Decreto Presidencial 214
El Decreto Presidencial No. 214, emitido por el Presidente de la República de Cuba, Miguel Díaz-Canel Bermúdez, regula el duelo oficial por el fallecimiento del Presidente de la República Unida de Tanzania, John Pompe Magufuli. Esta norma se basa en lo dispuesto en la Constitución de la República de Cuba.
- Se decreta duelo oficial el 19 de marzo, desde las 06:00 horas hasta las 12:00 de la noche.
- La bandera de la estrella solitaria se ice a media asta en edificios públicos e instituciones militares durante el duelo.
- Los ministros de Relaciones Exteriores, de las Fuerzas Armadas Revolucionarias y del Interior supervisan el cumplimiento del decreto.
- El duelo oficial se establece por el fallecimiento del Presidente de la República Unida de Tanzania, John Pompe Magufuli.
Texto íntegro
MIGUEL DÍAZ-CANEL BERMÚDEZ, Presidente de la República.
HAGO SABER: Que en virtud de lo dispuesto en el
Artículo 125 de la Constitución dela República de Cuba, he considerado lo siguiente:
POR CUANTO: Nuestro pueblo con profundo pesar ha recibido la noticia del falleci-miento del Presidente de la República Unida de Tanzania, John Pompe Magufuli, quienmantuvo una relación de amistad y respeto hacia Cuba, contribuyó al mantenimiento delas históricas relaciones entre ambos países y al desarrollo de la cooperación bilateral, asícomo a nuestros vínculos con los pueblos africanos.
POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones conferidas por el
Artículo 128, inciso ñ)de la Constitución de la República de Cuba, he acordado dictar el siguiente:
DECRETO PRESIDENCIAL NO. 214
PRIMERO: Decretar Duelo Oficial, desde las 06:00 horas hasta las 12:00 de la nochedel día 19 de marzo, con motivo del fallecimiento del líder de la República Unida de Tanzania.
SEGUNDO: Disponer que durante la vigencia del Duelo Oficial la bandera de laestrella solitaria se ice a media asta en los edificios públicos e instituciones militares.
TERCERO: Los ministros de Relaciones Exteriores, de las Fuerzas Armadas Revolu-cionarias y del Interior, quedan encargados del cumplimiento de lo dispuesto en el pre-sente Decreto.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los 18 días del mes de marzode 2021,“Año 63 de la Revolución”.
Miguel Díaz-Canel Bermúdez
Presidente de la República