Decreto Presidencial 994
El Decreto Presidencial No. 994 otorga el Título Honorífico de 'Héroe del Trabajo de la República de Cuba' a ciudadanos cubanos y extranjeros con méritos extraordinarios en el trabajo o luchas por conquistas de la clase obrera. Lo emite el Presidente de la República, Miguel Díaz-Canel Bermúdez, en virtud de la Constitución de la República.
- Otorga el Título Honorífico 'Héroe del Trabajo de la República de Cuba' a 12 compañeros de varios sindicatos nacionales.
- Se otorga en reconocimiento a méritos alcanzados en el trabajo y contribución a la economía nacional.
- El Título se otorga en ocasión del Día Internacional de los Trabajadores, el 1ro. de mayo de 2025.
- El secretario general de la Central de Trabajadores de Cuba se encarga de la entrega del Título y la Medalla 'Estrella de Oro del Trabajo'.
- El Decreto se basa en el Artículo 128, inciso r) y ñ) de la Constitución de la República de Cuba.
Texto íntegro
MIGUEL DÍAZ-CANEL BERMÚDEZ, Presidente de la República.
HAGO SABER: Que en el ejercicio de la atribución conferida en el
Artículo 128, in-ciso r) de la Constitución de la República, he considerado lo siguiente:
POR CUANTO: El Decreto-Ley 30, de 10 de diciembre de 1979, dispuso la creacióndel Título Honorífico de “Héroe del Trabajo de la República de Cuba”, el que se otorgaa ciudadanos cubanos y extranjeros en reconocimiento a extraordinarios méritos alcan-zados en el trabajo creador o en las luchas por las conquistas y en defensa de los logrose intereses de la clase obrera, así como por la práctica consecuente y aportes valiosos alinternacionalismo proletario.
POR CUANTO: El secretario general de la Central de Trabajadores de Cuba ha pro-puesto otorgar dicho Título a doce compañeros, pertenecientes a los sindicatos nacionalesde trabajadores Agropecuarios, Forestales y Tabacaleros, Azucareros, Civiles de la De-fensa, Construcción, Cultura, Energía y Minas, y Salud en ocasión de la celebración del 1 ro. de mayo de 2025, Día Internacional de los Trabajadores, en reconocimiento a la ac-titud destacada en la labor que desempeñan de forma ininterrumpida durante varios años,por los extraordinarios méritos alcanzados como resultado de ello, y su contribución a laeconomía nacional, además de ser ejemplo para el desarrollo del sector que representan.
POR TANTO: En virtud de los fundamentos precedentes y de conformidad con el Ar-tículo 128, inciso ñ) de la Constitución de la República de Cuba, he decidido dictar elsiguiente:
DECRETO PRESIDENCIAL 994
PRIMERO: Otorgar el Título Honorífico de “Héroe del Trabajo de la República de Cuba”, a los compañeros relacionados en el Anexo Único de este Decreto Presidencial.
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SEGUNDO: El secretario general de la Central de Trabajadores de Cuba queda encar-gado de disponer lo relacionado con la entrega de este Título, así como con la imposiciónde la Medalla “Estrella de Oro del Trabajo”, insignia que lo representa.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DADO en el Palacio de la Revolución, a los 14 días de mes de abril de 2025, “Año 67 de la Revolución”.
Miguel Díaz-Canel Bermúdez
Presidente de la República
ANEXO ÚNICO
TÍTULO HONORÍFICO “HÉROE DEL TRABAJO
DE LA REPÚBLICA DE CUBA”
SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES AGROPECUARIOS, FORES-TALES Y TABACALEROS
1. JULIA FUNDORA LÓPEZ
SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES AZUCAREROS
2. ROLANDO CARBÓ ÁVILA
SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA CONSTRUCCIÓN
3. TERESA LLUÍS ROJO
4. ÁNGEL NARCISO RODRÍGUEZ QUINTANA
SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA SALUD
5. ALEJANDRO PADILLA CONCEPCIÓN
6. MARÍA GUADALUPE GUZMÁN TIRADO
7. ÁNGEL PIRIZ MOMBLANT
SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA CULTURA
8. MIOZOTIS FABELO PINARES
SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE ENERGÍA Y MINAS
9. FRANCISCA SOTOLONGO GAVILÁN
SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES CIVILES DE LA DEFENSA
10. THAMARA MATILDE JUNCO CORTÉS
PROPUESTAS DEL MNFAR
11. JUAN DANIEL ZAYAS GUILLOT
12. GENERAL DE BRIGADA ALBERTO DÍAZ MARTÍNEZ