Decreto Presidencial 549
El Decreto-Presidencial No. 549 otorga la Medalla 'De la Amistad' al Embajador de la Federación de Rusia. Esta norma es emitida por el Presidente de la República de Cuba, Miguel Díaz-Canel Bermúdez, en virtud de la atribución conferida en la Constitución de la República.
- La Medalla 'De la Amistad' se otorga a ciudadanos o instituciones que se destaquen en la construcción de una sociedad más justa y en estrechar vínculos de amistad y cooperación entre pueblos.
- El Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Rusia, Andreianatolievich Guskov, es condecorado por su apoyo al fortalecimiento de los vínculos históricos de amistad y cooperación entre Rusia y Cuba.
- El Decreto-Ley 30 de 1979 crea la Medalla 'De la Amistad'.
- El Ministro de Relaciones Exteriores queda encargado de la entrega de la Medalla al condecorado.
- La decisión se fundamenta en el Artículo 128, inciso r) y ñ), de la Constitución de la República de Cuba.
Texto íntegro
MIGUEL DÍAZ-CANEL BERMÚDEZ, Presidente de la República.
HAGO SABER: Que en el ejercicio de la atribución conferida en el
Artículo 128,inciso r), de la Constitución de la República de Cuba, he considerado lo siguiente:
POR CUANTO: El Decreto-Ley 30, de 10 de diciembre de 1979, crea la Medalla“De la Amistad”, la que se otorga a ciudadanos, organizaciones o instituciones, cubanoso extranjeros, que en forma individual o colectiva se destaquen en su actividad dirigida allogro de la construcción de una sociedad más justa y por estrechar los vínculos de amistadfraternal, cooperación y ayuda mutua entre los pueblos.
POR CUANTO: El Ministro de Relaciones Exteriores ha propuesto otorgar dicha Medalla al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la Federación de Rusia anteel Gobierno de la República de Cuba, en reconocimiento a la actitud mantenida comodiplomático en nuestro país; a su apoyo y respaldo al fortalecimiento y profundización delos vínculos históricos de amistad y cooperación entre los pueblos y gobiernos de Rusiay Cuba; por su solidaridad hacia la Revolución; así como a los positivos resultados al-canzados en el impulso del diálogo político, y relaciones económicas y comerciales entreambos países.
POR TANTO: En virtud de los fundamentos precedentes y de conformidad con el
Artículo 128, inciso ñ), de la Constitución de la República de Cuba, he decidido dictarel siguiente:
DECRETO PRESIDENCIAL 549
PRIMERO: Otorgar la Medalla “De la Amistad” al Excelentísimo Señor ANDREIANATOLIEVICH GUSKOV, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la Federa-ción de Rusia ante el Gobierno de la República de Cuba.
SEGUNDO: El Ministro de Relaciones Exteriores queda encargado con la entrega dela Medalla al condecorado.
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PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DADO en el Palacio de la Revolución, a los 30 días del mes de diciembre de 2022,“Año 64 de la Revolución”.
Miguel Díaz-Canel Bermúdez
Presidente de la República
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