Decreto Presidencial 1247
El Decreto Presidencial No. 1247 declara duelo oficial por el fallecimiento del Comandante de la Revolución Ramiro Valdés Menéndez. Lo emite el Presidente de la República de Cuba, Miguel Díaz-Canel Bermúdez, en virtud de sus atribuciones constitucionales.
- Se declara duelo oficial desde las 6:00 a.m. del 23 de junio hasta las 12 de noche del mismo día.
- La Bandera de la Estrella Solitaria se ice a media asta en edificios públicos e instituciones militares durante el duelo.
- Los ministros de las Fuerzas Armadas Revolucionarias, del Interior y de Relaciones Exteriores son responsables del cumplimiento del decreto.
- El duelo se decreta en honor al Comandante de la Revolución Ramiro Valdés Menéndez, héroe de la República de Cuba y del Trabajo.
- El decreto se emite según lo dispuesto en el Artículo 128, inciso ñ) de la Constitución de la República de Cuba.
Texto íntegro
GOC-2026-358-EX74 MIGUEL DÍAZ-CANEL BERMÚDEZ, Presidente de la República.
HAGO SABER: Que en virtud de lo dispuesto en los artículos 125 de la Constitución de la República de Cuba y el 24, inciso x) de la Ley 136 “Del Presidente y el Vicepresidente de la República de Cuba”, de 28 de octubre de 2020, he considerado lo siguiente:
POR CUANTO: Con profundo dolor la dirección del Partido, del Estado y el Gobierno comunican a nuestro pueblo que en horas de la mañana de este domingo 21 de junio, falleció el histórico comandante de la Revolución Ramiro Valdés Menéndez, héroe de la República de Cuba y del Trabajo, quien atesora una brillante y extraordinaria hoja de servicios a la Patria. Asaltante al Cuartel Moncada, expedicionario del Granma, combatiente del Ejército Rebelde en la Sierra Maestra, segundo Jefe de la columna invasora No. 8 Ciro Redondo y protagonista junto al Che en la batalla de Santa Clara, el Comandante de la Revolución Ramiro Valdés Menéndez es merecedor del respecto y la admiración del pueblo de Cuba por su entrega y probada lealtad a la causa revolucionaria.
POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones conferidas por el
Artículo 128, inciso ñ) de la Constitución de la República de Cuba, he decidido dictar el siguiente:DECRETO PRESIDENCIAL 1247
PRIMERO: Declarar Duelo Oficial, con motivo del fallecimiento del comandante de la Revolución Ramiro Valdés Menéndez, a partir de las 6:00 a.m. del día 23 de junio hasta las 12 de noche del propio día.SEGUNDO: Disponer que mientras esté vigente el Duelo Oficial, la Bandera de la Estrella Solitaria se ice a media asta en los edificios públicos e instituciones militares.
TERCERO: Los ministros de las Fuerzas Armadas Revolucionarias, del Interior y de Relaciones Exteriores, quedan encargados del cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.DADO, en el Palacio de la Revolución, a los 21 días del mes de junio de 2026, “Año del Centenario del Comandante en Jefe Fidel Castro Ruz”.Miguel Díaz-Canel Bermúdez Presidente de la República