Decreto Presidencial 234

Otorgar el Título Honorífico de Héroe del Trabajo de la República de Cuba

Organismo
Presidente de la República
Fecha emisión
2021-04-23
Publicada en
Gaceta No. 8 Extraordinaria Especial de 2021 (2021-05-06)
Páginas
3–4
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El Decreto Presidencial No. 234 otorga el Título Honorífico de Héroe del Trabajo de la República de Cuba a Osvaldo Felipe Armas Yero. Esta norma es emitida por el Presidente de la República de Cuba, Miguel Díaz-Canel Bermúdez, en virtud de la atribución conferida en la Constitución de la República.

Texto íntegro

GOC-2021-444-EXE8 MIGUEL DÍAZ-CANEL BERMÚDEZ, Presidente de la República.

HAGO SABER: Que en el ejercicio de la atribución conferida en el

Artículo 128, inciso r), de la Constitución de la República, he considerado lo siguiente:

POR CUANTO: El Decreto-Ley No. 30, de 10 de diciembre de 1979, dispuso la creación del Título Honorífico de “Héroe del Trabajo de la República de Cuba”, el que se otorga a ciudadanos cubanos y extranjeros en reconocimiento a extraordinarios méritos alcanzados en el trabajo creador o en las luchas por las conquistas y en defensa de los logros e intereses de la clase obrera, así como por la práctica consecuente y aportes valiosos al internacionalismo proletario.

POR CUANTO: El Buró Nacional de la Asociación Nacional de Agricultores Pequeños ha propuesto otorgar dicho título al cooperativista OSVALDO FELIPE ARMAS YERO,en ocasión de celebrarse el diecisiete de mayo el día del campesino, y en reconocimiento a su relevante y fructífera trayectoria laboral, política y social, a los extraordinarios méritos alcanzados en los cargos de dirección donde se ha desempeñado, así como por el sobrecumplimiento de sus planes de siembra y producción, contribuyendo con ello a la entrega sistemática de alimentos al hogar materno de su comunidad; asimismo, por la aportación de ingresos para la construcción del consultorio médico de este lugar, razones por las que ha obtenido la condición de destacado en todas las etapas evaluadas, la “Orden 17 de Mayo”, entre otros reconocimientos recibidos.

POR TANTO: En virtud de los fundamentos precedentes y de conformidad con el

Artículo 128, inciso ñ), de la Constitución de la República de Cuba, he decidido dictar el siguiente:DECRETO PRESIDENCIAL No. 234

PRIMERO: Otorgar el Título Honorífico de “Héroe del Trabajo de la República de Cuba” a OSVALDO FELIPE ARMAS YERO.SEGUNDO: El Presidente de la Asociación Nacional de Agricultores Pequeños queda encargado de disponer lo relacionado con la entrega de este Título, así como con la imposición de la Medalla “Estrella de Oro del Trabajo”, insignia que lo representa.

30 GACETA OFICIAL 6 de mayo de 2021

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

DADO en el Palacio de la Revolución, a los 23 días del mes de abril de 2021, “Año 63 de la Revolución”.Miguel Díaz-Canel Bermúdez Presidente de la República________________