Decreto Presidencial 165
El Decreto Presidencial No. 165 otorga la medalla Jesús Menéndez a Daniel González Rubio, un destacado médico cubano. La medalla se otorga por relevantes labores y una sostenida actitud ante el trabajo. La decisión es emitida por el Presidente de la República de Cuba, Miguel Díaz-Canel Bermúdez.
- La medalla Jesús Menéndez se creó mediante el Decreto-Ley No. 30 de 1979.
- Se otorga a ciudadanos cubanos y extranjeros por labores destacadas y actitud ejemplar ante el trabajo.
- Daniel González Rubio es un médico del Instituto Pedro Kourí que se destacó en la atención a pacientes con Covid-19.
- La medalla se otorga por su altruismo, sentido de pertenencia y sensibilidad humana, así como por fructíferos resultados en la dirección del proceso hospitalario y de investigación científica.
- El Secretario General de la Central de Trabajadores de Cuba queda encargado de imponer la medalla al condecorado.
Texto íntegro
GOC-2021-117-O7 MIGUEL DÍAZ- CANEL BERMÚDEZ, Presidente de la República.
HAGO SABER: Que en el ejercicio de la atribución conferida en el
Artículo 128, inciso r), de la Constitución de la República, he considerado lo siguiente:
POR CUANTO: El Decreto-Ley No. 30, de 10 de diciembre de 1979, dispuso la crea-ción de la medalla “Jesús Menéndez” la que se otorga a los ciudadanos cubanos y extran-jeros en reconocimiento a relevantes labores; por una sostenida y destacada actitud ante el trabajo, así como por una exitosa dirección, asesoramiento, colaboración y orientación del movimiento sindical cubano, de otros países o internacionales; por la ejemplar actitud ante el trabajo y fidelidad a los principios de la clase obrera y del internacionalismo pro-letario y por el sobrecumplimiento de las tareas de la Emulación Socialista.
POR CUANTO: El Secretario General de la Central de Trabajadores de Cuba ha pro-puesto otorgar dicha condecoración a Daniel González Rubio, médico del Instituto Pedro Kourí, trabajador destacado del sector de la salud, por su altruismo, sentido de pertenen-cia y sensibilidad humana, fructíferos resultados en la dirección del proceso hospitalario de atención a los pacientes contagiados con la Covid-19, así como en la del laboratorio de las muestras y de la investigación científica de la citada institución, por su ejemplaridad y consagración en el cumplimiento de cada tarea, e identificación con los principios de la Revolución.
POR TANTO: En virtud de los fundamentos precedentes y de conformidad con el
Artículo 128, inciso ñ), de la Constitución de la República de Cuba, he decidido dictar el siguiente:DECRETO PRESIDENCIAL No. 165
PRIMERO: Otorgar la medalla “Jesús Menéndez” al trabajador Daniel González Rubio.
SEGUNDO: El Secretario General de la Central de Trabajadores de Cuba queda encar-gado con la imposición de la Medalla al condecorado.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DADO en el Palacio de la Revolución, a los 4 días del mes de diciembre de 2020. “AÑO 62 DE LA REVOLUCIÓN”. Miguel Díaz-Canel Bermúdez Presidente de la República________________