Decreto Presidencial 165

Otorgar la medalla Jesús Menéndez

Organismo
Presidente de la República
Fecha emisión
2020-12-04
Publicada en
Gaceta No. 7 Ordinaria de 2021 (2021-01-19)
Páginas
35
Descargar PDF de la gaceta
Resumen generado por IA

El Decreto Presidencial No. 165 otorga la medalla Jesús Menéndez a Daniel González Rubio, un destacado médico cubano. La medalla se otorga por relevantes labores y una sostenida actitud ante el trabajo. La decisión es emitida por el Presidente de la República de Cuba, Miguel Díaz-Canel Bermúdez.

Texto íntegro

GOC-2021-117-O7 MIGUEL DÍAZ- CANEL BERMÚDEZ, Presidente de la República.

HAGO SABER: Que en el ejercicio de la atribución conferida en el

Artículo 128, inciso r), de la Constitución de la República, he considerado lo siguiente:

POR CUANTO: El Decreto-Ley No. 30, de 10 de diciembre de 1979, dispuso la crea-ción de la medalla “Jesús Menéndez” la que se otorga a los ciudadanos cubanos y extran-jeros en reconocimiento a relevantes labores; por una sostenida y destacada actitud ante el trabajo, así como por una exitosa dirección, asesoramiento, colaboración y orientación del movimiento sindical cubano, de otros países o internacionales; por la ejemplar actitud ante el trabajo y fidelidad a los principios de la clase obrera y del internacionalismo pro-letario y por el sobrecumplimiento de las tareas de la Emulación Socialista.

POR CUANTO: El Secretario General de la Central de Trabajadores de Cuba ha pro-puesto otorgar dicha condecoración a Daniel González Rubio, médico del Instituto Pedro Kourí, trabajador destacado del sector de la salud, por su altruismo, sentido de pertenen-cia y sensibilidad humana, fructíferos resultados en la dirección del proceso hospitalario de atención a los pacientes contagiados con la Covid-19, así como en la del laboratorio de las muestras y de la investigación científica de la citada institución, por su ejemplaridad y consagración en el cumplimiento de cada tarea, e identificación con los principios de la Revolución.

POR TANTO: En virtud de los fundamentos precedentes y de conformidad con el

Artículo 128, inciso ñ), de la Constitución de la República de Cuba, he decidido dictar el siguiente:DECRETO PRESIDENCIAL No. 165

PRIMERO: Otorgar la medalla “Jesús Menéndez” al trabajador Daniel González Rubio.

SEGUNDO: El Secretario General de la Central de Trabajadores de Cuba queda encar-gado con la imposición de la Medalla al condecorado.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

DADO en el Palacio de la Revolución, a los 4 días del mes de diciembre de 2020. “AÑO 62 DE LA REVOLUCIÓN”. Miguel Díaz-Canel Bermúdez Presidente de la República________________