Decreto Presidencial 617
El Decreto-Presidencial No. 617 otorga la Medalla 'De la Amistad' a ciudadanos extranjeros por su contribución a la amistad y cooperación entre países. La norma es emitida por el Presidente de la República de Cuba, Miguel Díaz-Canel Bermúdez, en virtud de la Constitución de la República.
- La Medalla 'De la Amistad' se otorga por destacada participación en hechos dirigidos a la construcción de una sociedad más justa y al estrechamiento de lazos de amistad fraternal (Decreto-Ley 30/1979).
- El Ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias propuso otorgar la Medalla a un oficial y dos personalidades de la Federación de Rusia.
- Los condecorados son: Teniente General Alexander Aleksandrovich Kshimovsky, Dmitry Shugaev Evgenyevich y Anatoly Punchuk Griorievich.
- El Ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias queda encargado de la entrega de la Medalla a los condecorados.
- La Medalla se otorga por contribución al fortalecimiento y desarrollo de las relaciones de amistad y colaboración entre instituciones armadas de Cuba y Rusia.
Texto íntegro
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GACETA OFICIALDE LA REPÚBLICA DE CUBA MINISTERIO DE JUSTICIAEXT. ESPECIAL LA HABANA, MARTES 30 DE MAYO DE 2023 AÑO CXXISitio Web: http://www.gacetaoficial.gob.cu/—Calle Zanja No. 352 esquina a Escobar, Centro Habana Teléfonos: 7878-4435 y 7870-0576 Número 10 Página 43 ISSN 1682-7511 PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA______GOC-2023-466-EXEMIGUEL DÍAZ-CANEL BERMÚDEZ, Presidente de la República.
HAGO SABER: Que en el ejercicio de la atribución conferida en el
Artículo 128, inciso r), de la Constitución de la República de Cuba, he considerado lo siguiente:
POR CUANTO: El Decreto-Ley 30, de 10 de diciembre de 1979, crea la Medalla “De la Amistad”, la que se otorga a ciudadanos cubanos y extranjeros en reconocimiento a una destacada participación en hechos dirigidos al logro de la construcción de un sociedad más justa, y a estrechar lazos de amistad fraternal, la cooperación y la ayuda mutua entre los diversos países del mundo que respeten los principios de soberanía y autodeterminación de los pueblos y observen las normas de convivencia entre los Estados.
POR CUANTO: El Ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias ha propuestootorgar dicha Medalla a un oficial y dos personalidades de la Federación de Rusia, por sucontribución al fortalecimiento y desarrollo de las relaciones de amistad y de colaboración entre esas instituciones armadas y las Fuerzas Armadas Revolucionarias.
POR TANTO: En virtud de los fundamentos precedentes y de conformidad con el
Artículo 128, inciso ñ), de la Constitución de la República de Cuba, he decidido dictar el siguiente:DECRETO PRESIDENCIAL 617
PRIMERO: Otorgar la Medalla “De la Amistad” al oficial y las personalidades que serelacionan a continuación: 1. TENIENTE GENERAL ALEXANDER ALEKSANDROVICH KSHIMOVSKY 2. DMITRY SHUGAEV EUGENYEVYCH 3. ANATOLY PUNCHUK GRIORIEVICH
44 GACETA OFICIAL 30 de mayo de 2023
SEGUNDO: El Ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias queda encargado con la entrega de la Medalla a los condecorados.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DADO en el Palacio de la Revolución, a los 12 días del mes de mayo de 2023, “Año 65 de la Revolución”.Miguel Díaz-Canel Bermúdez Presidente de la República