Decreto Presidencial 719

Otorgar el Título Honorífico de Héroe del Trabajo de la República de Cuba

Organismo
Presidente de la República
Fecha emisión
2023-11-27
Publicada en
Gaceta No. 24 Extraordinaria Especial de 2023 (2023-12-14)
Páginas
3–4
Descargar PDF de la gaceta
Resumen generado por IA

El Decreto Presidencial No. 719 otorga el Título Honorífico de Héroe del Trabajo de la República de Cuba a ciudadanos destacados. Fue emitido por el Presidente de la República, Miguel Díaz-Canel Bermúdez, en virtud de la Constitución de la República de Cuba.

Texto íntegro

MIGUEL DÍAZ-CANEL BERMÚDEZ, Presidente de la República.

HAGO SABER: Que en el ejercicio de la atribución conferida en el

Artículo 128,inciso r) de la Constitución de la República, he considerado lo siguiente:

POR CUANTO: El Decreto-Ley 30, de 10 de diciembre de 1979, dispuso la creacióndel Título Honorífico de “Héroe del Trabajo de la República de Cuba”, el que seotorga a ciudadanos cubanos y extranjeros en reconocimiento a extraordinarios méritosalcanzados en el trabajo creador o en las luchas por las conquistas y en defensa de los lo-gros e intereses de la clase obrera; así como por la práctica consecuente y aportes valiososal internacionalismo proletario.

POR CUANTO: El Secretario General de la Central de Trabajadores de Cuba ha pro-puesto otorgar dicho Título a dos compañeros pertenecientes al Sindicato Nacional de Trabajadores de la Administración Pública, en ocasión del 50 Aniversario de la Funda-ción de la Fiscalía General de la República y de la creación del Sistema de Tribunales Po-pulares, en reconocimiento a la actitud destacada en la labor que desempeñan, a su ampliatrayectoria laboral, por los méritos alcanzados como resultado de ello, y por ser ejemplospara el desarrollo del sector que representan.

POR TANTO: En virtud de los fundamentos precedentes y de conformidad con el

Artículo 128, inciso ñ) de la Constitución de la República de Cuba, he decidido dictarel siguiente:

DECRETO PRESIDENCIAL 719

PRIMERO: Otorgar el Título Honorífico de “Héroe del Trabajo de la República de Cuba” a los compañeros siguientes:

1. LUIS LORENZO PALENZUELA PAEZ

2. PLÁCIDO BATISTA VERANES

SEGUNDO: El Secretario General de la Central de Trabajadores de Cuba queda encar-gado de disponer lo relacionado con la entrega de este Título, así como con la imposiciónde la Medalla “Estrella de Oro del Trabajo”, insignia que lo representa, lo cual se efec-tuará en acto solemne en ocasión del 50 Aniversario de la Fundación de las Fiscalías y Tribunales.

98

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

DADO en el Palacio de la Revolución, a los 27 días del mes de noviembre de 2023,“Año 65 de la Revolución”.

Miguel Díaz-Canel Bermúdez

Presidente de la República

________________