Decreto Presidencial 255
El Decreto Presidencial No. 255 otorga la Orden 'Juan Marinello' a ciudadanos cubanos o extranjeros que hayan realizado aportes importantes a la lucha ideológica y al desarrollo de la cultura artística, literaria y el periodismo. La Orden es emitida por el Presidente de la República de Cuba.
- Se otorga por actividad sostenida que constituya contribución importante a la lucha ideológica de los pueblos (Decreto-Ley No. 30, 1979).
- Se otorga por aporte extraordinario para el desarrollo de la cultura artística, literaria y el periodismo.
- Son condecorados 12 intelectuales por sus aportes y destacada labor en favor del desarrollo y enriquecimiento de la cultura artística y literaria nacional.
- El Ministro de Cultura queda encargado de la imposición de esta Orden a los condecorados (Artículo 128, inciso ñ) de la Constitución).
Texto íntegro
GOC-2021-478-EXE9 MIGUEL DÍAZ-CANEL BERMÚDEZ, Presidente de la República.
HAGO SABER: Que en el ejercicio de la atribución conferida en el
Artículo 128, inciso r) de la Constitución de la República, he considerado lo siguiente:
POR CUANTO: El Decreto-Ley No. 30, de 10 de diciembre de 1979, dispone la creación de la Orden “Juan Marinello”, la que se otorga a ciudadanos cubanos o extranjeros, por haber realizado una actividad sostenida que constituya contribución importante a la lucha ideológica de los pueblos y un aporte extraordinario para el desarrollo de la cultura artística, literaria y el periodismo.
POR CUANTO: El Ministro de Cultura ha propuesto para recibir dicha Orden, a doce intelectuales, en reconocimiento a sus aportes y destacada labor en favor del desarrollo y enriquecimiento de la cultura artística y literaria nacional.
POR TANTO: En virtud de los fundamentos precedentes y de conformidad con el
Artículo 128, inciso ñ) de la Constitución de la República de Cuba, he decidido dictar el siguiente:DECRETO PRESIDENCIAL NO. 255
PRIMERO: Otorgar la Orden “Juan Marinello” a: 1. JORGE JESÚS GÓMEZ BARRANCO
37 GACETA OFICIAL10 de mayo de 20212. ORLANDO VISTEL COLUMBIÉ 3. RICARDO ALFREDO RIVERÓN ROJAS 4. ESBÉRTIDO ROSENDI CANCIO 5. JUAN EDUARDO BERNAL ECHEMENDÍA 6. ENIO ALBERTO FAYA MONTANO 7. CARLOS FULGENCIO GALIANO HADAD 8. CARLOS ANDRÉS TAMAYO RODRÍGUEZ 9. RAMÓN SILVERIO GÓMEZ 10. JOSÉ RAFAEL GONZÁLEZ RODRÍGUEZ 11. JOSÉ ORIOL GONZÁLEZ MARTÍNEZ 12. ROLANDO MÉNDEZ PERERA
SEGUNDO: El Ministro de Cultura queda encargado de lo relacionado con la imposición de esta Orden a los condecorados.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DADO en el Palacio de la Revolución, a los 30 días del mes de abril de 2021, “Año 63 de la Revolución”.Miguel Díaz-Canel Bermúdez Presidente de la República _______