Decreto Presidencial 236
El Decreto-Presidencial No. 236 regula el otorgamiento de la Medalla 'De la Amistad' a personalidades extranjeras que han demostrado apoyo a Cuba. La norma es emitida por el Presidente de la República de Cuba.
- La Medalla 'De la Amistad' se otorga a ciudadanos, organizaciones o instituciones que se destacan en la construcción de una sociedad más justa y en la amistad entre los pueblos.
- El Decreto-Ley No. 30 de 1979 crea la Medalla 'De la Amistad'.
- Se otorga la medalla a 4 personalidades: Joseph Modou-Peh Grant, Abiodun Abiola Aremu, Philip Japhet Mangula y Abdolhamid Shahrabi.
- El Presidente del Instituto Cubano de Amistad con los Pueblos queda encargado de la entrega de la medalla a los condecorados.
Texto íntegro
GOC-2021-446-EXE8 MIGUEL DÍAZ-CANEL BERMÚDEZ, Presidente de la República.
HAGO SABER: Que en el ejercicio de la atribución conferida en el
Artículo 128, inciso r), de la Constitución de la República de Cuba, a propuesta del Ministro de Relaciones Exteriores, he considerado lo siguiente:
POR CUANTO: El Decreto-Ley No. 30, de 10 de diciembre de 1979, crea la Medalla “De la Amistad”, la que se otorga a ciudadanos, organizaciones o instituciones, cubanos o extranjeros, que en forma individual o colectiva se destaquen en su actividad dirigida al logro de la construcción de una sociedad más justa y por estrechar los vínculos de amistad fraternal, cooperación y ayuda mutua entre los pueblos.
POR CUANTO: El Presidente del Instituto Cubano de Amistad con los Pueblos ha propuesto otorgar dicha medalla a un grupo de personalidades amigas de Cuba, miembros de los movimientos de solidaridad, en reconocimiento a su apoyo y respaldo al fortalecimiento y profundización de los vínculos con nuestro pueblo, así como por su destacada participación en campañas en defensa de la Revolución y de denuncia a las agresiones contra Cuba.
POR TANTO: En virtud de los fundamentos precedentes y de conformidad con el
Artículo 128, inciso ñ), de la Constitución de la República de Cuba, he decidido dictar el siguiente:DECRETO PRESIDENCIAL No. 236
PRIMERO: Otorgar la Medalla “De la Amistad” a los compañeros que se relacionan a continuación: 1. JOSEPH MODOU-PEH GRANT 2. ABIODUN ABIOLA AREMU 3. PHILIP JAPHET MANGULA 4. ABDOLHAMID SHAHRABI
SEGUNDO: El Presidente del Instituto Cubano de Amistad con los Pueblos queda encargado con la entrega de la medalla a los condecorados.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DADO en el Palacio de la Revolución, a los 23 días del mes de abril de 2021, “Año 63 de la Revolución”.Miguel Díaz-Canel Bermúdez Presidente de la República________________