Decreto Presidencial 1218
El Decreto Presidencial No. 1218 otorga el Título Honorífico de Héroe del Trabajo de la República de Cuba a ciudadanos cubanos y extranjeros con méritos extraordinarios en el trabajo o luchas por conquistas de la clase obrera. Lo emite el Presidente de la República de Cuba, Miguel Díaz-Canel Bermúdez, en virtud de la Constitución de la República.
- Se otorga el Título Honorífico a 3 personas: Fernando Ravelo Jaime, Félix Álvarez Jiménez y Adolfo Alvarado Esquijaroza.
- El Título se otorga por méritos extraordinarios en el trabajo creador o luchas por conquistas de la clase obrera.
- La Medalla 'Estrella de Oro del Trabajo' es la insignia que representa este Título.
- El presidente de la Asociación Nacional de Agricultores Pequeños se encarga de la entrega del Título y la imposición de la Medalla.
Texto íntegro
MIGUEL DÍAZ-CANEL BERMÚDEZ, Presidente de la República.
HAGO SABER: Que en el ejercicio de la atribución conferida en el
Artículo 128, in-ciso r) de la Constitución de la República, he considerado lo siguiente:
POR CUANTO: El Decreto-Ley 30, de 10 de diciembre de 1979, dispuso la creacióndel Título Honorífico de “Héroe del Trabajo de la República de Cuba”, el que se otorga aciudadanos cubanos y extranjeros en reconocimiento a extraordinarios méritos alcanza-dos en el trabajo creador o en las luchas por las conquistas y en defensa de los logros eintereses de la clase obrera, así como por la práctica consecuente y aportes valiosos al inter-nacionalismo proletario.
POR CUANTO: El Buró Nacional de la Asociación Nacional de Agricultores Peque-ños ha propuesto otorgar el Título Honorífico de “Héroe del Trabajo de la República de Cuba” a un cooperativista, un campesino y a un cuadro profesional, en ocasión de cele-brarse el 17 de mayo el “Día del Campesino Cubano” y el 65 Aniversario de la Asocia-ción Nacional de Agricultores Pequeños, en reconocimiento a los extraordinarios méritosalcanzados por estos en la organización; a su relevante y fructífera trayectoria laboral,política y social, así como a su fidelidad y consagración con los principios de nuestra Revolución.
POR TANTO: En virtud de los fundamentos precedentes y de conformidad con el Ar-tículo 128, inciso ñ) de la Constitución de la República de Cuba, he decidido dictar elsiguiente:
DECRETO PRESIDENCIAL 1218
PRIMERO: Otorgar el Título Honorífico de “Héroe del Trabajo de la República de Cuba” a:
- 1. FERNANDO RAVELO JAIME
- 2. FÉLIX ÁLVAREZ JIMÉNEZ
- 3. ADOLFO ALVARADO ESQUIJAROZA
SEGUNDO: El presidente de la Asociación Nacional de Agricultores Pequeños quedaencargado de disponer lo relacionado con la entrega de este Título, así como con la impo-sición de la Medalla “Estrella de Oro del Trabajo”, insignia que lo representa.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DADO en el Palacio de la Revolución, a los 27 días del mes de abril de 2026, “Año del Centenario del Comandante en Jefe Fidel Castro Ruz”.
Miguel Díaz-Canel Bermúdez
Presidente de la República