Decreto Presidencial 881
El Decreto Presidencial No. 881 otorga el Título Honorífico de Héroe del Trabajo de la República de Cuba. Esta norma es emitida por el Presidente de la República, Miguel Díaz-Canel Bermúdez, en virtud de la atribución conferida en el Artículo 128, inciso r), de la Constitución de la República.
- El Título Honorífico de 'Héroe del Trabajo de la República de Cuba' se otorga por extraordinarios méritos en el trabajo creador o luchas por conquistas y defensa de logros e intereses de la clase obrera.
- El General de Brigada JUAN ISRAEL CERVANTES TABLADA es galardonado con carácter póstumo.
- El Decreto-Ley 30 de 1979 creó el Título Honorífico de 'Héroe del Trabajo de la República de Cuba'.
- El título se otorga por su destacada trayectoria militar y gestión como director general de la Unión de Industrias Militares.
- El ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias queda encargado de la entrega del título.
Texto íntegro
MIGUEL DÍAZ-CANEL BERMÚDEZ, Presidente de la República.
HAGO SABER: Que en el ejercicio de la atribución conferida en el
Artículo 128,inciso r), de la Constitución de la República, he considerado lo siguiente:
POR CUANTO: El Decreto-Ley 30, de 10 de diciembre de 1979, dispuso la creacióndel Título Honorífico de “Héroe del Trabajo de la República de Cuba”, el que se otorga aciudadanos cubanos y extranjeros en reconocimiento a extraordinarios méritos alcanza-dos en el trabajo creador o en las luchas por las conquistas y en defensa de los logros eintereses de la clase obrera, así como por la práctica consecuente y aportes valiosos al inter-nacionalismo proletario.
POR CUANTO: El ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias ha propuestootorgar dicho Título al General de Brigada JUAN ISRAEL CERVANTES TABLADA,con carácter póstumo, en reconocimiento a su destacada trayectoria militar que lo hicieronacreedor de diferentes condecoraciones y éxitos relevantes en su gestión como director generalde la Unión de Industrias Militares, durante más de 15 años, cumpliendo importantestareas asignadas por la máxima dirección del país y el MINFAR, donde garantizó las res-puestas técnica-efectivas a las necesidades de la Economía y la Defensa Nacional; por sudedicación y responsabilidad en el trabajo, al aplicar métodos y estilos de dirección quepermitieron mantener y elevar los resultados económicos y productivos en la Unión de
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Industrias Militares; así como por su actitud meritoria en interés del aseguramiento a lasacciones en el enfrentamiento a la COVID-19.
POR TANTO: En virtud de los fundamentos precedentes y de conformidad con el Artícu-lo 128, inciso ñ), de la Constitución de la República de Cuba, he decidido dictar el siguiente:
DECRETO PRESIDENCIAL 881
PRIMERO: Otorgar el Título Honorífico de “Héroe del Trabajo de la Repúblicade Cuba”, con carácter póstumo al General de Brigada JUAN ISRAEL CERVANTESTABLADA.
SEGUNDO: El ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias queda encargado dedisponer lo relacionado con la entrega de este Título.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DADO en el Palacio de la Revolución, a los 11 días de mes de septiembre de 2024,“Año 66 de la Revolución”.
Miguel Díaz-Canel Bermúdez
Presidente de la República