turquí de 4 milímetros de ancho; en la parte superior de la corona y en forma de semicírculo, aparece la inscripción en oro “CARLOS MANUEL DE CÉSPEDES” entre dos estrellas del mismo metal de 3 milímetros de diámetro; en la parte inferior y en forma de semicírculo, la inscripción en oro “1868”; y c) la cinta de la cual pende la insignia, con franjas de colores azul turquí, rojo y blanco, subdivididas de derecha a izquierda en la forma siguiente: una franja azul turquí de 13 milímetros, una roja, una blanca y una azul turquí de 4 milímetros, de ancho cadauna.3. Orden “PLAYA GIRÓN”. a) Su anverso está representado por una rueda dentada, inscripta en una circunferencia imaginaria de 45 milímetros de diámetro; b) en la parte central y a relieve, tiene dos circunferencias concéntricas; la interior de 18 milímetros de diámetro, en cuyo círculo está representada como fondo la Isla de Cuba y los contornos de las costas de Centroamérica y parte de la Península de la Florida, sobre dicho fondo aparecen varias banderas representativas de las Repúblicas Latinoamericanas y del Caribe flameando en sus astas y colocadas en forma de abanico; en primer plano figura un miliciano con un fusil en posición de combate y en actitud de repeler cualquier agresión, situado con un pie en el centro de la Isla de Cuba y el otro en el continente; la circunferencia exterior de 26 milímetros de diámetro, conforma con la interior una corona de 4 milímetros de ancho esmaltada en
blanco; en la parte superior de la corona y en forma de semicírculo, aparece la inscripción en oro “PLAYA GIRÓN” entre dos estrellas del mismo metal inscriptas en una circunferencia imaginaria de 3 milímetros de diámetro; en la parte inferior y también en forma de semicírculo, la inscripción en oro “CUBA” ; c) en la parte superior de la insignia y a relieve, tiene en forma de semicírculo la Bandera Nacional, y en la parte inferior dos ramos de laurel, ambos de plata de 5 milímetros de ancho, cuyas puntas se inclinan hacia dentro y orlan la corona; y d) la cinta de la cual pende la insignia, con franjas de colores rojo, azul turquí, blanco, verde olivo y azul celeste subdivididas de derecha a izquierda en la forma siguiente: una franja roja, una azul turquí, una blanca, una verde olivo y una azul celeste de 5 milímetros, de ancho cada una. 4. Orden “BLAS ROCA”. a) Es de metal con baño de oro; en su anverso tiene una estrella convexa de cinco puntas diedras que divergen del centro, inscripta en una circunferencia imaginaria de 45 milímetros de diámetro; b) en la parte central y a relieve tiene dos circunferencias concéntricas, la interior de 18 milímetros en cuyo círculo está representada la efigie del compañero Blas Roca; la exterior de 26 milímetros de diámetro que conforma con la interior una corona que representa una rueda dentada esmaltada en rojo de 4 milímetros de ancho, en la parte superior de la corona y en forma de semicírculo, aparece la inscripción “BLAS ROCA” y en la parte inferior y también en forma de semicírculo la inscripción 1908 - 1987; y c) la cinta de la cual pende la insignia con franjas de colores rojo, azul turquí y blanco subdivididas de derecha a izquierda en la forma siguiente: una franja roja de 5 milímetros, una azul turquí de 5 milímetros, una blanca de 10 milímetros y una roja de 5 milímetros, de ancho cada una. 5. Orden “MÁXIMO GÓMEZ”. a) En su anverso tiene una estrella convexa de ocho puntas en forma de rayos diedros que divergen del centro, inscripta en una circunferencia imaginaria de 45 milímetros de diámetro; en la parte central y a relieve, tiene dos circunferencias concéntricas; la interior de 18 milímetros de diámetro, en cuyo círculo está representada en oro la efigie del General Máximo Gómez; la exterior de 26 milímetros de diámetro, conforma con la interior una corona esmaltada en azul celeste de 4 milímetros de ancho; en la parte superior de la corona y en forma de semicírculo, aparece la inscripción en oro “MÁXIMO GÓMEZ” entre dos estrellas del mismo metal de 3 milímetros de diámetro; en la parte inferior y al centro, tiene dos machetes en oro cruzados, de 10 milímetros de largo; en el exterior de la corona y en forma de semicírculo, tiene un ramo de encina y otro de laurel , ambos de plata y de 5 milímetros de ancho; b) la cinta de la cual pende la insignia, con franjas de colores azul celeste, blanco, rojo, y dorado, subdivididas de derecha a izquierda en la forma siguiente: una franja azul celeste, una blanca, y una roja todas de 4 milímetros, una franja dorada de 3 milímetros, una roja de 5 milímetros, una dorada de 2 de milímetros y una roja de 3 milímetros de ancho cada una. c) el pasador en su centro y sobre la cinta que lo envuelve tiene dos machetes cruzados confeccionados en oro de 22 milímetros, de largo cada uno; y d) en la orden de segundo grado los ramos de encina y laurel son de oro; la franja dorada de 3 milímetros de ancho que lleva la cinta del pasador se sustituye por una azul celeste, y los machetes que lleva el pasador son de plata.
. Orden “ANTONIO MACEO”. a) En su anverso tiene una estrella convexa de cinco puntas diedras que divergen del centro, inscripta en una circunferencia imaginaria de 45 milímetros de diámetro; en la parte central y a relieve, tiene dos circunferencias concéntricas; la interior de 18 milímetros de diámetro, en cuyo círculo está la efigie del Mayor General Antonio Maceo; la exterior de 26 milímetros de diámetro, conforma con la interior una corona esmaltada en rojo de 4 milímetros de ancho; en la parte superior y en forma de semicírculo, aparece la inscripción con baño de oro “ANTONIO MACEO”; en la parte inferior tiene tres estrellas con baño de oro de 3 milímetros de diámetro cada una y separadas entre sí, 5 milímetros; orlando la corona tiene un ramo de encina y otro de laurel, de 5 milímetros, de ancho respectivamente; b) la cinta de la cual pende la insignia con franjas de colores rojo, dorado, blanco, y azul turquí, subdivididas de derecha a izquierda en la forma siguiente: una franja roja de 7 milímetros, una dorada de 2 milímetros, una blanca de 7 milímetros, una dorada de 2 de milímetros y una azul turquí de 7 milímetros, de ancho cada una; y c) el pasador en su centro y sobre la cinta que lo envuelve tiene tres estrellas con baño de oro de 4 milímetros de diámetro cada una. 7. Orden “CAMILO CIENFUEGOS”. a) Es de forma cuadrada inscripta en una circunferencia imaginaria de 45 milímetros de diámetro; su anverso representa una pirámide truncada de base cuadrada, cuyas diagonales están labradas en un ángulo de 45 grados; los ejes imaginarios menores del cuadrado miden 17 milímetros y los de los lados 22 milímetros a partir del centro de la circunferencia; vista la pirámide en reposo en la parte superior y a relieve tiene inscripta dos circunferencias concéntricas, la interior de 18 milímetros de diámetros, en cuyo círculo está la efigie del Comandante Camilo Cienfuegos; la exterior de 26 milímetros conforma con la interior una corona esmaltada en verde claro de 4 milímetros de ancho; en la parte superior de la corona y en forma de semicírculo aparece la inscripción con baño de oro “CAMILO CIENFUEGOS”; en la parte inferior y también en forma de semicírculo un ramo de encina y otro de laurel ambos con baño de oro de 3 milímetros de ancho y una estrella con baño de oro de 3 milímetros de diámetro separando ambos ramos; y b) la cinta de la cual pende la insignia con franjas de colores rojo, dorado y azul turquí, subdivididas de derecha a izquierda en la forma siguiente: una franja roja de 15 milímetros, una dorada de 5 milímetros y una azul turquí de 5 milímetros, de ancho cada una. 8. Orden “ERNESTO CHE GUEVARA”. a) En su anverso tiene una estrella convexa de diez puntas diedras que divergen del centro, inscripta en una circunferencia imaginaria de 45 milímetros de diámetro; en la parte central y a relieve tiene dos circunferencias concéntricas, la interior de 18 milímetros de diámetro en cuyo círculo está la efigie del Comandante Ernesto Che Guevara; la exterior de 26 milímetros de diámetro, conforma con la interior una corona esmaltada en rojo de 4 milímetros de ancho; en la parte superior de la corona y en forma de semicírculo, aparece la inscripción con baño de oro “ERNESTO GUEVARA”; en la parte inferior, también con baño de oro la inscripción “CHE” entre dos estrellas con baño de oro de 3 milímetros de diámetro, cada una; b) la cinta es de color rojo dividida al centro por una franja blanca de 3 milímetros de ancho;
c) en las órdenes de segundo grado, las franjas de colores de la cinta del pasador se subdividen de derecha a izquierda en la forma siguiente: una franja roja de 8 milímetros, una blanca, una roja y una blanca, de 3 milímetros cada una y una roja de 8 milímetros de ancho; y d) en las órdenes de tercer grado, las franjas de colores del pasador se subdividen de derecha a izquierda en la forma siguiente: una franja roja de 5 milímetros, una blanca de 3 milímetros, una roja de 3 milímetros, una blanca de 3 milímetros, una roja de 3 milímetros, una blanca de 3 milímetros y una franja roja de 5 milímetros de ancho cada una. 9. Orden “POR EL SERVICIO A LA PATRIA EN LAS FUERZAS ARMADAS RE- VOLUCIONARIAS”. a) En su anverso tiene una estrella con baño de oro convexa en forma de rayos con puntas diedras que divergen del centro; superpuesta a la anterior otra estrella de cinco puntas diedras en baño de plata, inscriptas en una circunferencia imaginaria de 45 milímetros de diámetro; en la parte central y a relieve tiene dos circunferencias concéntricas: la interior de 18 milímetros de diámetro, en cuyo círculo están representadas a relieve los haces de varas y el gorro frigio del Escudo Nacional; en forma de semicírculo a ambos lados de los haces de varas un ramo de encina y otro de laurel; la exterior de 26 milímetros de diámetro conforma con la interior una corona esmaltada en verde olivo de 4 milímetros de ancho; en la parte superior de la corona y en forma de semicírculo, aparece la inscripción con baño de oro “POR EL SERVICIO A LA PATRIA” entre dos estrellas del mismo metal, de 3 milímetros de diámetro; en la parte inferior y también en forma de semicírculo, la inscripción con baño de oro “FAR” ; b) la cinta es de color azul turquí dividida al centro por una franja dorada de 5 milímetros de ancho; c) en la orden de segundo grado, la estrella convexa en forma de rayos con puntas diedras es de metal con baño de plata y la estrella de cinco puntas diedras es de metal con baño de oro; la cinta está subdividida de derecha a izquierda en la forma siguiente: una franja azul turquí de 8 milímetros, una dorada, una azul turquí y una dorada de 3 milímetros cada una y una azul turquí de 8 milímetros de ancho cadauna.d) en la orden de tercer