Decreto Presidencial 82
El Decreto-Presidencial No. 82 otorga la medalla 'Romárico Cordero' a campesinos cubanos. La medalla se otorga en reconocimiento a relevantes méritos alcanzados y a su activa participación en el desarrollo agropecuario. Es emitido por el Presidente de la República de Cuba.
- Se otorga por méritos alcanzados y participación en el desarrollo agropecuario (Artículo 1).
- Se otorga a cooperativistas propuestos por el Buró Nacional de la Asociación Nacional de Agricultores Pequeños (ANAP).
- La medalla se impone en ocasión de celebrarse el 17 de mayo el día del campesino.
- El presidente de la ANAP queda encargado de la imposición de la medalla (Artículo 2).
- Se otorga a 40 cooperativistas cuyos nombres se relacionan en el Anexo.
Texto íntegro
MIGUEL DÍAZ- CANEL BERMÚDEZ, Presidente de la República.
HAGO SABER: Que en el ejercicio de la atribución conferida en el
Artículo 128,inciso r) de la Constitución de la República, he considerado lo siguiente,
POR CUANTO: El Decreto-Ley No. 30, del 10 de diciembre de 1979, dispuso lacreación de la medalla “Romárico Cordero”, la que se otorga a campesinos cubanos enreconocimiento a relevantes méritos alcanzados y a su activa participación en el desarrolloagropecuario de nuestro país, o por su contribución destacada a la transformación haciaformas superiores de producción y cooperación agrícola, así como a aquellos queparticiparon en las luchas por la liberación nacional y por la defensa del derecho de loscampesinos a la tierra.
POR CUANTO: El Buró Nacional de la Asociación Nacional de Agricultores Pequeñosha propuesto otorgar dicha condecoración, en ocasión de celebrarse el diecisiete de mayoel día del campesino, a los cooperativistas que se relacionan en anexo a este Decreto Presidencial, en reconocimiento a la trayectoria revolucionaria, a su labor y consagración,así como a sus méritos laborales en el trabajo agropecuario del país.
POR TANTO: En virtud de los fundamentos precedentes y de conformidad con elartículo 128, inciso ñ) de la Constitución de la República, he decidido dictar el siguiente:
DECRETO PRESIDENCIAL No. 82
PRIMERO: Otorgar la medalla “Romárico Cordero” a los cooperativistas que serelacionan en el Anexo de este Decreto Presidencial.
SEGUNDO: El presidente de la Asociación Nacional de Agricultores Pequeños quedaencargado con la imposición de la medalla a los condecorados.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DADO en el Palacio de la Revolución, a los 6 días del mes de mayo de 2020. “AÑO 62 DE LA REVOLUCIÓN”.
Miguel Díaz-Canel Bermúdez
Presidente de la República
ANEXO
“MEDALLA “ROMÁRICO CORDERO”
1. ANÍBAL BARREDO ACOSTA
2. MARIO LUIS BARRIOS BARRIOS
3. YULEIDYS MENÉNDEZ SEIJO
4. ERNESTO RODRÍGUEZ MESA
5. CARLOS ENRIQUE GONZÁLEZ GARCÍA
6. ROSA GUTIERREZ BARBERÍA
7. JORGE GARCÍA MOLEIRO
8. NURIA ROGER MUÑIZ
9. MISAEL PONCE LUGO
10. MANUEL DELGADO ARMAS
11. RODOLFO PRUDENCIO LORENZO HERNÁNDEZ
12. OLGA LYDIA JIMÉNEZ DELGADO
13. CHARLES CASTILLO PERDOMO
14. MARÍA ESTHER COBAS DELGADO
15. EDUARDO QUINTANA IGLESIAS
16. BETSY ARROYO RAFULS
17. RENÉ ENULFO PÉREZ HERNÁNDEZ
18. JOSÉ LUIS IBAÑEZ RUIZ
19. MARTHA ELVRA ACOSTA GARCÍA
20. PEDRO FELIPE ÁLVAREZ JIMÉNEZ
21. RENÉ DÍAZ CABRERA
22. ARIEL ADOLFO GÓMEZ FUNES
23. DIONISIO DANIEL PÉREZ DÍAZ
24. ASELA SUÁREZ CONCEPCIÓN
25. FIDEL VICTORIANO CRUZ CARBONELL
26. NELSON MOREJÓN ROMO
27. MARCELO VELAZCO SOLER
28. ISABEL CRISRINA CASTRO SANTIESTEBAN
29. JUAN FLORENTINO ACOSTA SORIA
30. RAÚL GUERRA GONZÁLEZ
31. RUBIEL LÓPEZ CHECA
32. SONIA ADELAIDA CHACÓN FERNÁNDEZ
33. OCTAVIO ORO SALVIA
34. LUIS ENRIQUE PÉREZ JARDINES
35. ARMANDO GÓMEZ DELFÍN
36. VICENTE PIÑA SÁNCHEZ
37. LEONARDO MARTÍNEZ ESCALONA
38. YORGEL SIUL DOMÍNGUEZ
39. OSCAR MUÑOZ DE LA CRUZ
40. CARIDAD ANDÚJAR VEGA