Decreto Presidencial 593

Otorgar el Título Honorífico de Héroe del Trabajo de la República de Cuba

Organismo
Presidente de la República
Fecha emisión
2023-04-11
Publicada en
Gaceta No. 7 Extraordinaria Especial de 2023 (2023-04-20)
Páginas
4–5
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El Decreto-Presidencial No. 593 otorga el Título Honorífico de Héroe del Trabajo de la República de Cuba a ciudadanos cubanos y extranjeros con méritos extraordinarios en el trabajo creador o luchas por conquistas de la clase obrera. Lo emite el Presidente de la República, Miguel Díaz-Canel Bermúdez, en virtud de la Constitución de la República.

Texto íntegro

MIGUEL DÍAZ-CANEL BERMÚDEZ, Presidente de la República.

HAGO SABER: Que en el ejercicio de la atribución conferida en el

Artículo 128,inciso r) de la Constitución de la República, he considerado lo siguiente:

POR CUANTO: El Decreto-Ley 30, de 10 de diciembre de 1979, dispuso la creacióndel Título Honorífico de “Héroe del Trabajo de la República de Cuba”, el que se otorgaa ciudadanos cubanos y extranjeros en reconocimiento a extraordinarios méritos alcan-zados en el trabajo creador o en las luchas por las conquistas y en defensa de los logrose intereses de la clase obrera, así como por la práctica consecuente y aportes valiosos alinternacionalismo proletario.

POR CUANTO: El Secretario General de la Central de Trabajadores de Cuba ha pro-puesto otorgar dicho título a diez compañeros, de los sectores azucarero, agropecuario,cultura, educación, civil de la defensa, comercio y turismo, en reconocimiento a la re-levante y fructífera trayectoria laboral, política y social, y a los extraordinarios méritosalcanzados en el trabajo creador.

POR TANTO: En virtud de los fundamentos precedentes y de conformidad con el

Artículo 128, inciso ñ) de la Constitución de la República de Cuba, he decidido dictarel siguiente:

DECRETO PRESIDENCIAL 593

PRIMERO: Otorgar el Título Honorífico de “Héroe del Trabajo de la República de Cuba” a los compañeros siguientes:

1. PABLO PIMIENTA CASTRO

2. LUIS CLODOALDO VELÁZQUEZ PÉREZ

3. PEDRO ROBERTO RODRÍGUEZ FONSECA

4. JORGE DE LA CARIDAD GONZÁLEZ PÉREZ

5. MIGUEL ÁNGEL BARNET LANZA

6. FIDEL RAMÓN PIMIENTA TORRES

7. RAFAEL PRIMITIVO SANTANA TORRES

8. MANUEL SOLIÑO GUEVARA

9. DAMIÁN COSME GUAS PARET

10. REINALDO PARRA ÁVILA

SEGUNDO: El Secretario General de la Central de Trabajadores de Cuba queda en-cargado de disponer lo relacionado con la entrega de este Título, así como con la impo-

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sición de la Medalla “Estrella de Oro del Trabajo”, insignia que lo representa, lo cual seefectuará en acto solemne en ocasión del primero de mayo, “Día Internacional de los Trabajadores”.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

DADO en el Palacio de la Revolución, a los 11 días del mes de abril de 2023, “Año 65 de la Revolución”.

Miguel Díaz-Canel Bermúdez

Presidente de la República

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