grado, la estrella convexa en forma de rayos con puntas diedras es de metal con baño de cobre y la estrella de cinco puntas diedras es de metal con baño de plata; la cinta está subdividida de derecha a izquierda en la forma siguiente: una franja azul turquí de 6 milímetros, una dorada de 3 milímetros, una azul turquí de 2 milímetros, una dorada de 3 milímetros, una azul turquí de 2 milímetros, una dorada de 3 milímetros y una azul turquí de 6 milímetros, de ancho cada una. 10. Orden “6 DE JUNIO”. a) En su anverso aparece como base una figura pentagonal que semeja a una fortaleza, inscripta en una circunferencia imaginaria de 40 milímetros de diámetro esmaltado en azul prusia con bordura en azul claro de un milímetro de ancho, con un filete dorado de 0,5 milímetros como separador de los colores y otro igual como borde exterior; sobre el pentágono azul resalta una estrella dorada de cinco puntas diedras inscripta en una circunferencia imaginaria de 45 milímetros de diámetro; en el centro de la estrella está situado un escudo de forma triangular apuntado por debajo y semicircular por los lados, con los dos ángulos superiores truncados en escotadura; tiene 22 milímetros de alto por 22 milímetros de ancho, esmaltado en rojo con bordura blanca de un milímetro de ancho con un filete dorado de 0,5 milímetros como separador de los colores y de otro igual en el borde exterior; en el centro del campo rojo tiene la inscripción “6 DE JUNIO”; por detrás de la parte superior del escudo asoma la empuñadura de un machete mambí en dorado cuya punta sobresale por la parte inferior con un largo total de 34 mm; el escudo está flanqueado por dos ramas doradas una de encina y la otra de olivo, ambas a relieve que se enlazan por detrás de la punta del machete; b) la cinta de la cual pende la insignia mide 25 milímetros en los lados inferiores y el superior y 30 milímetros en los laterales, con franjas de colores azul, blanco y verde subdivididas de derecha a izquierda de la forma siguiente: una franja verde chartres de 7 milímetros, una blanca de 6 milímetros, una azul prusia de 6 milímetros y una azul claro de 6 milímetros, de ancho cada una; y c) en la orden de segundo grado la cinta de la cual pende la insignia tiene franjas de colores azul y verde subdivididas de derecha a izquierda de la forma siguiente: una franja verde chartres de 13 milímetros, una azul prusia de 6 milímetros y una azul claro de 6 milímetros, de ancho cada una. 11. Orden “FÉLIX VARELA”. a) En su anverso lleva un motivo ornamental inspirado en un diseño de las culturas indoamericanas, inscripto en una circunferencia imaginaria de 45 milímetros de diámetro; en la parte central y a relieve tiene dos circunferencias concéntricas; la interior de 18 milímetros de diámetro, en cuyo círculo aparece la efigie con baño de oro de Félix Varela; la exterior de 24 milímetros de diámetro conforma con la interior una corona esmaltada en blanco de 3 milímetros de ancho; en la parte superior de la corona y en forma de semicírculo, aparece la inscripción con baño de oro “FÉLIX VARELA” ; b) la cinta de la cual pende la insignia con franjas de colores rojo, blanco y azul turquí subdivididas de derecha a izquierda de la forma siguiente: una franja roja de 10 milímetros, una blanca de 5 milímetros y una azul turquí de 10 milímetros, de ancho cada una; y c) la corona de la orden de segundo grado en la parte central está esmaltada en azul; las franjas de colores de la cinta de donde pende la insignia se subdividen de derecha a izquierda de la forma siguiente: una franja blanca de 2 milímetros, una roja de 8 milímetros, una blanca de 5 milímetros, una azul turquí de 8 milímetros y una blanca de 2 milímetros, de ancho cada una. 12. Orden “JUAN MARINELLO”. a) En su anverso, tiene un motivo ornamental inspirado en un diseño de las culturas indoamericanas, inscripto en una circunferencia imaginaria de 45 milímetro de diámetro; en la parte central y a relieve, tiene dos circunferencias concéntricas, la interior de 16 milímetro de diámetro, en cuyo círculo está representada la efigie de Juan Marinello; la exterior de 22 milímetro de diámetro conforma con la interior una corona esmaltada en rojo de 3 milímetro de ancho en la parte superior de la corona, y en forma de semicírculo aparece la inscripción con baño de oro “JUAN MARINELLO” ; y b) la cinta de la cual pende la insignia con franjas de colores rojo, blanco y azul turquí, subdivididas de derecha a izquierda en la forma siguiente: una franja roja de 15 milímetros, una blanca y una azul turquí de 5 milímetros, de ancho cada una.
. Orden “FRANK PAÍS”. a) En su anverso y a relieve tiene dos estrellas hexagonales superpuestas, inscriptas en una circunferencia imaginaria de 45 milímetros de diámetro; la estrella que está en segundo plano tiene sus puntas esmaltadas en azul turquí con un bisel con baño de oro de un milímetro de ancho; la estrella que aparece en primer plano tiene sus puntas en metal con baño de oro y en forma de rayos que divergen del centro; en la parte central y también a relieve tiene un círculo esmaltado en rojo de 28 milímetros de diámetro limitado por un anillo con baño de oro de un milímetro de ancho; en la parte lateral derecha, aparece la efigie de Frank País con baño de oro; en la parte lateral izquierda y en forma de semicírculo tiene un ramo de laurel con baño de oro de 3 milímetros de ancho; en la parte central aparece la inscripción con baño de oro “FRANK PAÍS”; b) la cinta de donde pende la insignia, con franjas de colores rojo, blanco y azul turquí, subdivididas de derecha a izquierda en la forma siguiente, una franja roja de 6 milímetros, una blanca de 13 milímetros, y una azul turquí de 6 milímetros, de ancho cada una; y c) a la orden de segundo grado la cubre un baño de plata. 14. Orden “CARLOS J. FINLAY” a) Es de forma irregular y mide 45 milímetros en el eje vertical y 34 en el horizontal; en su anverso tiene un óvalo convexo que mide 25 milímetros en su eje vertical y 22 en el horizontal en el que aparece, a relieve, la efigie de Carlos J. Finlay bor-deada por una orla, también de forma irregular, de la que parten rayos de diferenteslongitudes; en la parte superior hay tres filigranas que abren en forma de abanico separadas entre sí por pirámides que sobresalen del conjunto, rematadas por pequeñas esferas de 2 milímetros de diámetro, estas se repiten cada cuatro barras que son las que conforman los lados, estas barras están alternadas en alto y bajo relieve; en la parte inferior y a nivel más bajo que la orla y las barras laterales, tiene una superficie plana esmaltada en blanco en la que aparece en forma de semicírculo, la inscripción con baño de oro “CARLOS J. FINLAY”, rematada por un borde a relieve más bajo; y b) la cinta de la cual pende la insignia con franjas de colores violeta y dorado, subdivididas de derecha a izquierda en la forma siguiente: una franja dorada de 2 milímetros, una violeta de 3 milímetros, una dorada de 2 milímetros, una violeta de 11 milímetros, una dorada de 2 milímetros, una violeta de 3 milímetros y una dorada de 2 milímetros, de ancho cada una. 15. Orden “AL MÉRITO DEPORTIVO”. a) Es de forma ovalada y representa una pista de atletismo que mide 45 milímetro en su eje vertical y 28 en el horizontal; en su anverso y a relieve, la pista tiene en forma escalonada cinco carrileras de un milímetro de ancho cada una; en su centro aparece una antorcha con baño de plata de 25 milímetro de alto por 3 milímetros de ancho en su empuñadura y 9 en la parte superior, de donde salen varias lenguas de fuego esmaltadas en rojo; la pista y la antorcha están rodeadas por una banda de 10 milímetros de ancho en forma de “S “ estilizada, que sobresale 2 milímetros fuera de los extremos laterales de la pista, con franjas esmaltadas en azul, blanco y rojo; la banda en la parte central que envuelve a la antorcha está esmaltada en rojo y en
su centro, tiene una estrella pentagonal con baño de plata inscripta en una circunferencia imaginaria de 7 milímetros de diámetro; en la parte inferior de la pista y de derecha a izquierda en la porción de las carrileras que conforman parte de la curva y recta de ese tramo y sustituyendo dichas carrileras, aparece una franja esmaltada en blanco y la inscripción “AL MÉRITO DEPORTIVO” con baño de oro; y b) la cinta de la cual pende la insignia con franjas de colores azul celeste, dorado, negro, verde claro y rojo, subdivididas de derecha a izquierda en la forma siguiente: una franja azul celeste, una dorada, una negra, una verde claro y una roja de 5 milímetros, de ancho cada una. 16. Orden “LÁZARO PEÑA”. a) Es de forma irregular y está inscripta en una circunferencia imaginaria de 45 milímetros de diámetro; en su anverso y a relieve tiene una estrella pentagonal esmaltada en blanco, enmarcados entre sus puntas se destacan rayos diedros que divergen del centro y que disminuyen hacia ambos lados; sobre la estrella aparece una rueda dentada esmaltada en rojo de 32 milímetros de diámetro en cuyo círculo interior, esmaltado en blanco y de 20 milímetros de diámetro está la efigie de Lázaro Peña; las circunferencias exterior e interior de la rueda dentada forman una corona de 3 milímetros de ancho; en la parte inferior de dicha corona y en forma de semicírculo, tiene la inscripción “LÁZARO PEÑA”, con baño de oro; b) la cinta de donde pende la insignia, con franjas de colores negro, verde olivo, rojo, azul celeste y dorado, subdivididas de derecha a izquierda en la forma siguiente, una franja negra, una verde olivo, una franja roja, una azul celeste y una dorada de 5 milímetros, de ancho cada una; c) en la orden de segundo grado las franjas de la cinta de donde pende la insignia, se subdividen de derecha a izquierda en la forma siguiente: una franja negra, una verde olivo, una roja, una azul celeste y una blanca de 5 milímetros, de ancho cada una, con baño de plata; y d) en la orden de tercer grado, las franjas de la cinta de donde pende la insignia, se subdividen de derecha a izquierda en la forma siguiente: una franja negra, una verde olivo, una roja, una franja azul celeste y una carmelita claro de 5 milímetros, de ancho cada una, con baño de bronce. 17. Orden “MARIANA GRAJALES”. a) Es de metal con baño de plata; en su anverso tiene una estrella convexa en forma de rayos con puntas diedras que divergen del centro, inscripta en una circunferencia imaginaria de 45 milímetros de diámetro; en la parte central y a relieve tiene dos circunferencias concéntricas; la interior de 16 milímetros de diámetro, en cuyo círculo aparece la efigie de Mariana Grajales en baño de oro; la exterior de 22 milímetros de diámetro conforma con la interior una corona esmaltada en verde claro de 3 milímetros de ancho; en la parte superior de la corona y en forma de semicírculo, aparece la inscripción con baño de plata “MARIANA GRAJALES”; en la parte inferior y al centro de la corona, la inscripción, también con baño de plata “1868 -1895” separada por una estrella; orlando la corona lleva un ramo de encina y otro de laurel, ambos con baño de oro y de 5 milímetros de ancho, bordeando la corona en forma circular aparecen las empuñaduras con baño de plata de 14 machetes que representan a la heroica familia de los Maceos que luchó en las guerras de 1868 y 1895 por la independencia de Cuba; en la parte superior y a relieve tiene una estrella con baño de oro de cinco puntas diedras inscripta en una circunferencia imaginaria de 8 milímetros de diámetro; y
b) la cinta de la cual pende la insignia, posee franjas de colores verde olivo, rojo, blanco y azul turquí, subdivididas de derecha a izquierda en la forma siguiente: una franja verde olivo de 3 milímetros, una roja de 6 milímetros, una blanca de 7 milímetros, una azul turquí de 6 milímetros y una verde olivo de 3 milímetros, de ancho cada una. 18. Orden “ANA BETANCOURT”. a) Es de forma ovalada y mide 45 milímetros en su eje vertical y 36 en el horizontal; en su anverso, al centro y a relieve, tiene un óvalo de 23 milímetros en su eje vertical y 16 en el eje horizontal con la efigie de Ana Betancourt, rodeado por dos franjas también ovaladas, una esmaltada en azul y la otra en blanco de 1,5 milímetros, de ancho cada una y separadas entre sí y del óvalo, por filamentos con baño de oro; siguiendo el contorno del óvalo tiene una orla de haces radiales redondeados en sus bordes y superficie de 8 milímetros de largo; en su cuarto superior, en el cual descansa, a relieve, una estrella de cinco puntas diedras al tamaño de la orla de la que parten sendas pencas de Palma Real de 6 milímetros, de ancho cada una; en el cuarto inferior aparece una superficie plana esmaltada en rojo en la que en forma semioval aparece la inscripción, en baño de oro “ANA BETANCOURT” ; y b) la cinta de donde pende la insignia, con franjas de colores rojo, y dorado, subdivididas de derecha a izquierda en la forma siguiente, una franja roja de 4 milímetros,una dorada de 2 milímetros, una roja de 13 milímetros, una dorada de 2 milímetrosy una roja de 4 milímetros de ancho cada una. 19. Orden “DE LA SOLIDARIDAD”. a) La insignia está montada sobre una base de haces de vara en forma circular de 28 milímetros de ancho y cruzada por 12 lancetas que divergen del centro e inscripta en una circunferencia imaginaria de 45 milímetros de diámetro; en la parte central y a relieve, tiene dos circunferencias concéntricas, la interior de 24 milímetros de diámetro, en cuyo círculo aparece representado el Monumento a José Martí en la Plaza de la Revolución; la exterior de 26 milímetros de diámetro, conforma con la interior un anillo esmaltado en rojo de un milímetro de ancho; las lancetas miden 9 milímetros de largo a partir del borde exterior del círculo, por 5 milímetros en su parte más ancha y 3 milímetros en la parte más estrecha; entre cada lanceta aparecen 3 haces de vara de 6 milímetros de largo cada uno; en el centro inferior, sobre una lanceta y a bajo relieve tiene una estrella esmaltada en rojo inscripta en una circunferencia imaginaria de 4 milímetros de diámetro; partiendo de la parte derecha y también a bajo relieve la inscripción “SOLIDARIDAD” grabadas las letras en cada una de las lancetas; b) la cinta de la cual pende la insignia con franjas de colores rojo, blanco y azul turquí subdivididas de derecha a izquierda en la forma siguiente: una franja roja de 8 milímetros, una blanca, una azul turquí, una blanca de 3 milímetros de ancho cada una y una franja roja de 8 milímetros, de ancho. 20. Orden “17 DE MAYO” a) En su anverso tiene tres estrellas octogonales, ligeramente convexas, no concéntricas ni regulares, inscriptas en una circunferencia imaginaria de 45 milímetros de diámetro; las estrellas tienen distintas características: la primera estrella tiene su punta dividida en tres partes iguales, y la parte central esmaltada en azul, las demás tienen sus puntas con distintas texturas que semejan hojas; en la última estrella entre punta y punta hay fragmentos de círculos rojos que simbolizan los frutos de esta ley;
b) en el centro y a relieve tiene dos circunferencias concéntricas, la interior de 18 milímetros de diámetro en cuyo círculo está representada la efigie a relieve dorada de Niceto Pérez; la exterior de 26 milímetros de diámetro, conforma con la interior una corona esmaltada en color verde de 4 milímetros de ancho, en la parte superior de la corona y en forma de semicírculo aparece la inscripción dorada “17 DE MAYO”, en la parte inferior y también en forma de semicírculo la inscripción dorada “NICETO PÉREZ” ; y c) la cinta de donde pende la insignia con franjas en colores verde y carmelita subdivididas de derecha a izquierda en la forma siguiente: una franja de color verde de 2 milímetros y una color carmelita de 3 milímetros repitiéndose estas medidas hasta completar los 25 milímetros. 21. Orden “JULIO ANTONIO MELLA”. a) Su anverso tiene como base una figura irregular con rayos en forma de sol y ligeramente convexa, inscripta en una circunferencia 36 milímetros de diámetro; superpuesta a dicha base aparece una estrella pentagonal con puntas diedras que divergen del centro, inscripta en una circunferencia imaginaria de 45 milímetros de diámetro; en la parte central y a relieve tiene dos circunferencias concéntricas, la interior de 18 milímetros de diámetro en cuyo círculo aparece la efigie de Julio Antonio Mella; la exterior de 24 milímetros de diámetro conforma con la interior una corona esmaltada en rojo de 3 milímetros de ancho; en la parte superior de la corona y en forma de semicírculo, aparece la inscripción con baño de oro “JULIO ANTONIO MELLA”; en la parte inferior de la insignia y orlando la corona tiene dos ramos de laurel de metal con baño de plata; b) la cinta de la cual pende la insignia con franjas de colores rojo y verde claro subdividida de derecha a izquierda en la forma siguiente: una franja roja de 10 milímetros, una verde claro de 5 milímetros y una roja de 10 milímetros, de ancho cada una;
Artículo 5. Las medallas que integran el Sistema de Títulos Honoríficos y Condecoraciones se representan por una insignia que posee las siguientes características generales: a) Se confeccionan en metal; b) las que poseen una única clase se confeccionan como regla con baño de oro; c) las que poseen más de una clase se confeccionan en metal con baño de oro la primera clase, baño de plata la segunda clase y baño de cobre la tercera clase; d) la medalla de segunda clase y tercera clase se confeccionan con las mismas características generales que la primera clase, cambiando el baño del metal y la escala de colores de la cinta que la representa; e) poseen forma circular y miden entre 30 y 32 milímetros de diámetro y 3 milímetros de espesor; f) en su anverso tienen un bisel convexo de 1.5 milímetros de ancho; g) en su reverso tiene un bisel plano de un milímetro de ancho, en el centro y a relieve el Escudo de la República de Cuba, en la parte superior y en forma de semicírculo la inscripción “REPUBLICA DE CUBA” en la parte inferior y también en forma de semicírculo, la inscripción “CONSEJO DE ESTADO” ; h) las insignias que representan a las Medallas penden de una cinta mediante una argolla; i) la cinta se confecciona con tela de moaré, cuyos lados inferiores y el superior miden 25 milímetros de largo y los laterales 30 milímetros, con franjas de colores específicos para cada medalla y sus clases;
j) el pasador que representa a las medallas es de forma rectangular convexa y mide 25 milímetros de largo por 15 de alto y está cubierto por una cinta de moaré con las mismas franjas de colores y medidas que las del pentágono de donde pende la insignia; y k) la insignia y el pasador en su reverso tienen un alfiler de seguridad.
Artículo 6. Las características específicas de cada medalla son: 1. Medalla “ANTONIO MACEO” a) Se confecciona en metal con baño de plata patinada; b) su anverso está construido en forma de bandeja y a relieve tiene la efigie del General Antonio Maceo; y c) la cinta de la cual pende insignia, con franjas de colores dorado, azul celeste, rojo y blanco, subdivididas de derecha a izquierda en la forma siguiente: una franja dorada de 2 milímetros, una azul celeste de 5 milímetros, una roja de 4 milímetros, una blanca de 3 milímetros, una roja de 4 milímetros una azul celeste de 5 milímetros y una dorada de 2 milímetros, de ancho cada una. 2. Medalla “CALIXTO GARCÍA”. a) Se confecciona en metal con baño de bronce; b) su anverso está construido en forma de bandeja y a relieve tiene la efigie del General Calixto García, en la parte superior en forma de semicírculo la inscripción “CALIXTO GARCÍA” ; y c) la cinta de la cual pende la insignia, con franjas de colores dorado, rojo y azul turquí, subdivididas de derecha a izquierda en la forma siguiente: una franja dorada de 2 milímetros, una roja de 10 milímetros, una dorada de 2 milímetros, una azul turquí de 9 milímetros y una dorada de 2 milímetros, de ancho cada una. 3. Medalla “IGNACIO AGRAMONTE”. a) Su anverso está construido en forma bandeja y a relieve tiene la efigie del Mayor General Ignacio Agramonte; b) la cinta de la cual pende la insignia, con franjas de colores verde olivo y dorado, subdivididas de derecha a izquierda en la forma siguiente: una franja verde olivo de 10 milímetros, una dorada de 5 milímetros y una verde olivo de 10 milímetros, de ancho cada una; c) en la medalla de segunda clase, la cinta de la cual pende la insignia es de color verde olivo con una franja central color azul turquí de 5 milímetros de ancho; y d) en la medalla de tercera clase, la cinta de la cual pende la insignia es de color verde olivo con una franja central de color blanco de 5 milímetros de ancho. 4. Medalla “POR EL SERVICIO EJEMPLAR EN LAS FUERZAS ARMADAS REVOLUCIONARIAS”. a) Su anverso está construido en forma de bandeja y tiene en el centro y a relieve una estrella de cinco puntas diedras en una circunferencia imaginaria de 26 milímetros de diámetro, en la parte inferior y laterales entre las puntas de la estrella, en un ángulo de 180 grados tiene, también a relieve 23 barras convexas de diferentes longitudes en forma horizontal y vertical y de 1,5 milímetros, de ancho cada una; b) en la parte superior y en forma de semicírculo posee la inscripción “SERVICIO EJEMPLAR” ; y c) la cinta de la cual pende la insignia con franjas de colores verde olivo, azul turquí, blanco y rojo, subdivididas de derecha izquierda en la forma siguiente: una franja verde olivo de 10 milímetros, una azul turquí, una blanca y una roja de 5 milímetros, de ancho cada una.
