Decreto-Ley 261

Derogación del Decreto-Ley 122 sobre Regulaciones Laborales Especiales para los Trabajadores del Sistema de Turismo Internacional

Organismo
Consejo de Estado
Fecha emisión
2008-10-14
Publicada en
Gaceta No. 40 Extraordinaria de 2008 (2008-11-03)
Páginas
1–3
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El Decreto-Ley No. 261, emitido por el Consejo de Estado, deroga el Decreto-Ley 122 sobre Regulaciones Laborales Especiales para los Trabajadores del Sistema de Turismo Internacional. Este decreto se emite debido a la obsolescencia de la norma anterior y a la necesidad de unificar y generalizar la legislación laboral.

Texto íntegro

## Contents

Información en este número

CONSEJO DE ESTADO

Decreto-Ley No. 261/08

CONSEJO DE ESTADO

______

RAUL CASTRO RUZ, Presidente del Consejo de Estado de la República de Cuba.

HAGO SABER: Que el Consejo de Estado ha considerado lo siguiente:

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POR CUANTO: Mediante el Decreto-Ley número 122, de 13 de agosto de 1990, “Sobre Regulaciones Laborales Especiales para los Trabajadores del Sistema de Turismo Internacional”, se adecuaron, conforme a lo dispuesto en el Artículo número seis del Código de Trabajo, las relaciones jurídico laborales del sistema de turismo internacional, con el propósito de contribuir a garantizar el desarrollo que de forma acelerada había decidido la dirección del país para este Sector, teniendo en cuenta la situación económica existente en esa etapa y los ingresos en divisas que aportaría en un período de tiempo relativamente breve.

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POR CUANTO: Los cambios operados en la economía del país desde la fecha de emisión del Decreto-Ley número 122, así como la progresiva actualización, unificación y generalización de la legislación laboral, han contribuido a la obsolescencia de la precitada norma, en unos casos por haberse incorporado su contenido a la legislación general haciendo innecesaria la existencia de una norma especial, y

en otros, por la emisión de nuevas regulaciones que superan en alcance y actualidad su contenido.

-

POR CUANTO: En correspondencia con los fundamentos expresados en los Por Cuantos anteriores, es procedente derogar el precitado Decreto-Ley número 122, de 13 de agosto de 1990, “Sobre Regulaciones Laborales Especiales para los Trabajadores del Sistema de Turismo Internacional”.

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POR TANTO: El Consejo de Estado, en ejercicio de las facultades que le han sido conferidas por el

Artículo 90, inciso c) de la Constitución de la República, resuelve dictar el siguiente

DECRETO-LEY NUMERO 261

ARTICULO

UNICO: Derogar el Decreto-Ley número 122, de fecha 13 de agosto de 1990, “Sobre Regulaciones Laborales Especiales para los Trabajadores del Sistema de Turismo Internacional”, a quienes les serán aplicadas en lo sucesivo las disposiciones generales y específicas vigentes en la materia.

DISPOSICION FINAL

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UNICA: Este Decreto-Ley entra en vigor a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial de la República.

DADO en el Palacio de la Revolución, en la ciudad de La Habana, a los catorce días del mes de octubre de 2008.

Raúl Castro Ruz