Decreto Presidencial 734
El Decreto-Presidencial No. 734 regula el otorgamiento de la Medalla de la Amistad a personalidades y entidades que se destacan en la construcción de una sociedad más justa y en la amistad y cooperación con Cuba. Fue emitido por el Presidente de la República de Cuba, Miguel Díaz-Canel Bermúdez, en virtud de la atribución conferida en la Constitución de la República.
- La Medalla de la Amistad se otorga a ciudadanos, organizaciones o instituciones que se destaquen en la construcción de una sociedad más justa y en la amistad y cooperación con Cuba.
- Se otorga a 3 personalidades: Kieran Jack Ginley, Gianni Gatto y Beata Karon.
- También se otorga a 2 Asociaciones de Amistad con Cuba: 'José Martí' de Turquía y el pueblo de Etiopía, y a la Sociedad de Amigos de Cuba en Sudáfrica.
- El presidente del Instituto Cubano de Amistad con los Pueblos queda encargado de la entrega de la Medalla a los condecorados.
- La Medalla se otorga en reconocimiento al apoyo al fortalecimiento y profundización de los vínculos con el pueblo cubano.
Texto íntegro
GOC-2024-21-EXE1 MIGUEL DÍAZ-CANEL BERMÚDEZ, Presidente de la República.
HAGO SABER: Que en el ejercicio de la atribución conferida en el
Artículo 128, inciso r), de la Constitución de la República de Cuba, he considerado lo siguiente:
POR CUANTO: El Decreto-Ley 30, de 10 de diciembre de 1979, crea la Medalla “De la Amistad”, la que se otorga a ciudadanos, organizaciones o instituciones, cubanos o extranjeros, que en forma individual o colectiva se destaquen en su actividad dirigida al logro de la construcción de una sociedad más justa y por estrechar los vínculos de amistad fraternal, cooperación y ayuda mutua entre los pueblos.
POR CUANTO: El presidente del Instituto Cubano de Amistad con los Pueblos ha propuesto otorgar dicha Medalla a tres personalidades, a dos Asociaciones de Amistad con Cuba “José Martí” de Turquía y el pueblo de Etiopía y a la Sociedad de Amigos de Cuba en Sudáfrica, en reconocimiento a su apoyo al fortalecimiento y profundización de los vínculos con nuestro pueblo, fundamentados en la hermandad, solidaridad y cooperación tanto en el plano político como laboral; a las excelentes relaciones históricas con nuestro pueblo; así como por la destacada participación en campañas en defensa de la Revolución y denuncia a las agresiones contra Cuba, en especial las relativas a la condena al injustobloqueo económico, comercial y financiero de los Estados Unidos.
POR TANTO: En virtud de los fundamentos precedentes y de conformidad con el
Artículo 128, inciso ñ), de la Constitución de la República de Cuba, he decidido dictar el siguiente:DECRETO PRESIDENCIAL 734
PRIMERO: Otorgar la Medalla “De la Amistad” a las personalidades, Asociaciones y Sociedad que se relacionan a continuación: 1. KIERAN JACK GINLEY 2. GIANNI GATTO 3. BEATA KARON 4. ASOCIACIÓN DE AMISTAD CON CUBA “JOSÉ MARTÍ” DE TURQUÍA 5. ASOCIACIÓN DE AMISTAD ENTRE LOS PUEBLOS DE ETIOPÍA Y CUBA 6. SOCIEDAD DE AMIGOS DE CUBA EN SUDÁFRICA
SEGUNDO: El presidente del Instituto Cubano de Amistad con los Pueblos queda encargado con la entrega de la Medalla a los condecorados.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DADO en el Palacio de la Revolución, a los 28 días del mes de diciembre de 2023, “Año 65 de la Revolución”.Miguel Díaz-Canel Bermúdez Presidente de la República________________