. Medalla “COMBATIENTE DE LA PRODUCCIÓN Y LA DEFENSA”. a) en el centro y a relieve aparece un machete y un fusil empuñados por las manos de nuestros trabajadores, representativos de la voluntad y el tesón de nuestro pueblo trabajador de defender la Patria Socialista; y b) la cinta de la cual pende la insignia con franjas de colores rojo, azul celeste y verde olivo, subdivididas de derecha a izquierda en la forma siguiente: una franja roja de 3 milímetros, una azul celeste de 7 milímetros, una roja de 5 milímetros, una verde olivo de 7 milímetros y una roja de 3 milímetros, de ancho cada una. 6. Medalla “FRATERNIDAD COMBATIVA”. a) En su anverso y a relieve tiene un soldado de infantería portando un fusil AKM, superpuesto en un escudo, el que aparece fijado sobre haces de vara, representando la unión y la fortaleza de nuestras Fuerzas Armadas Revolucionarias; orlando el escudo lleva dos ramos de laurel; y b) la cinta de donde pende la insignia con franjas de colores rojo, azul celeste, blanco y verde olivo subdivididas de derecha izquierda en la forma siguiente: una franja roja de 13 milímetros, una azul celeste, una blanca, una verde olivo y una roja de 3 milímetros, de ancho cada una. 7. Medalla “COMBATIENTE INTERNACIONALISTA”. a) En su anverso y a relieve tiene un bisel convexo y a relieve de 1,5 milímetros; en el centro, también a relieve, aparecen los continentes que constituyen el universo; saliendo del centro de la Isla de Cuba y desplegadas en sus astas se encuentran las banderas de la República de Cuba y la del Internacionalismo Proletario; b) la cinta de la cual pende la insignia con franjas de colores rojo, blanco y azul turquí, subdivididas de derecha a izquierda en la forma siguiente: una franja roja de 16 milímetros, una azul turquí, una blanca y una roja de 3 milímetros, de ancho cada una; y c) en la medalla de segunda clase, la cinta de la cual pende la insignia tiene en el extremo izquierdo una franja blanca de 2 milímetros de ancho, quedando reducida laroja a 14 milímetros.8. Medalla “ABEL SANTAMARÍA”. a) En su anverso al centro y a relieve tiene el efigie de Abel Santamaría, en la parte inferior en forma de semicírculo, tiene una cinta a relieve terminada en cada extremo en dos puntas, en la misma aparece grabada a bajo relieve la inscripción “ABEL SANTAMARÍA”; partiendo de los extremos de la cinta y también a relieve, tiene dos ramos de laurel que orlan la efigie uniéndose sus puntas en la parte superior; y b) la cinta de la cual pende la insignia con franjas de colores rojo, blanco y negro, subdivididas de derecha a izquierda en la forma siguiente: una franja roja de 10 milímetros, una blanca de 5 milímetros y una negra de 10 milímetros, de ancho cada una. 9. Medalla “JOSÉ ANTONIO ECHEVERRÍA”. a) En su anverso y a relieve tiene la efigie de José Antonio Echeverría, y como fondo, también a relieve, el edificio del antiguo Palacio Presidencial; en la parte superior en forma de semicírculo, la inscripción “JOSÉ ANTONIO ECHEVERRÍA” ; y b) la cinta de la cual pende la insignia con franjas de color blanco, rojo, violeta y azul celeste, subdivididas de derecha a izquierda en la forma siguiente: una franja blanca de 10 milímetros y una roja, una violeta y una azul celeste de 5 milímetros, de ancho cada una.
. Medalla “JESÚS MENÉNDEZ”. a) Se confecciona en metal con baño de oro. b) En su anverso en el centro y a relieve tiene la efigie de Jesús Menéndez dentro de un círculo de 18 milímetros de diámetro que conforma con otro exterior de 25 milímetros de diámetro una rueda dentada a relieve de 13 dientes, en la parte superior de la rueda dentada y sustituyendo cuatro dientes aparece la inscripción “JESÚS ME- NÉNDEZ”; en la parte inferior sobre la rueda dentada y en forma de semicírculo la inscripción “CUBA” ; y c) la cinta de la cual pende la insignia con franjas de colores rojo, verde claro y dorado, subdivididas de derecha a izquierda de la forma siguiente: una franja roja de 8 milímetros, una verde claro de 9 milímetros y una dorada de 8 milímetros, de ancho cada uno. 11. Medalla “HAZAÑA LABORAL”. a) Se confecciona en metal con baño de plata; b) en su anverso al centro y a relieve, tiene una rueda dentada; en su parte inferior un yunque y en la parte superior el símbolo del átomo; en la parte superior, y en forma de semicírculo aparece la inscripción “HAZAÑA LABORAL”, entre el borde de la insignia y la inscripción se destaca a relieve un anillo de 25 milímetros de diámetro por 2 de ancho; y c) la cinta de la cual pende la insignia con franjas de colores dorado y rojo, subdivididas de derecha a izquierda en la forma siguiente: una franja dorada de 10 milímetros, una roja de 5 milímetros y una dorada de 10 milímetros, de ancho cada una. 12. Medalla “TRABAJADOR INTERNACIONALISTA”. a) Se confecciona en metal con baño de plata; b) en su anverso tiene un bisel convexo de 1,5 milímetros de ancho y a relieve un círculo de 19 milímetros de diámetro, en el que aparecen 3 meridianos, 3 paralelos y los polos geográficos, que representan al globo terráqueo y la Isla de Cuba de la que en su parte central sale un asta de 8 milímetros de largo ligeramente inclinada hacia la derecha y ondeando en ella una bandera esmaltada en rojo de 8 milímetros de largo por 5 de ancho; en la parte superior y en forma de semicírculo, tiene la inscripción “TRABAJADOR” entre dos estrellas convexas de 5 puntas diedras inscriptas en una circunferencia imaginaria de 2 milímetros de diámetro; en la parte inferior, y también en forma de semicírculo, la inscripción “INTERNACIONALISTA” ; y c) la cinta de la cual pende insignia con franjas de colores azul celeste y rojo, subdivididas de derecha a izquierda en la forma siguiente: una franja azul celeste, una roja, una azul celeste, una roja y una azul celeste de 5 milímetros, de ancho cada una. 13. Medalla “CRUZ ROJA CUBANA”. a) En su anverso, en la parte lateral izquierda y a relieve tiene la efigie del Comandante Manuel Fajardo, en la parte lateral derecha y también a relieve, tiene una cruz griega con un ramo de laurel en forma de semicírculo que la entrelaza; en la parte superior y también en forma de semicírculo, la inscripción “CRUZ ROJA CUBANA” ; y b) la cinta de donde pende la insignia con franjas de colores blanco y rojo, subdivididas de derecha a izquierda en la forma siguiente: una franja blanca de 5 milímetros, una roja de 2 milímetros, una blanca de 11 milímetros, una roja de 2 milímetros y una blanca de 5 milímetros, de ancho cada una.
. Medalla “ALEJO CARPENTIER”. a) En su anverso tiene un bisel de 1.5 milímetros de ancho, al centro y a relieve tiene la efigie de Alejo Carpentier, en la parte inferior y en forma de semicírculo aparece grabado a relieve la inscripción “ALEJO CARPENTIER” ; y b) la cinta de donde pende la insignia con franjas de colores azul turquí y blanco, subdivididas de derecha a izquierda en la forma siguiente: una franja azul turquí de 15 milímetros, una blanca de 5 milímetros y una azul turquí de 5 milímetros, de ancho cada una. 15. Medalla “POR LA DEFENSA DE LA PATRIA Y LA UNIDAD DEL BARRIO”. a) En su anverso tiene un bisel plano de 1 milímetro de ancho; al centro y a relieve aparecen un grupo de casas y edificios, así como una representación de la Plaza de la Revolución; en la parte superior de la fachada de uno de los edificios, el que aparece justamente al lado de la torre del Memorial José Martí puede verse el logotipo de la organización y encima, en la azotea, la inscripción CDR, a cuyo lado derecho y en su asta ondea una bandera cubana; en la parte superior y en semicírculo aparece la inscripción “POR LA DEFENSA DE LA PATRIA”; en la parte inferior y también en forma de semicírculo la inscripción “Y LA UNIDAD DEL BARRIO” ; y b) la cinta de donde pende la insignia con franjas de colores azul bandera, verde olivo, blanco y rojo, subdivididas de derecha a izquierda en la forma siguiente: una franja roja de 5 milímetros, una verde olivo de 2 milímetros, una blanca de 7 milímetros, una franja verde olivo de 2 milímetros y una azul bandera de 9 milímetros de ancho. 16. Medalla “ROMÁRICO CORDERO”. a) En su anverso tiene un bisel convexo de 1.5 milímetros de ancho, en el centro y a relieve aparece la efigie de Romárico Cordero, en la parte inferior y en forma de semicírculo, tiene la inscripción “ROMÁRICO CORDERO” ; y b) la cinta de donde pende la insignia con franjas de colores rojo, blanco y verde claro, subdivididas de derecha a izquierda la forma siguiente: una franja roja de 4 milímetros, una blanca de 4 milímetros, una verde claro de 9 milímetros, una blanca de 4 milímetros y una roja de 4 milímetros, de ancho cada una. 17. Medalla “DE LA AMISTAD”. a) En su centro y a relieve tiene una estrella de cinco puntas diedras y la inscripción “AMISTAD”, rodeando a la estrella y al texto, también a relieve, tiene una doble orla en forma circular y entrelazada a modo de eslabones; y b) la cinta de donde pende la insignia con franjas de colores rojo, gris claro y azul turquí, subdivididas de derecha a izquierda en la forma siguiente: una franja roja de 5 milímetros, una gris claro de 15 milímetros y una azul turquí de 5 milímetros, de ancho cada una. 18. Medalla “HAYDEE SANTAMARÍA”. a) Su anverso está construido en forma de bandeja, al centro y a relieve tiene la efigie de Haydée Santa María en la parte inferior y en forma de semicírculo aparece grabada a relieve la inscripción “HAYDEE SANTAMARÍA”; en su reverso tiene un bisel de un milímetro de ancho. b) la cinta de la cual pende la insignia con franjas de colores rojo, negro y azul celeste, subdivididas de derecha a izquierda en la forma siguiente, una franja roja de 10 milímetros, una azul celeste de 5 milímetros y una negra de 10 milímetros, de ancho.
