Decreto-Ley 238

Sobre las Reservas Materiales

Organismo
Consejo de Estado
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 21 Extraordinaria de 2005 (2005-07-06)
Páginas
2–3
Descargar PDF de la gaceta
Resumen generado por IA

El Decreto-Ley No. 238 regula las Reservas Materiales en Cuba y es emitido por el Consejo de Estado.

Texto íntegro

Decreto-Ley No. 238

Banco Central de Cuba

R. No. 48/05

MINISTERIOS

Ministerio de Economía y Planificación

R. No. 2253/2005

OTROS

Aduana General de la República

R. No. 8/2005

R. No. 19/2005

Gaceta Oficial No. 21 de 12 de julio de 2005

CONSEJO DE ESTADO

_______

FIDEL CASTRO RUZ, Presidente del Consejo de Estado de la República de Cuba.

HAGO SABER: Que el Consejo de Estado, ha aprobado lo siguiente:

-

POR CUANTO: Por el Decreto-Ley No. 188 del 4 de noviembre de 1998, se declaró extinguido como Organismo de la Administración Central del Estado el Instituto Nacional de Reservas Estatales, y lo adscribió con esa denominación al Ministerio de Comercio Interior.

-

POR CUANTO: El incremento, conservación y control de las Reservas Materiales es una condición indispensable para la Seguridad Nacional.

-

POR CUANTO: Se hace necesario llevar a cabo de forma centralizada un mayor control y fiscalización de las Reservas Materiales, así como dar garantías a su empleo más adecuado.

-

POR CUANTO: Es necesario que un organismo de la Administración Central del Estado, con rango de Instituto, se encargue de dirigir y ejecutar la política del Estado y el Gobierno en cuanto a las reservas citadas en los Por Cuantos anteriores.

-

POR TANTO: El Consejo de Estado, en uso de las atribuciones que le están conferidas en el inciso c), del

Artículo 90 de la Constitución de la República, resuelve dictar el siguiente: