El Consejo de Estado de la República de Cuba emite un decreto para regular el duelo oficial y nacional por el fallecimiento del Presidente de la República Socialista de Viet Nam, Tran Dai Quang. El decreto establece las fechas y condiciones para el duelo.
- Duelo Oficial: 22-23 de septiembre, bandera a media asta en edificios públicos e instituciones militares.
- Duelo Nacional: 24 de septiembre, suspensión de espectáculos públicos y actividades festivas.
- La bandera de la estrella solitaria se iza a media asta durante el duelo.
- Ministros de Relaciones Exteriores, Fuerzas Armadas Revolucionarias y del Interior supervisan el cumplimiento del decreto.
- El decreto tiene vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
Texto íntegro
MIGUEL DÍAZ-CANEL BERMÚDEZ, Presidente del Consejo de Estado de la Repúblicade Cuba.
HAGO SABER: Que el Consejo de Estado, en uso de las atribuciones que le estánconferidas, ha acordado dictar el siguiente:
DECRETO
POR CUANTO: En el día de hoy falleció, a los 61 años de edad, el compañero TRANDAI QUANG, miembro del Partido Comunista, de la Asamblea Nacional y Presidente dela República Socialista de Viet Nam desde el año 2016, quien en todo momento demostrósimpatía, respeto y amistad hacia nuestro Pueblo, Partido y Gobierno; visitó nuestro paísen cuatro ocasiones, y fue condecorado con la Orden “José Martí”.
POR TANTO: El Consejo de Estado de la República de Cuba,
R e s u e l v e :
PRIMERO: Decretar Duelo Oficial, a partir de las 6:00 a.m del sábado 22 de septiem-bre hasta las 12:00 de la noche del domingo 23.
SEGUNDO: Decretar Duelo Nacional el lunes 24 a partir de las 6:00 a.m. hasta las 12:00 de la noche del propio día.
TERCERO: Mientras estén vigentes, tanto el Duelo Oficial como el Nacional, la ban-dera de la estrella solitaria será izada a media asta en los edificios públicos e institucionesmilitares y durante el Duelo Nacional, además, quedan suspendidos todos los espectácu-los públicos y actividades festivas.
CUARTO: Los ministros de Relaciones Exteriores, de las Fuerzas Armadas Revolu-cionarias y del Interior, quedan encargados del cumplimiento de lo dispuesto en el pre-sente Decreto.
QUINTO: Publíquese en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los 21 días del mes de sep-tiembre de 2018.
MIGUEL DÍAZ-CANEL BERMÚDEZ
Presidente del Consejo
de Estado
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MINISTERIO
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