. Medalla “ELISEO REYES”. a) En su anverso tiene un bisel convexo de 1.5 milímetros, en el centro y a relieve tiene la efigie del Capitán Eliseo Reyes, en la parte superior y en forma de semicírculo, tiene la inscripción “ELISEO REYES” ; b) en la medalla de primera clase, la cinta de la cual pende la insignia de tiene franjas de colores rojo y blanco, subdivididas de derecha a izquierda la forma siguiente: una franja roja de 5 milímetros, una blanca de 15 milímetros, y una roja de 5 milímetros, de ancho cada una; y c) en la medalla de segunda clase, la cinta de la cual pende la medalla tiene de derecha a izquierda: una franja roja, una blanca, una roja, una blanca y una roja todas de 5 milímetros, de ancho cada una. 20. Medalla “OLO PANTOJA”. a) Su adverso está construido en forma de bandeja y presenta a relieve la efigie de Orlando Pantoja, en la parte superior, en forma de semicírculo la inscripción “OLO PANTOJA” ; b) en la medalla de primera clase, la cinta de la cual pende la insignia, con franjas de colores verde, blanco y azul, subdivididas de derecha a izquierda de la forma siguiente, azul prusia de 13 milímetros, una blanca de 6 milímetros y una verde chartrés de 6 milímetros de ancho una; c) en la medalla de segunda clase, la cinta de dónde pende la insignia con franjas de colores, verde, blanco y azul subdivididas de derecha a izquierda de la forma siguiente, una franja blanca de 3 milímetros, una azul prusia de 10 milímetros, una blanca de 6 milímetros y una verde chartrés de 6 milímetros, de ancho cada una; d) la medalla de tercera clase, la cinta de donde pende la insignia con franjas de colores, verde, blanco y azul subdivididas de derecha a izquierda de la forma siguiente, una blanca de 3 milímetros, una azul prusia de 3 milímetros, una blanca de 3 milímetros, una azul prusia de 4 milímetros, una blanca de 6 milímetros y una verde chartrés de 6 milímetros, de ancho cada una. 21. Medalla “ANTONIO BRIONES MONTOTO”. a) Su anverso está construido en forma de bandeja y a relieve tiene la efigie de Antonio Briones Montoto y en la parte superior en forma de semicírculo, la inscripción “ANTONIO BRIONES MONTOTO” ; b) en la medalla de primera clase, la cinta de la cual pende la insignia, con franjas de colores verde y blanco subdivididas de derecha a izquierda de la forma siguiente, una franja verde chartrés de 8 milímetros, una blanca de 9 milímetros y una verde chartrés de 8 milímetros de ancho una; c) en la medalla de segunda clase, la cinta de la cual pende la insignia, con franjas de colores verde y blanco subdivididas de derecha a izquierda de la forma siguiente, una franja verde chartrés de 6 milímetros, una blanca de 5 milímetros, una verde chartrés de 3 milímetros, una blanca de 5 milímetros y una verde chartrés de 6 milímetros, de ancho cada una; y d) la medalla de tercera clase, la cinta de donde pende la insignia con franjas de colores, verde y blanco subdivididas de derecha a izquierda de la forma siguiente, una franja blanca de 3 milímetros, una verde chartrés de 3 milímetros, una blanca de 3 milímetros, una verde chartrés de 4 milímetros, una blanca de 6 milímetros y una verde chartrés de 6 milímetros, de ancho cada una.
. Medalla “POR LA SEGURIDAD DEL ORDEN INTERIOR”. a) En su anverso tiene un bisel convexo de 1,5 milímetros de ancho, en el centro y a relieve aparece una estrella de cinco puntas inscripta en un pentágono, cuyas puntas tocan el borde del bisel; en el interior de cada punta de la estrella tiene un ramo de laurel; en el centro de la estrella, en cuatro renglones aparece la inscripción “POR LA SEGURIDAD DEL ORDEN INTERIOR” ; b) en la medalla de primera clase, la cinta de donde pende la insignia de primera clase con franjas de colores verde olivo, blanca y beige, subdivididas de derecha a izquierda en la forma siguiente: una franja verde olivo de 8 milímetros, una blanca de 3 milímetros, una beige de 3 milímetros, una blanca de 3 milímetros y una verde olivo de 8 milímetros, de ancho cada una; c) en la medalla de segunda clase, la cinta de la cual pende la insignia tiene de derecha a izquierda una franja verde olivo de 15 milímetros, una blanca de 5 milímetros y una beige de 5 milímetros, de ancho cada una; y d) en la medalla de tercera clase, la cinta de la cual pende la insignia tiene de derecha a izquierda una franja beige de 5 milímetros de ancho, una verde olivo de 10 milímetros, una blanca de 5 milímetros y una beige de 5 milímetros, de ancho cada una. 23. Medalla “POR LA VALENTÍA DURANTE EL SERVICIO”. a) En el centro y a relieve aparece un casco de bombero y dos hachas de incendio cruzadas debajo de este; en la parte superior y en forma de semicírculo la inscripción “POR LA VALENTÍA DURANTE EL SERVICIO”, en la parte inferior y también en forma de semicírculo aparecen un ramo de encina y otro de laurel de 3 milímetros, de ancho cada uno y una estrella de cinco puntas diedras inscripta en una circunferencia imaginaria de 2 milímetros de diámetro; b) en la medalla de primera clase, la cinta de donde pende la insignia posee franjas de colores rojo, blanco y azul turquí, subdivididas de derecha a izquierda en la forma siguiente: una franja roja, una blanca, una azul turquí, una blanca y una roja de 5 milímetros, de ancho cada una; c) en la medalla de segunda clase, la cinta de la cual pende la insignia tiene una franja roja de 5 milímetros, una blanca de 5 milímetros, una azul turquí de 5 milímetros y una roja de 10 milímetros, de ancho cada una; y d) en la medalla de tercera clase, la cinta de la cual pende la insignia tiene de derecha a izquierda una franja blanca de 5 milímetros de ancho, una roja de 10 milímetros, una azul turquí de 5 milímetros y una blanca de 5 milímetros, de ancho cada una. 24. Medalla “POR LA PROTECCIÓN DE LAS FRONTERAS”. a) En su anverso tiene un bisel convexo de 1,5 milímetros de ancho y a relieve aparece la figura de un guardafronteras con fusil AKM, frente a él se destacan matas de tunas y a su lado un perro y detrás el mar y el horizonte; en la parte superior y en forma de semicírculo la inscripción “POR LA PROTECCIÓN DE LAS FRONTE- RAS” ; b) en la medalla de primera clase, la cinta de donde pende la insignia posee franjas de colores verde claro y rojo, subdivididas de derecha a izquierda en la forma siguiente: una franja verde claro de 11 milímetros, una roja de 3 milímetros y una verde claro de 11 milímetros, de ancho cada una;
c) en la de segunda clase la cinta de la cual pende la insignia tiene de derecha a izquierda una franja roja de 5 milímetros, una verde claro de 5 milímetros, una roja de 5 milímetros y una verde claro de 10 milímetros, de ancho cada una; y d) la medalla de tercera clase, la cinta de donde pende la insignia con franjas de colores verde claro y rojo subdivididas de derecha a izquierda de la forma siguiente, una franja roja de 4 milímetros, una verde claro de 5 milímetros, una roja de 4 milímetros, una verde claro de 4 milímetros, una roja de 4 milímetros y una verde claro de 4 milímetros, de ancho cada una. 25. Medalla “JOSÉ TEY”. a) Su anverso está construido en forma de bandeja y a relieve tiene la efigie de José Tey, al lado derecho y en forma de semicírculo tiene la inscripción “JOSÉ TEY” ; y b) la cinta de donde pende la insignia con franjas de colores rojo y blanco, subdivididas de derecha a izquierda de la forma siguiente: una franja roja, una blanca, una roja, una blanca y una roja de 5 milímetros, de ancho cada una. 26. Medalla “70 ANIVERSARIO DE LAS FAR”. a) Su anverso está construido de forma cóncava, y a relieve aparece, en la parte central, el número “70” del que emerge victoriosa la efigie del Yate Granma y en forma de semicírculo la inscripción “años de victorias”; en la parte superior y en forma de semicírculo la inscripción “1956-2026”; en la parte inferior una estrella solitaria y en su centro la inscripción “FAR”; en los laterales, también en forma de semicírculo y a la izquierda, un ramo de laurel y a la derecha un ramo de encina; y b) la cinta de donde pende la medalla con franjas de colores verde olivo, roja, negro y verde olivo claro, subdivididas de derecha a izquierda de la forma siguiente: una franja verde olivo de 7 milímetros, una roja de 6 milímetros, una negra de 5 milímetros y una verde olivo de 7 milímetros.
Artículo 7. Las Distinciones que integran el Sistema de Títulos Honoríficos y Condecoraciones se representan por una insignia que poseen las siguientes características generales: a) Se confeccionan en metal, como regla con baño de oro; b) son de forma circular y miden 30 milímetros de diámetro y 3 milímetros de espesor; c) en su anverso tienen un bisel convexo de 1,5 milímetros de ancho; d) en su reverso tiene un bisel plano de 1 milímetro de ancho; e) la distinción pende mediante una argolla de una cinta de moaré de forma pentagonal de 25 milímetros en cada lado, con franjas de colores correspondientes a cada una; f) el pasador que la representa es de forma rectangular convexa y mide 25 milímetros de largo por 15 de alto y está cubierto por una cinta de moaré con las mismas franjas de colores y medidas que las del pentágono de donde pende la insignia; y g) la cinta y el pasador tienen en su reverso un alfiler de seguridad.
