Decreto-Ley 116

Modificativo de la Ley 1307, de 29 de julio de 1976

Organismo
Consejo de Estado
Fecha emisión
2026-03-19
Publicada en
Gaceta No. 47 Ordinaria de 2026 (2026-06-02)
Páginas
2–4
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El Decreto-Ley 116 modifica la Ley 1307 de 1976 y regula el cambio de denominación de instituciones de educación superior en Cuba. Fue emitido por el Consejo de Estado de la República de Cuba.

Texto íntegro

GOC-2026-337-O47 JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular y del Consejo de Estado de la República de Cuba.

HAGO SABER: Que el Consejo de Estado ha considerado lo siguiente:

POR CUANTO: La Ley 1307, de 29 de julio de 1976, en su

Artículo 5 apartado 1 aprueba el cambio de denominación de instituciones de educación superior, y en su apartado 2 establece que la red nacional de instituciones de educación superior se integra por las universidades e instituciones de similar rango que se detallan en este cuerpo legal, lasque cumplen misiones académicas en el campo de acción específico para el cual se crean.

POR CUANTO: El Ministerio de Relaciones Exteriores ha propuesto el cambio de denominación del Instituto Superior de Relaciones Internacionales, institución de educación superior adscripta a ese organismo, a Universidad de Relaciones Internacionales “Raúl Roa García”, a partir de las transformaciones en el Sistema de Educación Superior cubano, el crecimiento académico desde la creación de este, su compromiso con la formación de profesionales altamentecalificados, así como las exigencias académicas de la práctica internacional, por lo que resultanecesario adecuar lo dispuesto al respecto.

POR TANTO: El Consejo de Estado, en el ejercicio de las atribuciones que se le confieren enel

Artículo 122, inciso c) de la Constitución de la República de Cuba, ha adoptado el siguiente: DECRETO-LEY 116 MODIFICATIVO DE LA LEY 1307, DE 29 DE JULIO DE 1976 ARTÍCULO 1. Se modifica el

Artículo 5 de la Ley 1307, de 29 de julio de 1976, el cualqueda redactado del modo siguiente:

“ARTÍCULO 5.1. Aprobar el cambio de denominación de la institución de educación superior adscripta al Ministerio de Relaciones Exteriores que se relaciona a continuación, la que en lo adelante se nombra como se consigna en el apartado 2: a) Instituto Superior de Relaciones Internacionales “Raúl Roa García” 2. La red nacional de instituciones de educación superior se integra por las universidades e instituciones de similar rango, que a continuación se detallan, las que cumplenmisiones académicas en el campo de acción específico para el cual se crean:Adscriptas al Ministerio de Educación Superior: a) Universidad de Pinar del Río “Hermanos Saíz Montes de Oca” b) Universidad de la Isla de la Juventud “Jesús Montané Oropesa”c) Universidad de Artemisa “Julio Díaz González”d) Universidad Agraria de La Habana “Fructuoso Rodríguez Pérez” e) Universidad de La Habana f) Universidad Tecnológica de La Habana “José Antonio Echeverría”, CUJAEg) Universidad de las Ciencias Informáticash) Universidad de Ciencias Pedagógicas “Enrique José Varona” i) Universidad de Ciencias de la Cultura Física y el Deporte “Manuel Fajardo” j) Universidad de Matanzas k) Universidad de Cienfuegos “Carlos Rafael Rodríguez” l) Universidad Central “Marta Abreu” de Las Villas m) Universidad de Sancti Spíritus “José Martí Pérez”n) Universidad de Ciego de Ávila “Máximo Gómez Báez”ñ) Universidad de Camagüey “Ignacio Agramonte Loynaz” o) Universidad de Las Tunas p) Universidad de Holguín q) Universidad de Moa “Dr. Antonio Núñez Jiménez” r) Universidad de Granma s) Universidad de Orientet) Universidad de Guantánamou) Escuela Superior de Cuadros del Estado y del Gobierno Adscriptas al Ministerio de Salud Pública: a) Universidad de Ciencias Médicas de Pinar del Río b) Facultad de Ciencias Médicas de Artemisa c) Escuela Latinoamericana de Medicina d) Universidad de Ciencias Médicas de La Habana e) Facultad de Ciencias Médicas de Mayabeque f) Universidad de Ciencias Médicas de Matanzas g) Universidad de Ciencias Médicas de Cienfuegos h) Universidad de Ciencias Médicas de Villa Clara i) Universidad de Ciencias Médicas de Sancti Spíritus j) Universidad de Ciencias Médicas de Ciego de Ávila k) Universidad de Ciencias Médicas de Camagüey l) Universidad de Ciencias Médicas de Las Tunas m) Universidad de Ciencias Médicas de Holguín n) Universidad de Ciencias Médicas de Granma ñ) Universidad de Ciencias Médicas de Santiago de Cubao) Universidad de Ciencias Médicas de Guantánamo

Adscripta al Ministerio de Cultura: a) Universidad de las Artes. Adscripta al Comité Central del Partido Comunista de Cuba: a) Universidad del Partido Comunista de Cuba “Ñico López” Adscripta al Ministerio de Relaciones Exteriores: a) Universidad de Relaciones Internacionales “Raúl Roa García”, ISRI Adscripta al Ministerio del Interior:a) Instituto Superior del Ministerio del Interior “Eliseo Reyes Rodríguez, Capitán San Luis” Adscriptas al Ministerio de las Fuerzas Armadas Revolucionarias: a) Instituto Técnico Militar José Martí b) Escuela Interarmas de las Fuerzas Armadas Revolucionarias “General Antonio Maceo” c) Escuela Interarmas de las Fuerzas Armadas Revolucionarias “General José Maceo”d) Escuela Militar Superior “Comandante Arides Estévez Sánchez”e) Universidad de Ciencias Médicas de las Fuerzas Armadas Revolucionariasf) Academia de las Fuerzas Armadas Revolucionarias “General Máximo Gómez”g) Academia Naval Granma h) Colegio de Defensa Nacional

DISPOSICIONES FINALESPRIMERA: El presente Decreto-Ley entra en vigor a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

SEGUNDA: El ministro de Justicia, dentro de los treinta días hábiles siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto-Ley, dispone que se publique en la Gaceta Oficialde la República de Cuba una versión debidamente actualizada, revisada y concordada de la Ley 1307, de 29 de julio de 1976.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

DADO en La Habana, a los 19 días del mes de marzo de 2026.Juan Esteban Lazo Hernández