Decreto Presidencial 985

Otorgar la Medalla Hazaña Laboral

Organismo
Presidente de la República
Fecha emisión
2024-04-04
Publicada en
Gaceta No. 5 Extraordinaria Especial de 2025 (2025-05-15)
Páginas
16–17
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El Decreto Presidencial No. 985 otorga la Medalla Hazaña Laboral a trabajadores cubanos y extranjeros destacados. La norma es emitida por el Presidente de la República, Miguel Díaz-Canel Bermúdez, en virtud de la atribución conferida en el Artículo 128, inciso r) de la Constitución de la República.

Texto íntegro

MIGUEL DÍAZ-CANEL BERMÚDEZ, Presidente de la República.

HAGO SABER: Que en el ejercicio de la atribución conferida en el

Artículo 128, in-ciso r) de la Constitución de la República, he considerado lo siguiente:

POR CUANTO: El Decreto-Ley 30, de 10 de diciembre de 1979, dispuso la creaciónde la Medalla Hazaña Laboral, la que se otorga a ciudadanos y a colectivos de trabajado-res cubanos y extranjeros que siendo fieles a los principios de la clase obrera se destaquenen el cumplimiento de las tareas que les han sido asignadas y contribuyen de forma nota-ble al desarrollo económico y social de nuestro país.

POR CUANTO: El secretario general de la Central de Trabajadores de Cuba ha pro-puesto otorgar dicha condecoración a veintitrés trabajadores destacados, pertenecientes al Sindicato Nacional de Trabajadores de la Construcción, en reconocimiento a los resulta-dos relevantes que han mantenido durante su trayectoria laboral y sindical, así como porsu participaron en la recuperación, tras los daños ocasionados por el paso de los huracanes Rafael y Oscar por las provincias occidentales y orientales.

POR TANTO: En virtud de los fundamentos precedentes y de conformidad con el

Artículo 128, inciso ñ) de la Constitución de la República, he decidido dictar el siguiente:

DECRETO PRESIDENCIAL 985

PRIMERO: Otorgar la Medalla Hazaña Laboral a los trabajadores destacados relacio-nados en el Anexo Único de este Decreto Presidencial.

SEGUNDO: El secretario general de la Central de Trabajadores de Cuba queda encar-gado con la imposición y entrega de la Medalla a los condecorados.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

DADO en el Palacio de la Revolución, a los 4 días del mes de abril de 2024,“Año 66 de la Revolución”.

Miguel Díaz-Canel Bermúdez

Presidente de la República

ANEXO ÚNICO

MEDALLA HAZAÑA LABORAL

TRABAJADORES DESTACADOS

1. JOSÉ ANTONIO MIRABAL MARTÍNEZ

2. PEDRO HERNÁNDEZ CÓRDOVA

3. ISRAEL NODARSE ARZOLA

4. ANTONIO MORALES LUQUEZ

5. YURIANDY PÉREZ CARDENTEY

6. ROLANDO LÁZARO PÉREZ ÁVILA

7. REINALDO FONSECA GONZÁLEZ

8. ALCIDES REYES VARGAS

9. CONRADO GARRIDO VÁZQUEZ

10. MARCOS ALEJANDRO RAMÍREZ POMPA

11. ADRIÁN MULET LEYVA

12. JUAN FRANCISCO BATISTA ÁVILA

13. ROLBIS SÁNCHEZ PARRA

14. YORDANIS RICARDO FIGUEREDO

15. YUNIOR ANTONIO BAUTA ESPINOSA

16. EUDELIO RICARDO MONDEJA

17. JOEL DE JESÚS IGLESIAS REYES

18. DUVALIER LÓPEZ ÁLVAREZ

19. EVILIO LORA PÉREZ

20. JOSÉ ÁNGEL MASTRAPA MARTÍNEZ

21. YURISANDER MACHADO NÚÑEZ

22. ASDEL GONZÁLEZ CARMENATE

23. AGUSTÍN MIGUEL TORRES TORRES