Artículo 8. Las características específicas de las insignias que representan las distinciones son: 1. Distinción “ENRIQUE HART”. a) En su anverso, en el centro y a relieve, aparece la efigie de Enrique Hart Dávalos, en la parte inferior, en forma de semicírculo la inscripción “ENRIQUE HART” ; b) en su reverso, en el centro y a relieve el logotipo del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Administración Pública; y c) la cinta de la cual pende la insignia con franjas de colores negro, blanco y rojo, subdivididas de derecha a izquierda en la forma siguiente: una franja negra de 15 milímetros, una blanca de 5 milímetros y una roja de 5 milímetros, de ancho cadauna.
. Distinción ¨MARCOS MARTͨ. a) Su anverso está construido en forma de bandeja y tiene en la parte lateral derecha la efigie de Marcos Martí, en la parte lateral izquierda y en forma de semicírculo la inscripción “MARCOS MARTÍ” ; en su reverso, en el centro y a relieve tiene el logotipo del Sindicato Nacional de Trabajadores Agropecuarios; y b) la cinta de la cual pende la insignia con franjas de colores carmelita siena, verde jade y dorado, subdivididas de derecha a izquierda la forma siguiente: una franja carmelita siena de 8 milímetros, una verde jade de 9 milímetros y una dorada de 8 milímetros, de ancho cada una. 3. Distinción “EMILIO BÁRCENAS”. a) En su anverso en el centro y a relieve aparece la efigie de Emilio Bárcenas, en la parte superior y en forma de semicírculo la inscripción “EMILIO BÁRCENAS” ; b) en su reverso en el centro y a relieve, tiene el logotipo del Sindicato Nacional de Trabajadores Civiles de la Defensa; y c) la cinta de la cual pende la insignia con franjas de colores negro, rojo, verde olivo y azul celeste, subdividida de derecha a izquierda en la forma siguiente: una franjanegra de 2 milímetros, una roja de 2 milímetros, una negra de 2 milímetros, unaverde olivo de 4 milímetros, una azul celeste de 5 milímetros, una verde olivo de 4 milímetros, una negra de 2 milímetros, una roja de 2 milímetros y una negra de 2 milímetros, de ancho cada una. 4. Distinción “FERNANDO CHENARD”. a) En su anverso, en el centro y a relieve, aparece la efigie de Fernando Chenard, en la parte inferior en forma de semicírculo tiene la inscripción “FERNANDO CHE- NARD” ; b) en su reverso, en el centro y a relieve tiene el logotipo del Sindicato Nacional de Trabajadores del Comercio, la Gastronomía y los Servicios; y c) la cinta de la cual pende la insignia, con franjas de colores negro, blanco y rojo, subdivididas de derecha a izquierda de la forma siguiente: una franja negra de 5 milímetros, una blanca de 15 milímetros y una roja de 5 milímetros, de ancho cadauna.5. Distinción “MARIO MUÑOZ”. a) En su anverso, en el centro y a relieve, aparece la efigie de Mario Muñoz; rodeando a esta dos círculos concéntricos representando ondas electromagnéticas que miden 0.5 milímetros en su límite menor y 1 milímetro en su límite mayor; en la parte lateral izquierda y en forma de semicírculo, la inscripción “MARIO MUÑOZ” ; b) en su reverso, en el centro y a relieve, tiene el logotipo del Sindicato Nacional de Trabajadores de las Comunicaciones, Informática y la Electrónica; yc) la cinta de la cual pende la insignia, con franjas de colores azul celeste y blanco, subdivididas de derecha a izquierda en la forma siguiente: una franja azul celeste de 15 milímetros, una blanca de 5 milímetros y una azul celeste de 5 milímetros, de ancho cada una. 6. Distinción “ARMANDO MESTRE”. a) En su anverso, en el centro y a relieve, aparece la efigie de Armando Mestre, en la parte inferior y en forma de semicírculo la inscripción “ARMANDO MESTRE” ; b) en su reverso, en el centro y a relieve tiene el logotipo del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Construcción; y
c) la cinta de la cual pende la insignia, con franjas de colores verde claro, blanco y rojo, subdivididas de derecha a izquierda en la forma siguiente: una franja verde claro de 10 milímetros, una blanca de 5 milímetros, y una roja de 10 milímetros, de ancho cada una. 7. Distinción “RAÚL GÓMEZ GARCÍA”. a) En su anverso, en la parte lateral derecha y a relieve, aparece la efigie de Raúl Gómez García, en la parte lateral izquierda también a relieve, la inscripción “RAUL GOMEZ GARCIA”; b) en su reverso en el centro y a relieve, tiene el logotipo del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Cultura; y c) la cinta de la cual pende la insignia, con franjas de colores negro, rojo y blanco, subdividas de izquierda a derecha en la forma siguiente: una franja negra, una roja, una blanca, una roja y una negra de 5 milímetros, de ancho cada una. 8. Distinción “RAFAEL MARÍA DE MENDIVE”. a) en su anverso, en la parte lateral derecha y a relieve, tiene la efigie de Rafael María de Mendive, en la parte lateral izquierda y en forma de semicírculo, un ramo de laurel de 3 milímetros de ancho, en la parte inferior y también en forma de semicírculo, la inscripción “RAFAEL MARÍA DE MENDIVE” ; b) en su reverso, en el centro y a relieve tiene el logotipo del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación, la Ciencia y el Deporte; y c) la cinta de la cual pende la insignia con franjas de color rojo y azul turquí, subdivididas de derecha a izquierda en la forma siguiente: una franja roja de 8 milímetros, una azul turquí de 9 milímetros y una roja de 8 milímetros, de ancho cada una. 9. Distinción “ÁLVARO BARBA MACHADO”. a) En su anverso, al centro y a relieve, aparece la efigie de Álvaro Barba Machado, en la parte superior y en forma de semicírculo, la inscripción “ALVARO BARBA MACHADO” ; b) en su reverso, en el centro y a relieve, el logotipo del Sindicato Nacional de Trabajadores Forestales; y c) la cinta de la cual pende la insignia con franjas de colores verde claro y carmelita claro, subdivididas de derecha a izquierda en la forma siguiente: una franja verde claro de 10 milímetros, una carmelita claro de 5 milímetros y una franja verde claro de 10 milímetros, de ancho cada una. 10. Distinción “PEDRO MARRERO”. a) En su anverso, en el centro y a relieve, aparece le efigie de Pedro Marrero, teniendo como fondo, también a relieve, el edificio del Cuartel Moncada dentro de una circunferencia de 18 milímetros de diámetro que forma un anillo de 1 milímetro de ancho; en la parte inferior y en forma de semicírculo, la inscripción “PEDRO MA- RRERO”; b) en su reverso, en el centro y a relieve, tiene el logotipo del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Industria Alimentaria y la Pesca; y c) la cinta de la cual pende la insignia con franjas de colores rojo, blanco y negro, subdivididas de derecha a izquierda en la forma siguiente: una franja roja, una blanca, una negra, una blanca y una roja 5 milímetros, de ancho cada una. 11. Distinción “JESÚS SUAREZ GAYOL”. a). En su anverso, al centro y a relieve, aparece la efigie de Jesús Suárez Gayol, en la parte inferior y en forma de semicírculo, la inscripción “JESÚS SUAREZ GAYOL” ;
b) en su reverso, en el centro y a relieve, tiene el logotipo del Sindicato Nacional de Trabajadores Azucareros; y c) la cinta de la cual pende la insignia con franjas de colores verde claro y rojo, subdivididas de derecha a izquierda en la forma siguiente: una franja verde claro de 3 milímetros, una roja de 2 milímetros, una verde claro de 3 milímetros, una roja de 2 milímetros, una verde claro de 3 milímetros, una roja de 4 milímetros, una verde claro de 3 milímetros y una roja de 5 milímetros, de ancho cada una. 12. Distinción “JOSÉ RAMÓN MARTÍNEZ”. a) En su anverso, en el centro y a relieve, aparece la efigie de José Ramón Martínez, en la parte superior y también a relieve, tiene tres puntas de una estrella y un semicírculo en la parte inferior que parte de los extremos derecho e izquierdo de dichas puntas; en la parte inferior y en forma de semicírculo, la inscripción “JOSÉ RA- MÓN MARTÍNEZ” ; b) en su reverso, al centro y a relieve, el logotipo del Sindicato Nacional de Trabajadores de Industrias, en la parte superior y en forma de semicírculo la inscripción “SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE INDUSTRIAS”, en la parte inferior y también en forma de semicírculo, la inscripción “CUBA” ; y c) la cinta cual pende la insignia con franjas de colores azul celeste y rojo, subdivididas de derecha a izquierda en la forma siguiente: una franja azul celeste de 8 milímetros, una roja de 9 milímetros, una azul celeste de 8 milímetros, de ancho cada una. 13. Distinción “ARACELIO IGLESIAS”. a) En su anverso, en el centro y a relieve, aparece la efigie de Aracelio Iglesias, en la parte inferior y en forma de semicírculo, la inscripción “ARACELIO IGLESIAS” ; b) en su reverso, en el centro y a relieve, tiene el logotipo del Sindicato Nacional de Trabajadores Industria Alimentaria y la Pesca, y para los afiliados del Sindicato Nacional de Transporte y Puertos, llevará el logotipo de dicho sindicato; y c) la cinta de la cual pende la insignia con franjas de colores azul celeste, negro y blanco, subdivididas de derecha a izquierda en la forma siguiente: una franja azul celeste de 8 milímetros, una negra de 2 milímetros, una blanca de 5 milímetros, una azul celeste de 8 milímetros, y una negra de 2 milímetros, de ancho cada una. 14. Distinción “RENÉ RAMOS LATOUR”. a) En su anverso, en el centro y a relieve, aparece la efigie de René Ramos Latour en una circunferencia interior de 18 milímetros de diámetro, formando un anillo de 1 milímetro de ancho, en la parte inferior y en forma de semicírculo la inscripción “RENÉ RAMOS LATOUR” ; b) en su reverso, en el centro y a relieve, tiene el logotipo del Sindicato Nacional de Trabajadores de Energía y Minas; y c) la cinta de la cual pende la insignia, con franjas de colores rojo, blanco y negro, subdivididas de derecha a izquierda de la forma siguiente: una franja roja de 15 milímetros, una blanca y una negra de 5 milímetros, de ancho cada una. 15. Distinción “ÑICO LÓPEZ”. a) En su anverso, en el centro y a relieve, aparece la efigie de Ñico López dentro de una estrella pentagonal inscripta en una circunferencia de 22 milímetros de diámetro, formando un anillo de 1 milímetro de ancho, en la parte superior y en forma de semicírculo, la inscripción “ÑICO LÓPEZ” ; a) en su reverso, en el centro y a relieve, tiene el logotipo del Sindicato Nacional de Trabajadores de Energía y Minas, y para los afiliados del Sindicato Nacional de Industrias, llevará el logotipo de dicho sindicato; y
