Decreto-Ley 377
El Decreto-Ley No. 377 regula la misión del Instituto Nacional de Deportes, Educación Física y Recreación. Fue emitido por el Consejo de Estado de la República de Cuba. Este decreto establece la nueva misión del Instituto en el marco del perfeccionamiento organizativo de la Administración Central del Estado.
- El Instituto Nacional de Deportes, Educación Física y Recreación dirige y controla la política del Estado y del Gobierno relacionada con el deporte, la educación física, la recreación y la actividad física.
- Su objetivo es obtener resultados deportivos satisfactorios y elevar la salud y calidad de vida de la población.
- El Consejo de Ministros establecerá las funciones, estructura y composición del Instituto dentro de los 30 días posteriores a la entrada en vigor del Decreto-Ley.
- El Instituto es un organismo de la Administración Central del Estado.
- El Decreto-Ley modifica la misión del Instituto Nacional de Deportes, Educación Física y Recreación en consonancia con los cambios en el modelo económico cubano.
Texto íntegro
GOC-2019-675-EX18 MIGUEL DÍAZ-CANEL BERMÚDEZ, Presidente del Consejo de Estado de la República de Cuba.
HAGO SABER: Que el Consejo de Estado ha considerado lo siguiente:
POR CUANTO: El Decreto-Ley No. 67, “De la organización de la Administración Central del Estado”, del 19 de abril de 1983, de conformidad con lo establecido en el artículo 29, tal y como quedó modificado por el Decreto-Ley No. 303 del 25 de octubre de 2012, establece que la creación, modificación, disolución, clasificación, denominación y misión de los organismos de la Administración Central del Estado se determinan por la Asamblea Nacional del Poder Popular o, en su caso, por el Consejo de Estado.
POR CUANTO: El proceso de perfeccionamiento organizativo de la Administración Central del Estado y la necesidad de contar con una estructura gubernamental ajustada a los cambios que se vienen realizando al modelo económico cubano, aconsejan determinar la nueva misión que cumplirá el Instituto Nacional de Deportes, Educación Física y Recreación.
POR TANTO: El Consejo de Estado, en el ejercicio de la atribución que le está conferida en el inciso c), del artículo 122 de la Constitución de la República, acuerda dictar el siguiente:DECRETO-LEY No. 377 “DE LA MISIÓN DEL INSTITUTO NACIONAL DE DEPORTES, EDUCACIÓN FÍSICA Y RECREACIÓN”ARTÍCULO
ÚNICO: El Instituto Nacional de Deportes, Educación Física y Recreación es el organismo de la Administración Central del Estado encargado de proponer y, una vez aprobada, dirigir y controlar la política del Estado y del Gobierno relacionada con el deporte, la educación física, la recreación y la actividad física, que contribuya a obtener resultados deportivos satisfactorios y a elevar la salud y calidad de vida de la población.
DISPOSICIÓN FINALÚNICA: El Consejo de Ministros, dentro de los treinta días (30) posteriores a la fecha de entrada en vigor del presente Decreto-Ley, establece las funciones, estructura y composición del Instituto Nacional de Deportes, Educación Física y Recreación.
PUBLÍQUESE: en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los 27 días del mes de juniode 2019.Miguel Díaz-Canel Bermúdez Presidente del Consejo de Estado
289 GACETA OFICIAL1 de agosto de 2019