Decreto Presidencial 433
El Decreto Presidencial No. 433 regula el duelo oficial por el accidente en el Hotel Saratoga. Fue emitido por el Presidente de la República de Cuba, Miguel Díaz-Canel Bermúdez, en virtud de sus atribuciones constitucionales.
- Se decreta duelo oficial desde las 06:00 horas del 13 de mayo hasta las 12:00 de la noche del 14 de mayo.
- La Bandera de la Estrella Solitaria se ice a media asta en edificios públicos e instituciones militares durante el duelo.
- El duelo oficial es por el accidente en el Hotel Saratoga ocurrido el 6 de mayo con 44 víctimas cubanas y 1 española.
- Los ministros de las Fuerzas Armadas Revolucionarias, del Interior y de Relaciones Exteriores supervisan el cumplimiento del decreto.
- El decreto se publicó en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
Texto íntegro
GOC-2022-571-EX36 MIGUEL DÍAZ-CANEL BERMÚDEZ, Presidente de la República.
HAGO SABER: Que en virtud de lo dispuesto en los artículos 125 de la Constitución de la República y 24, inciso x), de la Ley 136 “Del Presidente y Vicepresidente de la Re-pública de Cuba”, he considerado lo siguiente:
POR CUANTO: Con motivo del profundo dolor de nuestro pueblo ante el lamentable accidente ocurrido en el Hotel Saratoga el pasado 6 de mayo, en el que han perdido la vida, hasta el momento, 44 compatriotas y una ciudadana española, luego de concluidas las acciones de rescate y salvamento.
POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones conferidas por el
Artículo 128, inciso ñ) de la Constitución de la República de Cuba, he acordado dictar el siguiente:DECRETO PRESIDENCIAL No. 433
PRIMERO: Decretar Duelo Oficial, desde las 06:00 horas del día 13 de mayo hasta las 12:00 de la noche del día 14 de mayo.
SEGUNDO: Disponer que durante la vigencia del Duelo Oficial la Bandera de la Es-trella Solitaria se ice a media asta en los edificios públicos e instituciones militares.
TERCERO: Los ministros de las Fuerzas Armadas Revolucionarias, del Interior y de Relaciones Exteriores, quedan encargados del cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los 12 días del mes de mayo de 2022. “Año 64 de la Revolución”.Miguel Díaz-Canel Bermúdez Presidente de la República