Decreto Presidencial 739

Otorgar la Orden “Carlos J. Finlay”

Organismo
Presidente de la República
Fecha emisión
2024-01-09
Publicada en
Gaceta No. 4 Extraordinaria Especial de 2024 (2024-02-12)
Páginas
2–4
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El Decreto Presidencial No. 739 regula la concesión de la Orden 'Carlos J. Finlay' a ciudadanos cubanos y extranjeros por méritos en ciencias naturales o sociales. La Orden es emitida por el Presidente de la República de Cuba.

Texto íntegro

MIGUEL DÍAZ-CANEL BERMÚDEZ, Presidente de la República.

HAGO SABER: Que en el ejercicio de la atribución conferida en el

Artículo 128,inciso r), de la Constitución de la República, he considerado lo siguiente:

POR CUANTO: El Decreto-Ley 30, de 10 de diciembre de 1979, dispuso la ratificacióncon una nueva estructura de la Orden “Carlos J. Finlay”, la que se otorga a ciudadanoscubanos y extranjeros en reconocimiento a extraordinarios méritos y valiosos aportes aldesarrollo de las ciencias naturales o sociales, a actividades científicas o de investigación,que hayan contribuido de forma excepcional al progreso de las ciencias y en beneficio dela humanidad, y en especial a la preservación y mejoramiento de la salud y bienestar delpueblo.

POR CUANTO: El ministro de Salud Pública ha propuesto otorgar dicha Orden, a vein-tiséis destacados profesores, a una institución docente y al Centro para la Investigación y Rehabilitación de las Ataxias Hereditarias “Carlos J. Finlay”, en reconocimiento a los resul-tados obtenidos en sus actividades docentes e investigativas, con el objetivo de mejorar lasalud y el bienestar de las personas, de un alto valor científico e impacto para la medicina,con lo cual han contribuido al prestigio y desarrollo de las ciencias en nuestro país.

POR TANTO: En virtud de los fundamentos precedentes y de conformidad conel

Artículo 128, inciso ñ), de la Constitución de la República de Cuba, he decididodictar el siguiente:

12/02/2024

12

DECRETO PRESIDENCIAL 739

PRIMERO: Otorgar la Orden “Carlos J. Finlay” a los veintiséis profesores y dos insti-tuciones que se relacionan en los anexos de este Decreto Presidencial.

SEGUNDO: El ministro de Salud Pública queda encargado de lo relacionado con laimposición de esta Orden a los condecorados.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

DADO en el Palacio de la Revolución, a los 9 días del mes de enero de 2024, “Año 66 de la Revolución”.

Miguel Díaz-Canel Bermúdez

Presidente de la República

ANEXO I

ORDEN “CARLOS J FINLAY”

FUERZAS ARMADAS REVOLUCIONARIAS

1. Dra. C. ENIA RAMÓN MUSIBAY

2. Dr. C. CARLOS JORGE HIDALGO MESA

3. Dra. C. BÁRBARA FRANCISCA TOLEDO PIMENTEL

4. Dra. C. BIRSY SUÁREZ RIVERO

5. Dr. C. JUAN MIGUEL RODRÍGUEZ RUEDA

6. Dr. C. WILFREDO DE JESÚS MACHÍN CABRERA

7. Dr. C. YGNACIO PAULINO YGUALADA CORREA

8. Dr. C. RENÉ SANTIAGO BORGES SANDRINO

9. Dra. C. IVONNE CEPERO RODRÍGUEZ

MINISTERIO DEL INTERIOR

10. Dr. C. LEOPOLDO JOSÉ ARAUJO PRADERE

11. Dra. C. KAREL DURÁN MARRERO

12. Dr. C. JAVIER LUIS FIGUEREDO MÉNDEZ

13. Dra. C. TANIA ROIG ÁLVAREZ

UNIVERSIDAD DE CIENCIAS MÉDICAS DE LA HABANA

14. Dra. C. MARÍA MARGARITA VALDÉS-DAPENA VIVANCO

UNIVERSIDAD DE CIENCIAS MÉDICAS DE CAMAGÜEY

15. Dra. C. MARÍA CRISTINA PÉREZ GUERRERO

UNIVERSIDAD DE CIENCIAS MÉDICAS DE HOLGUÍN

16. Dr. C. DIEGO AMBROSIO NÁPOLES RIAÑO

17. Dra. C. YANET HIDALGO MARRERO

18. Dr. PEDRO MARTÍNEZ MAHIQUES

19. Dr. C. RAFAEL MANUEL TRINCHET SOLER

20. Dra. C. JACQUELINE MEDRANO MONTERO

UNIVERSIDAD DE CIENCIAS MÉDICAS DE GRANMA

21. Dr. C. JULIO CÉSAR GONZÁLEZ AGUILERA

22. Dr. C. ALEXIS ÁLVAREZ ALIAGA

13

UNIVERSIDAD DE CIENCIAS MÉDICAS DE SANTIAGO DE CUBA

23. MCs. ROSA JULIA ROBINSON RODRÍGUEZ

24. Dr. C. LUÍS EUGENIO VALDÉS GARCÍA

25. Dra. C. DAMARIS FUENTES PELIER

UNIVERSIDAD DE CIENCIAS MÉDICAS DE GUANTÁNAMO

26. Dra. C. ANSELMA BETANCOURT PULSÁN

ANEXO II

ORDEN “CARLOS J FINLAY”

INSTITUCIONES

1. ESCUELA NACIONAL DE SALUD PÚBLICA

2. CENTRO PARA LA INVESTIGACIÓN Y REHABILITACIÓN DE LAS ATAXIASHEREDITARIAS “CARLOS J. FINLAY”

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