Decreto Presidencial 744
El Decreto-Presidencial No. 744 otorga la Medalla Alejo Carpentier a Fernando Manuel Rojas Gutiérrez. La Medalla Alejo Carpentier se otorga a ciudadanos cubanos y extranjeros en reconocimiento a relevantes méritos alcanzados y a la destacada labor realizada en la creación, interpretación, promoción y organización artística y cultural. Esta norma es emitida por el Presidente de la República de Cuba.
- La Medalla Alejo Carpentier se creó mediante el Decreto-Ley 30 de 1979.
- Se otorga a Fernando Manuel Rojas Gutiérrez por sus méritos en la creación y promoción de la identidad cultural cubana.
- Rojas Gutiérrez es asesor del ministro de Cultura y ha desarrollado una destacada labor en la organización y funcionamiento del Consejo Nacional de las Artes Escénicas.
- El ministro de Cultura queda encargado de la imposición de la Medalla al condecorado.
- La Medalla Alejo Carpentier reconoce relevantes méritos en la creación, interpretación, promoción y organización artística y cultural.
Texto íntegro
MIGUEL DÍAZ-CANEL BERMÚDEZ, Presidente de la República.
HAGO SABER: Que en el ejercicio de la atribución conferida en el
Artículo 128,inciso r), de la Constitución de la República, he considerado lo siguiente:
POR CUANTO: El Decreto-Ley 30, de 10 de diciembre de 1979, modificado por el Decreto-Ley 59, de 16 de octubre de 1982, dispone la creación de la Medalla Alejo Car-pentier, la que se otorga a ciudadanos cubanos y extranjeros en reconocimiento a rele-vantes méritos alcanzados y a la destacada labor realizada en la creación, interpretación,promoción y organización artística y cultural.
POR CUANTO: El ministro de Cultura ha propuesto otorgar dicha Medalla, a Fernando Manuel Rojas Gutiérrez, asesor del ministro de Cultura, en reconocimien-to a los relevantes méritos obtenidos en las diferentes responsabilidades asignadas; al pres-tigio alcanzado en la creación y promoción de nuestra identidad cultural; a la labordesarrollada en la organización y funcionamiento del Consejo Nacional de las Artes Escénicas, siendo además, merecedor del respeto de intelectuales, creadores y artistas,por su vínculo permanente con estos, y por su defensa y contribución al fortalecimientode la política cultural de la Revolución.
POR TANTO: En virtud de los fundamentos precedentes y de conformidad con el
Artículo 128, inciso ñ), de la Constitución de la República de Cuba, he decidido dictar elsiguiente:
DECRETO PRESIDENCIAL 744
PRIMERO: Otorgar la Medalla Alejo Carpentier a Fernando Manuel Rojas Gu-tiérrez.
12/02/2024
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SEGUNDO: El ministro de Cultura queda encargado de lo relacionado con la imposi-ción de esta Medalla al condecorado.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DADO en el Palacio de la Revolución, a los 24 días del mes de enero de 2024,“Año 66 de la Revolución”.
Miguel Díaz-Canel Bermúdez
Presidente de la República