Decreto-Ley 43
El Decreto-Ley No. 43 regula la misión del Ministerio de Educación Superior en Cuba. Fue emitido por el Consejo de Estado y establece las funciones y responsabilidades de este organismo en la educación superior y el desarrollo científico-tecnológico.
- El Ministerio de Educación Superior dirige y controla políticas de educación superior, formación integral de estudiantes y educación de posgrado.
- Dirige y controla el desarrollo de la ciencia, la tecnología y la innovación en universidades y entidades adscriptas.
- El Consejo de Ministros establecerá funciones específicas, estructura y composición del Ministerio en 30 días.
- Se deroga el Decreto-Ley 371 de 2019, que establecía la misión anterior del Ministerio de Educación Superior.
- El Decreto-Ley entra en vigor a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República.
Texto íntegro
GOC-2021-803-O96 JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente del Consejo de Estado de la República de Cuba,
HAGO SABER: Que el Consejo de Estado ha considerado lo siguiente:
POR CUANTO: La Constitución de la República de Cuba establece en su
Artículo 108, inciso t), que corresponde a la Asamblea Nacional del Poder Popular crear o extinguir los organismos de la Administración Central del Estado o disponer cualquier otra medida organizativa que resulte procedente.
POR CUANTO: Mediante el Decreto-Ley 371, de 9 de marzo de 2019, se establecela misión del Ministerio de Educación Superior, la que se hace necesario modificar para contar con una administración pública más transparente, ágil, eficaz y eficiente, así como la obtención de resultados en beneficio de la sociedad y del desarrollo nacional y localmediante una estructura gubernamental ajustada a la actual etapa de desarrollo.
POR TANTO: El Consejo de Estado, en el ejercicio de las atribuciones que le están conferidas por el
Artículo 122 inciso c) y q) de la Constitución de la República de Cuba, acuerda dictar el siguiente:DECRETO-LEY No. 43 DE LA MISIÓN DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN SUPERIORArtículo Único: El Ministerio de Educación Superior es el organismo de la Administración Central del Estado que tiene la misión de proponer al Estado y al Gobierno, y una vez aprobadas, dirigir y controlar las políticas de educación superior referentes a la formación integral de los estudiantes de nivel superior, la educación de posgrado, la preparación y superación de cuadros y reservas; y dirigir y controlar el desarrollo de la ciencia, la tecnología y la innovación en las universidades y entidades de ciencia, tecnología e innovación adscriptas, así como la extensión de su quehacer a toda la sociedad.
DISPOSICIONES FINALESPRIMERA: El Consejo de Ministros, dentro de los treinta (30) días posteriores a lafecha de entrada en vigor del presente Decreto-Ley, establece las funciones específicas,estructura y composición del Ministerio de Educación Superior.
2891 GACETA OFICIAL24 de agosto de 2021
SEGUNDA: Deroga el Decreto-Ley 371, de 9 de marzo de 2019, por el que se estableció la misión del Ministerio de Educación Superior.
TERCERA: El presente Decreto-Ley entra en vigor a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DADO en La Habana, a los veintidós días del mes de julio de 2021.Juan Esteban Lazo Hernández