Dictamen 448

Supresión Recíproca del Requisito de Visado en Pasaportes Diplomáticos, Especiales y de Servicio entre Cuba y Catar

Organismo
Consejo de Estado de la República de Cuba
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 25 Ordinaria de 2016 (2016-06-20)
Páginas
5
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Texto íntegro

RAÚL CASTRO RUZ, Presidente del Consejo de Estado de la República de Cuba, envirtud de lo establecido en el artículo 93, inciso j) de la Constitución de la República, yen cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 26 y 27 del Decreto-Ley número 191, defecha 8 de marzo de 1999, “De los Tratados Internacionales”.

SABED: Que el 23 de noviembre de 2015, fue firmado en La Habana el Acuerdorelativo a la Supresión Recíproca del Requisito de Visado en Pasaportes Diplomáticos,Especiales y de Servicio entre el Gobierno de la República de Cuba y el Gobierno del Estado de Catar.

QUE el Consejo de Ministros de la República de Cuba, haciendo uso de las facultadesque le otorga el inciso ch), del artículo 98 de la Constitución de la República, con fecha 20 de febrero de 2016 acordó aprobar y someter a la ratificación del Consejo de Estadoel Acuerdo relativo a la Supresión Recíproca del Requisito de Visado en Pasaportes Diplomáticos, Especiales y de Servicio entre el Gobierno de la República de Cuba y el Gobierno del Estado de Catar.

QUE el Consejo de Estado, en uso de las atribuciones que le están conferidas en elinciso m) del artículo 90 de la Constitución de la República, el día 16 de marzo de 2016 acordó la ratificación de Cuba al citado Acuerdo.

QUE el día 28 de marzo de 2016, el Gobierno de la República de Cuba le comunicóal Gobierno del Estado de Catar el cumplimiento de sus requisitos legales internos parala entrada en vigor del referido Acuerdo y, a su vez, con anterioridad, el 10 de marzo de 2016, el Gobierno del Estado de Catar le comunicó al Gobierno de la República de Cubael cumplimiento de sus requisitos legales internos, a los fines de su entrada en vigor el día 28 de marzo de 2016, conforme al artículo 13 del mismo.

POR TANTO:El Presidente del Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso delas atribuciones que le están conferidas, dispone que se publique la presentePROCLAMAen la Gaceta Oficial de la República, a los efectos procedentes.

DADA en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los 11 días del mes de abril de 2016.

Raúl Castro Ruz

Presidente del Consejo

de Estado

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