Decreto Presidencial 764

Otorgar la Orden “Carlos J. Finlay”

Organismo
Presidente de la República
Fecha emisión
2024-03-07
Publicada en
Gaceta No. 6 Extraordinaria Especial de 2024 (2024-03-20)
Páginas
2–3
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El Decreto Presidencial No. 764 otorga la Orden 'Carlos J. Finlay' a ciudadanos cubanos y extranjeros por méritos en ciencias naturales o sociales. La Orden es emitida por el Presidente de la República de Cuba.

Texto íntegro

GOC-2024-183-EXE6 MIGUEL DÍAZ-CANEL BERMÚDEZ, Presidente de la República.

HAGO SABER: Que en el ejercicio de la atribución conferida en el

Artículo 128, inciso r), de la Constitución de la República, he considerado lo siguiente:

POR CUANTO: El Decreto-Ley 30, de 10 de diciembre de 1979, dispuso la ratificación con una nueva estructura de la Orden “Carlos J. Finlay”, la que se otorga a ciudadanos cubanos y extranjeros en reconocimiento a extraordinarios méritos y valio-sos aportes al desarrollo de las ciencias naturales o sociales, a actividades científicas o deinvestigación que hayan contribuido de forma excepcional al progreso de las ciencias yen beneficio de la humanidad; también se otorga a instituciones y a colectivos de trabajadores cubanos y extranjeros por análogos motivos.

POR CUANTO: El ministro de Salud Pública ha propuesto otorgar dicha Orden, a siete profesores y cuatro instituciones docentes, como reconocimiento a su intensa actividad investigativa y docente que lo han hecho acreedores de extraordinarios méritos, a los resultados obtenidos por valiosos aportes en el avance de las ciencias, con el objetivo de mejorar la salud y el bienestar de las personas, así como a su contribuciónal prestigio y desarrollo de las ciencias en nuestro país de un alto valor científico e impacto para la medicina.

POR TANTO: En virtud de los fundamentos precedentes y de conformidad con el

Artículo 128, inciso ñ), de la Constitución de la República de Cuba, he decidido dictar el siguiente:

DECRETO PRESIDENCIAL 764

PRIMERO: Otorgar la Orden “Carlos J. Finlay” a profesores e instituciones docentes que se relacionan en los anexos I y II de este Decreto Presidencial.

SEGUNDO: El ministro de Salud Pública queda encargado de lo relacionado con la imposición de esta Orden a los condecorados.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

DADO en el Palacio de la Revolución, a los 7 días del mes de marzo de 2024, “Año 66 de la Revolución”.Miguel Díaz-Canel Bermúdez Presidente de la República ANEXO IORDEN “CARLOS J FINLAY” PROFESORES1. MSc.Dr. JORGE JOSÉ PÉREZ ASSEF 2. Dr. C. ÁNGEL JESÚS LACERDA GALLARDO 3. Dr. C. EDUARDO BENIGNO RIVAS ESTANY 4. Dr. C. JOSÉ IGNACIO FERNÁNDEZ MONTEQUÍN 5. Dr. C. JORGE FRAGA NODARSE 6. Dr. C. MARÍA TERESA ILLNAIT ZARAGOZÍ 7. Dr. C. EUGENIO SELMAN-HOUSEIN SOSA ANEXO IIORDEN “CARLOS J FINLAY” INSTITUCIONES1. ESCUELA LATINOAMERICANA DE MEDICINA 2. UNIVERSIDAD DE CIENCIAS MÉDICAS DE VILLA CLARA 3. UNIVERSIDAD DE CIENCIAS MÉDICAS DE HOLGUÍN 4. UNIVERSIDAD DE CIENCIAS MÉDICAS DE SANTIAGO DE CUBA