Decreto Presidencial 185
Este decreto presidencial regula la publicación de la Ley No. 137 "Del Presupuesto del Estado para el año 2021". La emite el Presidente de la República de Cuba, Miguel Díaz-Canel Bermúdez, en virtud de sus atribuciones constitucionales.
- Se publica la Ley No. 137 "Del Presupuesto del Estado para el año 2021".
- La Ley fue aprobada por la Asamblea Nacional del Poder Popular el 17 de diciembre de 2020.
- El Presidente refrendó la ley según el Artículo 128, inciso d), de la Constitución de Cuba.
- Se dispone la publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
Texto íntegro
MIGUEL DÍAZ-CANEL BERMÚDEZ, Presidente de la República de Cuba.
POR CUANTO: La Asamblea Nacional del Poder Popular, en la sesión celebrada eldía 17 de diciembre de 2020, correspondiente al Sexto Período Ordinario de Sesiones dela IX Legislatura, aprobó mediante el Acuerdo IX-73, la Ley No. 137 “Del Presupuestodel Estado para el año 2021”.
POR CUANTO: El Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular, presentólos originales de las leyes de referencia para su refrendo por el Presidente de la República,en fecha 29 de diciembre de 2020, en virtud de lo establecido en el
Artículo 150 de la Ley No. 131 “De la Organización y Funcionamiento de la Asamblea Nacional del Poder Popular y del Consejo de Estado de la República de Cuba”.
POR CUANTO: Conforme al
Artículo 128, inciso d), de la Constitución de la Repúblicade Cuba, corresponde a quien suscribe refrendar las leyes que emita la Asamblea Nacio-nal del Poder Popular y disponer su publicación en la Gaceta Oficial de la República.
POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones conferidas en el
Artículo 128, inciso ñ),de la Constitución de la República de Cuba, dicto el siguiente,
DECRETO PRESIDENCIAL No. 185
PRIMERO: Disponer la publicación en la Gaceta Oficial de la República de la Ley No. 137“Del Presupuesto del Estado para el año 2021”.
COMUNÍQUESE al Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular para elarchivo del documento original de la ley antes referida, la certificación de su copia y elcumplimiento de lo que por la presente se dispone.
DESE CUENTA al Primer Ministro y a los miembros del Consejo de Ministros.
412
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DADO en el Palacio de la Revolución, a los 6 días del mes de enero de 2021, “Año 63 de la Revolución”.
Miguel Díaz-Canel Bermúdez
MINISTERIOS
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CIENCIA, TECNOLOGÍA
Y MEDIO AMBIENTE