Decreto Presidencial 190
Este decreto presidencial regula la publicación de dos leyes relacionadas con la organización y funcionamiento del gobierno local en Cuba. El Presidente de la República de Cuba emite esta norma en virtud de las atribuciones conferidas en la Constitución.
- Se publica la Ley de Organización y Funcionamiento del Gobierno Provincial.
- Se publica la Ley de Organización y Funcionamiento del Consejo de la Administración Municipal.
- El decreto presidencial fue emitido por Miguel Díaz-Canel Bermúdez, Presidente de la República de Cuba.
- Se instruye al Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular para archivar el documento original de las leyes.
- Se dispone la publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
Texto íntegro
GOC-2021-161-O14 MIGUEL DÍAZ-CANEL BERMÚDEZ, Presidente de la República de Cuba.
POR CUANTO: La Asamblea Nacional del Poder Popular, en la sesión celebrada el día 17 de diciembre de 2020, correspondiente al Sexto Período Ordinario de Sesiones de la IX Legislatura, aprobó mediante acuerdos los IX-77, IX-79, las leyes No. 138 “Ley de Organización y Funcionamiento del Gobierno Provincial”, y No. 139 “De Organización y Funcionamiento del Consejo de la Administración Municipal”.
POR CUANTO: El Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular presentó los originales de las leyes de referencia para su refrendo por el Presidente de la República, en fecha 25 de enero del presente año, en virtud de lo establecido en el
Artículo 150 de la Ley No. 131 “De la Organización y Funcionamiento de la Asamblea Nacional del Poder Popular y del Consejo de Estado de la República de Cuba”.
POR CUANTO: Conforme al
Artículo 128, inciso d), de la Constitución, corresponde a quien suscribe refrendar las leyes que emita la Asamblea Nacional del Poder Popular y disponer su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones conferidas en el
Artículo 128, inciso ñ), de la Constitución de la República de Cuba, dicto el siguiente:DECRETO PRESIDENCIAL No. 190
PRIMERO: Disponer la publicación en la Gaceta Oficial de la República de las leyes que se relacionan a continuación: 1. De Organización y Funcionamiento del Gobierno Provincial. 2. De Organización y Funcionamiento del Consejo de la Administración Municipal. COMUNÍQUESE al Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular para el archivo del documento original de las leyes antes referidas, la certificación de sus copias y el cumplimiento de lo que por la presente se dispone. DESE CUENTA al Primer Ministro y a los miembros del Consejo de Ministros.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DADO en el Palacio de la Revolución, a los 27 días del mes de enero de 2021, “Año 63 de la Revolución”.Miguel Díaz-Canel Bermúdez
572 GACETA OFICIAL 5 de febrero de 2021 ASAMBLEA NACIONAL DEL PODER POPULAR______