Decreto Presidencial 895

Otorgamiento de la Medalla De la Amistad

Organismo
Presidente de la República
Fecha emisión
2024-09-25
Publicada en
Gaceta No. 22 Extraordinaria Especial de 2024 (2024-11-29)
Páginas
2–3
Descargar PDF de la gaceta
Resumen generado por IA

El Decreto-Presidencial No. 895 regula el otorgamiento de la Medalla De la Amistad. Fue emitido por el Presidente de la República de Cuba, Miguel Díaz-Canel Bermúdez, en virtud de la atribución conferida en el Artículo 128, inciso r), de la Constitución de la República de Cuba.

Texto íntegro

GOC-2024-651-EXE22 MIGUEL DÍAZ-CANEL BERMÚDEZ, Presidente de la República.

HAGO SABER: Que en el ejercicio de la atribución conferida en el

Artículo 128, inciso r), de la Constitución de la República de Cuba, he considerado lo siguiente:

POR CUANTO: El Decreto-Ley 30, de 10 de diciembre de 1979, crea la Medalla “De la Amistad”, la que se otorga a ciudadanos, organizaciones o instituciones, cubanos o extranjeros, que en forma individual o colectiva se destaquen en su actividad dirigida al logro de la construcción de una sociedad más justa, y por estrechar los vínculos de amistad fraternal, cooperación y ayuda mutua entre los pueblos.

POR CUANTO: El presidente del Instituto Cubano de Amistad con los Pueblos ha propuesto otorgar dicha Medalla, a seis personalidades, en reconocimiento a su apoyo al fortalecimiento y profundización de los vínculos con nuestro pueblo, fundamentados en la hermandad, solidaridad y cooperación tanto en el plano político como laboral; a las excelentes relaciones históricas con nuestro país, así como a su respeto, admiración y gratitud por la Revolución cubana.

POR TANTO: En virtud de los fundamentos precedentes y de conformidad con el

Artículo 128, inciso ñ), de la Constitución de la República de Cuba, he decidido dictar el siguiente:DECRETO PRESIDENCIAL 895

PRIMERO: Otorgar la Medalla “De la Amistad” a las personalidades que se relacionan a continuación: 1. VICTORIANO FERNÁNDEZ 2. DIDIER LALANDE

. FABRICE LACLERC 4. JEAN MICHELLE GRAMMOND 5. LEÓN LANDINI 6. CHARLES BOUHANA

SEGUNDO: El presidente del Instituto Cubano de Amistad con los Pueblos queda encargado con la entrega de la Medalla a los condecorados.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

DADO en el Palacio de la Revolución, a los 25 días del mes de septiembre de 2024, “Año 66 de la Revolución”.Miguel Díaz-Canel Bermúdez Presidente de la República