b) la cinta cual pende la insignia, con franjas de colores rojo, azul turquí y verde claro, subdivididas de derecha a izquierda en la forma siguiente: una franja roja de 8 milímetros, una azul turquí de 9 milímetros y una verde claro de 8 milímetros, de ancho cada una. 16. Distinción “MANUEL FAJARDO”. a) En su anverso, en el centro y a relieve, aparece la efigie del Comandante Manuel Fajardo, en la parte inferior y en forma de semicírculo, tiene la inscripción “MA- NUEL FAJARDO” ; b) en su reverso, en el centro y a relieve, tiene el logotipo del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Salud; y c) la cinta de la cual pende la insignia, con franjas de colores dorado, blanco y verde claro, subdivididas de derecha izquierda forma siguiente: una franja dorada de 10 milímetros, una blanca de 5 milímetros una verde claro de 10 milímetros ancho cada una. 17. Distinción “CARLOS BALIÑO”. a) En su anverso, en el centro y a relieve, aparece la efigie de Carlos Baliño en una circunferencia inferior de 18 milímetros de diámetro, formando un anillo de 1 milímetro de ancho; en la parte inferior y en forma de semicírculo, la inscripción “CARLOS BALIÑO” ; b) en su reverso, en el centro y a relieve, tiene el logotipo del Sindicato Nacional de Trabajadores Agropecuarios, Forestales y Tabacaleros; y c) la cinta de la cual pende la insignia, con franjas de colores carmelita oscuro y blanco, subdivididas de derecha a izquierda en la forma siguiente: una franja carmelita oscuro de 10 milímetros, una blanca de 5 milímetros y una carmelita oscuro de 10 milímetros, de ancho cada una. 18. Distinción “JOSÉ MARÍA PÉREZ”. a) En su anverso, en el centro y a relieve, aparece la efigie de José María Pérez en una circunferencia interior de 18 milímetros de diámetro; formando un anillo de 1 milímetro de ancho, en la parte superior y en forma de semicírculo la inscripción “JOSÉ MARÍA PÉREZ” ; b) en su reverso, en el centro y a relieve, tiene el logotipo del Sindicato Nacional de Trabajadores del Transporte y Puertos; y c) la cinta de la cual pende la insignia, con franjas de colores rojo y azul celeste, subdivididas de derecha a izquierda en la forma siguiente: una franja roja de 7 milímetros, una azul celeste de 4 milímetros, una roja de 3 milímetros, una azul celeste de 4 milímetros y una roja de 7 milímetros de ancho cada una. 19. Distinción “JUAN TOMAS ROIG MESA”. a) En su anverso, en el centro y a relieve, aparece la efigie de Juan Tomas Roig Mesa, dentro de una circunferencia interior de 18 milímetros de diámetro formando un anillo de 1 milímetro de ancho, en la parte inferior y en forma de semicírculo, la inscripción “JUAN TOMAS ROIG MESA” ; b) en su reverso en el centro y a relieve, tiene el logotipo del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación, la Ciencia y el Deporte, para los afiliados a este sector vinculados con las ciencias y para los trabajadores del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Salud, llevará el logotipo de dicho sector; y c) la cinta de dónde pende la insignia tiene franjas de colores blanco, verde olivo y azul turquí, divididos de derecha a izquierda en la forma siguiente, una franja blanca de 3 milímetros, una verde olivo de 19 milímetros y una azul turquí de 3 milímetros.
. Distinción “ELPIDIO SOSA GONZÁLEZ”. a) En su anverso, en el centro y a relieve, aparece la efigie de Elpidio Sosa González, en la parte inferior y en forma de semicírculo, la inscripción “ELPIDIO SOSA GONZÁLEZ” ; b) en su reverso, en el centro y a relieve, tiene el logotipo del Sindicato Nacional de Trabajadores de Hotelería y Turismo; y c) la cinta de donde pende la insignia con franjas de colores azul celeste y rojo, subdivididos de derecha a izquierda en la forma siguiente: una franja azul celeste de 13 milímetros y una roja de 12 milímetros de ancho cada una. 21. Distinción “FLORENTINO ALEJO”. a) En su anverso, en el centro y a relieve, aparece la efigie de Florentino Alejo en una circunferencia interior de 18 milímetros de diámetro, formando un anillo de 1 milímetro de ancho; en la parte inferior y en forma de semicírculo, la inscripción “FLORENTINO ALEJO” ; b) en su reverso, en el centro y a relieve, tiene el logotipo del Sindicato Nacional de Trabajadores de Industrias; y c) la cinta de la cual pende la insignia con franjas de colores rojo, blanco y negro, subdivididas de derecha a izquierda en la forma siguiente: una franja roja de 15 milímetros, una franja blanca y una franja negra de 5 milímetros, de ancho cada una. 22. Distinción “SERVICIO DISTINGUIDO”. a) Se confecciona en metal con baño de bronce; b) su anverso está construido en forma de bandeja; en la parte superior y a relieve, tiene las efigies de un soldado de infantería, un piloto de la Fuerza Aérea y un marinero de la Marina de Guerra Revolucionaria, en la parte inferior y a relieve, tiene las figuras de un tanque T-55, un avión de combate y una lancha torpedera, representativos de nuestras Fuerzas Armadas Revolucionarias; c) en su reverso en la parte superior en forma de semicírculo, la inscripción ¨REPÚ- BLICA DE CUBA¨, en el centro y a relieve, tiene una estrella inscripta en una circunferencia imaginaria de 8 milímetros de diámetro y la inscripción “SERVICIO DISTINGUIDO”, en la parte inferior también en forma de semicírculo la inscripción “FUERZAS ARMADAS REVOLUCIONARIAS”; y d) la cinta de la cual pende la insignia con franjas de colores verde olivo, rojo, blanco y azul celeste, subdivididas de derecha a izquierda en la forma siguiente: una franja verde olivo de 6 milímetros, una roja de 4 milímetros, una blanca de 5 milímetros, una roja de 4 milímetros y una azul celeste de 6 milímetros, de ancho cada una. 23. Distinción “DESTACADO EN LA PREPARACIÓN PARA LA DEFENSA”. Se confecciona en metal con baño de plata; En su anverso, en el centro y a relieve aparece en profundidad un Complejo Agroindustrial en plena producción y una palma real, al frente y separado a una distancia proporcional se encuentra un tractor roturando la tierra conducido por un campesino; entre el tractor y el Complejo Agroindustrial existe un campo roturado, en la parte lateral derecha y apoyado en un tronco de un árbol talado un fusil automático AKM, listo para repeler cualquier agresión del enemigo; a) en su reverso, en el centro y a relieve la inscripción “DESTACADO EN LA PRE- PARACIÓN PARA LA DEFENSA”; b) la cinta de dónde pende la insignia con franjas de colores blanco, azul celeste y verde olivo, subdivididas de derecha a izquierda en la forma siguiente, una franja blanca de
milímetros, una azul celeste de 7 milímetros, una blanca de 5 milímetros una verde olivo de 7 milímetros, y una blanca de 3 milímetros, de ancho cada una. 24. Distinción “POR LA CULTURA NACIONAL”. a) En su anverso, en el centro y a relieve, lleva la inscripción, “POR LA CULTURA NACIONAL”, en la parte lateral derecha y en forma de semicírculo, tiene un ramo de laurel, en la parte superior y al centro, una estrella pentagonal inscripta en una circunferencia imaginaria de 10 milímetros de diámetro; b) en su reverso, en la parte lateral derecha y en forma de semicírculo, tiene un ramo de laurel, en la parte superior y al centro una estrella pentagonal inscripta en una circunferencia imaginaria de 10 milímetros de diámetro, en la parte superior y en forma de semicírculo, la inscripción “REPÚBLICA DE CUBA”, en la parte inferior y también en forma de semicírculo, la inscripción “MINISTERIO DE CULTURA”; y c) la cinta de la cual pende la insignia con franjas de colores azul turquí y blanco, subdivididas de derecha a izquierda la forma siguiente: una franja azul turquí de 10 milímetros, una blanca de 5 milímetros, una azul turquí de 5 milímetros y una blanca de 5 milímetros, de ancho cada una. 25. Distinción “POR EL SERVICIO EN EL MINISTERIO DEL INTERIOR”. a) De acuerdo con el tiempo de servicio se confecciona con los baños de metal siguientes: veinte años y más, con baño de oro; quince años con baño de plata y diez años con baño de bronce; b) en su anverso, en el centro y a relieve tiene una estrella de cinco puntas diedras, inscripta en una circunferencia imaginaria de 18 milímetros de diámetro; en la parte inferior de la estrella, al centro y a relieve tiene inscrito los años de servicio en números romanos; c) en su reverso en el centro y a relieve la inscripción “POR EL SERVICIO EN EL MINISTERIO DEL INTERIOR”; y d) la cinta de la cual pende la insignia con franjas de colores azul turquí, gris, verde y blanco, subdivididas de derecha a izquierda en la forma siguiente: i) 10 años: una franja azul turquí de 4 milímetros, una blanca de 2 milímetros, una azul turquí de 4 milímetros, una blanca de 5 milímetros, una azul turquí de 4, una blanca de 2 milímetros y una azul turquí de 4 milímetros de ancho; ii) 15 años: una franja azul turquí, una blanca, una azul turquí, una blanca, y una azul turquí de 5 milímetros ancho cada una; iii) 20 años: una azul turquí de 10 milímetros, una blanca de 5 milímetros y una azul turquí de 10 milímetros de ancho; iv) 25 años: una franja azul turquí de 3 milímetros, una blanca de 3 milímetros, una azul turquí de 4 milímetros, una verde chartres de 5 milímetros, una azul turquí de 4 milímetros, una blanca de 3 milímetros y una franja azul turquí de 3 milímetros; v) 30 años: una franja azul turquí de 3 milímetros, una verde chartres de 3 milímetros, una azul turquí de 4 milímetros, una blanca de 5 milímetros, una azul turquí de 4 milímetros, una verde chartres de 3 milímetros y una azul turquí de 3 milímetros; vi) 35 años: una franja gris claro de 4 milímetros, una verde chartres de 5 milímetros, una blanca de 7 milímetros, una verde chartres de 5 milímetros, una azul turquí de 4 milímetros; vii) 40 años: una franja gris claro de 7 milímetros, una blanca de 3 milímetros, una verde chartres de 5 milímetros
