Decreto Presidencial 686
El Decreto Presidencial No. 686 otorga la Medalla 'Alejo Carpentier' a ciudadanos cubanos y extranjeros por méritos en la creación, interpretación, promoción y organización artística y cultural. La Medalla fue creada por el Decreto-Ley 30 de 1979 y es emitida por el Presidente de la República de Cuba.
- La Medalla 'Alejo Carpentier' se otorga por relevantes méritos en la labor artística y cultural.
- Se otorga a 6 intelectuales en ocasión del 75 Aniversario del Ballet Nacional de Cuba.
- Los condecorados son: Dani Miguel Hernández Acosta, Anett Delgado Gómez, Sadaiise Arencibia Ramos, Ricardo Silvio Rey Mena, Grettel Morejón Grueiro y José Ramón Rodríguez Neyra.
- El Ministro de Cultura queda encargado de la imposición de la medalla a los condecorados.
- La Medalla fue creada por el Decreto-Ley 30 de 1979.
Texto íntegro
GOC-2023-845-EXE18 MIGUEL DÍAZ-CANEL BERMÚDEZ, Presidente de la República.
HAGO SABER: Que en el ejercicio de la atribución conferida en el
Artículo 128, inciso r), de la Constitución de la República, he considerado lo siguiente:
POR CUANTO: El Decreto-Ley 30, de 10 de diciembre de 1979, modificado por el Decreto-Ley 59, de 16 de octubre de 1982, dispone la creación de la Medalla “Alejo Carpentier”, la que se otorga a ciudadanos cubanos y extranjeros en reconocimiento a relevantes méritos alcanzados y a la destacada labor realizada en la creación, interpretación, promoción y organización artística y cultural.
POR CUANTO: El Ministro de Cultura ha propuesto otorgar dicha Medalla en ocasión de cumplirse el 75 Aniversario del Ballet Nacional de Cuba a seis intelectuales, en reconocimiento a los relevantes méritos alcanzados en labor realizada en la creación, pro-
74 GACETA OFICIAL 6 de octubre de 2023 moción y organización artística y cultural, cuyos resultados constituyen valiosos aportes en favor del desarrollo y enriquecimiento de las diversas manifestaciones de la cultura nacional.
POR TANTO: En virtud de los fundamentos precedentes y de conformidad con el
Artículo 128, inciso ñ), de la Constitución de la República de Cuba, he decidido dictar el siguiente:DECRETO PRESIDENCIAL 686
PRIMERO: Otorgar la Medalla “Alejo Carpentier” a: 1. DANI MIGUEL HERNÁNDEZ ACOSTA 2. ANETT DELGADO GÓMEZ 3. SADAISE ARENCIBIA RAMOS 4. RICARDO SILVIO REY MENA 5. GRETTEL MOREJÓN GRUEIRO 6. JOSÉ RAMÓN RODRÍGUEZ NEYRA
SEGUNDO: El Ministro de Cultura queda encargado de lo relacionado con la imposición de esta medalla a los condecorados.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DADO en el Palacio de la Revolución, a los 28 días del mes de septiembre de 2023, “Año 65 de la Revolución”.Miguel Díaz-Canel Bermúdez Presidente de la República________________