Decreto Presidencial 887

Modificación de los anexos del Decreto Presidencial 262

Organismo
Presidente de la República
Fecha emisión
2024-09-16
Publicada en
Gaceta No. 20 Extraordinaria Especial de 2024 (2024-11-13)
Páginas
2–4
Descargar PDF de la gaceta
Resumen generado por IA

El Decreto Presidencial 887 modifica los anexos del Decreto Presidencial 262, que regulan el Consejo Nacional de Innovación. Este consejo fue creado para gestionar la innovación en Cuba y está presidido por el Presidente de la República. El decreto es emitido por el Presidente de la República de Cuba.

Texto íntegro

GOC-2024-607-EXE20 MIGUEL DÍAZ CANEL BERMÚDEZ, Presidente de la República.

HAGO SABER: Que en el ejercicio de la facultad que me está conferida en virtud del

Artículo 125, de la Constitución de la República de Cuba, he considerado lo siguiente:

POR CUANTO: El Acuerdo 156 del Consejo de Estado, de 13 de abril de 2021, que crea el Consejo Nacional de Innovación con el objetivo de gestionar con éxito la innovación en el país, dispone que este órgano está presidido por el Presidente de la República; determina los miembros permanentes que lo integran, y establece que el Presidente del Consejo puede designar a otros miembros para que lo integre.

POR CUANTO: Mediante el Decreto Presidencial 262, de 21 de mayo de 2021, se aprueba el Reglamento del Consejo Nacional de Innovación y se designan en sus anexos I y II los demás miembros que integran este órgano y los del Equipo Ejecutivo que lo auxilia para su funcionamiento, los que resultan necesario actualizar.

POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me han sido conferidas en el

Artículo 128, incisos b), ñ) y x), de la Constitución de la República, he decidido dictar el siguiente:DECRETO PRESIDENCIAL 887

ÚNICO: Modificar los anexos I y II del Decreto Presidencial 262, de 21 de mayode 2021, en lo referente a los demás miembros que integran el Consejo Nacional de Innovación y los que componen su Equipo Ejecutivo, según se describe en los anexos del presente Decreto Presidencial.

DISPOSICIÓN FINALÚNICA: Este Decreto Presidencial entra en vigor a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.COMUNÍQUESE a los interesados, a los miembros del Consejo Nacional de Innovación, y del Consejo de ministros y a cuantas personas naturales y jurídicas corresponda.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

DADO en el Palacio de la Revolución, a los 16 días del mes de septiembre de 2024, “Año 66 de la Revolución”.Miguel Díaz-Canel Bermúdez Presidente de la República ANEXO IRELACIÓN DE LOS DEMÁS MIEMBROS DEL CONSEJO NACIONAL DE INNOVACIÓN No. Nombre Institución a que pertenece 1. Vilma Hidalgo de los Santos Universidad de La Habana 2. Agustín Lage Dávila Bio Cuba Farma 3. Mercedes Delgado García Escuela Superior de Cuadros del Estado y del Gobierno 4. Carlos Rodríguez Castellanos Universidad de La Habana 5. Armando Cuesta Santos Universidad Tecnológica de La Habana José Antonio Echeverría, CUJAE 6. Jesús Reyes Ríos Jefe del Departamento de Ciencia y Técnica del Ministerio de las Fuerzas Armadas Revolucionarias 7. Erick León Basaco Director Empresa Agropecuaria de Melena del Sur 8. Reinaldo Luis González Presidente GESIME 9. Rafael Luis Torralbas Ezpeleta Director del Parque Científico Tecnológicode La Habana 10. Gilberto Quevedo Sotolongo Presidente de la Sociedad de Interfaz de Ciencia y Tecnología de la Universidad Central Marta Abreu de Las Villas

ANEXO IIINTEGRANTES DEL EQUIPO EJECUTIVO No. Nombre Institución 1. Jorge Núñez Jover Universidad de La Habana 2. Aurora Fernández González Asesora 3. Armando Rodríguez Batista Viceministro Jefe de la Secretaría Técnica del Macroprograma de Ciencia, Tecnología e Innovación 4. Manuel Alomá Herrera Jefe de Despacho