. Distinción “POR EL SERVICIO DISTINGUIDO EN EL MINISTERIO DEL IN- TERIOR”. a) Se confecciona en metal con baño de bronce; su anverso, en el centro y a relieve tiene una estrella de puntas diedras inscripta en una circunferencia imaginaria de 18 milímetros de diámetro; sobre la estrella formando un semicírculo la inscripción “POR EL SERVICIO” y en la parte inferior la inscripción “DISTINGUIDO”; b) en el reverso a relieve forma de semicírculo la inscripción “REPÚBLICA DE CUBA” en la parte superior y en la parte inferior la inscripción “MINISTERIO DEL INTERIOR”; y c) la cinta de la cual pende la insignia con franjas de colores blanco, azul y rojo subdividida de derecha a izquierda de la forma siguiente, una franja azul de 7 milímetros, una blanca de 3 milímetros, una roja de 5 milímetros, una blanca de 3 milímetros y una azul de 7 milímetros, de ancho cada una. 27. Distinción “23 DE AGOSTO”. a) En su anverso tiene representada en forma simbólica el trabajo, el estudio y la defensa, así como a la mujer en forma de mariposa, nuestra Flor Nacional, todo a relieve y en la parte superior también a relieve la inscripción en forma circular “23 DE AGOSTO”; b) en su reverso, en el centro y a relieve el logotipo que identifica a la Organización, alrededor del logotipo tiene la inscripción “FEDERACIÓN DE MUJERES CUBA- NAS”; entre el nombre y las siglas tiene 2 florecitas de 5 pétalos para separarlas; y c) la cinta de la cual pende la insignia con franjas de colores rojo, blanco y azul celeste, subdividida de derecha a izquierda de la forma siguiente: una franja roja de 7 milímetros, una blanca de 2 milímetros, una azul celeste de 7 milímetros, una blanca de 2 milímetros y una roja de 7 milímetros, de ancho cada una. 28. Distinción “POR EL SERVICIO EN LAS FUERZAS ARMADAS REVOLU- CIONARIAS”. a) De acuerdo con el tiempo de servicio se confecciona con los baños de metal siguientes: veinte años y más, con baño de oro; quince años con baño de plata y diez años con baño de bronce; b) su anverso está construido en forma de bandeja y a relieve, tiene las imágenes de unsoldado de infantería, un piloto y un marinero, superpuestos unos a los otros, en representación de la unión y fortaleza de nuestras Fuerzas Armadas Revolucionarias; c) en su reverso, en la parte superior y a relieve, tiene una estrella inscripta en una circunferencia imaginaria de 8 milímetros de diámetro, en la parte central aparece la inscripción “POR EL SERVICIO EN LAS FAR”, en la parte superior y en forma de semicírculo, la inscripción “REPÚBLICA DE CUBA”, en la parte inferior y también en forma de semicírculo, la inscripción “FUERZAS ARMADAS REVO- LUCIONARIAS”; d) la cinta de la cual pende la insignia con franjas de colores verde olivo, blanco y azul celeste, subdivididas de derecha a izquierda en la forma siguiente: una franja verde olivo de 9 milímetros, una blanca de 7 milímetros, y una azul celeste de 9 milímetros, de ancho cada una; y e) en la parte central y sobre la cinta que los envuelve, los pasadores tienen en números romanos representados los años de servicio; de 10 milímetros de largo por 8 de alto, confeccionado en el mismo metal y baño que la insignia que representa, excepto en el caso de la insignia de los diez años que es de 5 milímetros de largo.
. Distinción “MÁRTIRES DE BARBADOS”. a) Su anverso está construido en forma de bandeja y a relieve, tiene una llama situada en el centro del tercio superior orlada por dos ramos de laurel de 3 milímetros de ancho, hacia la base de la llama y también a relieve, convergen las tres armas utilizadas en la esgrima y dos sendas que salen de los bordes laterales de la insignia, que se estrechan en la medida que se acercan a la llama, el fondo de la insignia es granulado, en la parte superior y en forma de semicírculo parece la inscripción “MÁRTIRES DE BARBADOS”; b) en su reverso, en el centro y a relieve, el logotipo del Instituto Nacional Deportes, Educación Física y Recreación, en la parte superior y en forma de semicírculo la inscripción “REPÚBLICA DE CUBA”; y c) la cinta de donde pende la insignia con franjas de colores azul celeste, blanco, dorado, negro, verde claro y rojo, subdivididas de derecha a izquierda en la forma siguiente: una franja azul celeste de 4 milímetros, una blanca de 1 milímetro, una dorada de 4 milímetros, una blanca de 1 milímetro, una negra de 5 milímetros, una blanca de 1 milímetro, una verde claro de 4 milímetros una blanca de 1 milímetro,y una roja de 4 milímetros, de ancho cada una. 30. Distinción “28 DE SEPTIEMBRE”. a) En su anverso y a relieve, tiene un octágono inscripto en una circunferencia de 30 milímetros de diámetro, en la parte central tiene una circunferencia interior de 18 milímetros de diámetro, en cuyo círculo está inscripto a relieve el logotipo de los Comités de Defensa de la Revolución, en la parte inferior y en forma de semicírculo, tiene la inscripción “28 DE SEPTIEMBRE”; b) su reverso es plano con borde en forma octagonal; y c) la cinta de dónde pende la insignia con franjas de colores azul celeste y dorado, subdivididos de derecha a izquierda en la forma siguiente, una franja azul celeste de 5 milímetros, una dorada de 2 milímetros, una azul celeste de 11 milímetros, una dorada de 2 milímetros y una azul celeste de 5 milímetros, de ancho cada una. 31. Distinción “FÉLIX ELMUZA”. a) Su anverso está construido en forma de bandeja, en el centro y a relieve, aparece la efigie de Félix Elmuza en la parte lateral derecha y también a relieve, la inscripción “FÉLIX ELMUZA”; b) en su reverso, en el centro y a relieve, el logotipo de la Unión de Periodistas de Cuba, en la parte inferior y en forma de semicírculo, la inscripción “UNIÓN DE PERIODISTAS DE CUBA”; y c) La cinta de la cual pende la insignia con franjas de colores carmelita oscuro, rojo, azul turquí, subdivididas de derecha a izquierda en la forma siguiente, una franja carmelita oscuro de 2 milímetros, una roja de 7 milímetros, una carmelita oscuro de 7 milímetros, una azul turquí de 7 milímetros y una carmelita oscuro de 2 milímetros, de ancho cada una. 32. Distinción “POR LA EDUCACIÓN CUBANA”.i. Se confecciona en metal con baño de plata;ii. su anverso; en el centro y a relieve tiene un libro abierto; en la parte superior en forma de semicírculo tiene la inscripción “POR LA EDUCACIÓN CUBANA”, en la parte inferior comienza un ramo de olivo que rodea por la parte izquierda haciaarriba, el libro, terminando en la parte superior quedando la punta sobre la hoja derecha;
iii. en su reverso, en el centro y a relieve tiene una antorcha encendida inscripta en una circunferencia, en la parte superior y en forma de semicírculo tiene la inscripción “República de Cuba” y en la inferior, también en semicírculo “Educación”; yiv. la cinta de la cual pende la insignia con franjas de colores azul turquí y blanco, subdividida de derecha izquierda de la forma siguiente: una franja azul turquí, una blanca, una azul turquí, una blanca, una azul turquí de 5 milímetros, de ancho cada uno. 33. Distinción “ANTERO REGALADO”. a) En su anverso, en el centro y a relieve, aparece la efigie de Antero Regalado, en la parte inferior y en forma de semicírculo, la inscripción “ANTERO REGALADO”; b) en su reverso, en el centro y a relieve, tiene el logotipo de la Asociación Nacional de Agricultores Pequeños; y c) la cinta de la cual pende la insignia, con franjas de colores dorado, blanco y azul celeste, subdivididas de derecha a izquierda en la forma siguiente: una franja dorada de 4 milímetros, una blanca de 4 milímetros, una azul celeste de 9 milímetros, una blanca de 4 milímetros y una dorada de 4 milímetros, de ancho cada una.
ANEXO IIDECRETO LEY No. 109 REGLAMENTO DE LA LEY 170 DEL SISTEMA DE TÍTULOS HONORÍFICOS Y CONDECORACIONES DE LA REPÚBLICA DE CUBANOMBRE(S) Y APELLIDOS: CARGO: NÚMERO Y FECHA DEL ACUERDO O DESICIÓN DE LA PROPUESTA; No ____; _ /_/_/_/FUNDAMENTACIÓN DE LA PROPUESTA 16 NACIONALIDAD 13 NIVEL ESCOLAR 14 OTROS DATOS DE INTERÉS 15 CIUDAD,PUEBLO O PROVINCIAS DEL PROPUESTOCENTRO DE TRABAJO O UNIDAD MILITAR 9 TIEMPO DE SERVICIO 10 AÑO MESES SEXO 11 MILITANCIA 12___MASCULINO ___FEMENINONO. CARNE IDENTIDAD, EXPTE. MILITAR O PASAPORTE 7 ORGANISMO O ENTIDAD QUE PROPONE 8_/_/_/_/_/_/_/_/_/_/_/CLASIFICACIÓN LABORAL O GRADO MILITAR 5 CARGO QUE DESEMPEÑA 6 N OMBRE DE LA CIUDAD,PUEBLO, FAMILIA O COLECTIVO QUE SE PROPONE 4.1____ PARA OTORGAMIENTO ____ PARA PRIVACIÓN__ TITULO HONORÍFICO __ ÓRDEN __ MEDALLA __ DISTINCIÓNPRIMER APELLIDO SEGUNDO APELLIDO NOMBRE (S) 4 MODELO DE PROPOSICIONES PARA CONDEDECORACIONES Y TÍTULOS HONORÍFICOS CESC-1 PROPONENTE 1 CARÁCTER DE LA PROPUESTA 2 DENOMINACIÓN 3