Instrucción 269
La Instrucción No. 269 del Tribunal Supremo Popular regula la subasta en la vía de apremio, como parte del trámite de ejecución de resoluciones judiciales firmes. Fue emitida por el Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular.
- La subasta judicial puede ser realizada directamente por un juez o por un rematador o especialista designado.
- Los posibles compradores deben cumplir requisitos como ser mayor de edad, residente permanente en Cuba y aceptar la titulación existente sobre los bienes.
- La publicidad de la convocatoria se realiza mediante edicto y otros medios de comunicación durante un plazo de 20 días.
- Los compradores interesados presentan sus solicitudes y acreditan el cumplimiento de los requisitos previstos.
- La subasta se realiza en audiencia pública, con la lectura de los avisos publicados y los bienes que se venden, y se escuchan las ofertas iniciales de cada comprador presente.
Texto íntegro
GOC-2022-793-O82 LIC. LILIAN PÉREZ CASTILLO, SECRETARIA JUDICIAL DEL TRIBUNAL SU- PREMO POPULAR. -------------------------------------------------------------------------------- CERTIFICO: Que el Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular, en sesión ordinaria celebrada el 29 de julio de 2022, aprobó la instrucción que es del tenor siguiente:
POR CUANTO: El
Artículo 482 de la Ley 141, de 28 de octubre de 2021, “Código de Procesos”, faculta al Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular para dictar las reglas que guíen la realización de la subasta en la vía de apremio, como parte del trámitede ejecución de resoluciones judiciales firmes. --------------------------------------------
POR CUANTO: Para la elaboración de la presente instrucción, se examinaron las leyesprocesales dictadas en Cuba y otros países, el resultado de investigaciones científicas ymaterial de estudio sobre el tema; y, previo a la aprobación, se realizó un proceso de consulta a los magistrados y jueces, profesores de la Facultad de Derecho de la Universidad de La Habana, especialistas de la Fiscalía General de la República, el Ministerio de Justicia, la Organización Nacional de Bufetes Colectivos, el Banco Central de Cuba y los ministerios de Economía y de Finanzas y Precios, de los cuales se recibieron criterios y aportes valiosos.-------------------------------------------------------------------------------------------------
POR TANTO: En uso de las facultades que le están conferidas en los artículos 148, tercer párrafo, de la Constitución de la República, y 29, apartado uno, inciso h), de la Ley 140, de 28 de octubre de 2021, “De los Tribunales de Justicia”, el Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular dicta la siguiente: --------------------------------------------INSTRUCCIÓN No. 269
PRIMERO: La subasta judicial la realiza directamente un juez o puede designarse a un rematador o especialista en esta actividad para que la efectúe. Este último supuestoprocede de oficio o a instancia de parte. -----------------------------------------------------------SEGUNDO: Puede realizarse la subasta judicial en la sede del tribunal o en otro lugarque se habilite al efecto; a ese fin, se ordenará a quien tenga los bienes en su poder o custodia que los presente para tenerlos a la vista. Cuando por su naturaleza u otra situación razonable, los bienes no puedan trasladarse, el tribunal decidirá si se efectúa la subasta en el lugar en que se encuentren, de contar con las condiciones requeridas para su celebración, o si se desarrolla sin estos. ---------------------------------------------------------------
TERCERO: A la subasta pueden acudir las personas naturales y jurídicas interesadas en la adquisición de los bienes, con el mismo derecho a hacer propuestas, de acuerdo con el principio de la libre concurrencia, pero bajo las condiciones que anuncie el tribunal en relación con lo regulado legalmente, respecto a la transmisión de estos, y que las ofertas se hagan por un valor igual o superior al de la tasación practicada y aprobada, conforme a lo regulado en los artículos 476 y 480 del Código de Procesos. -------------------------------
CUARTO: Para participar en la subasta, los posibles compradores deben cumplir los requisitos siguientes: --------------------------------------------------------------------------------a) Identificarse con sus generales y datos de localización suficiente; las personas na-turales refieren su estado civil y el número del carné de identidad; y las personasjurídicas aportan los documentos de representación; -------------------------------------
2194 GACETA OFICIAL 9 d e agosto d e 2022 b) ser mayor de edad y residente permanente en el país; ------------------------------------ c) cumplir los requisitos legales para la adquisición de la propiedad de bienes sujetos a regímenes especiales; ------------------------------------------------------------------------ d) aceptar la titulación existente sobre los bienes, sus cargas o gravámenes, si los hubiese; ------------------------------------------------------------------------------------- e) declarar que conocen las condiciones generales y particulares de la subasta, establecidas en el Código de Procesos, la presente instrucción y el edicto correspondiente; y ----------------------------------------------------------------------------f) acreditar el depósito, en pesos cubanos, de la fianza que disponga el tribunal en laforma que regula la presente instrucción. --------------------------------------------------
QUINTO: Para la tramitación de la subasta, se forma pieza separada. El tribunal dispone su convocatoria mediante auto, con el objetivo de que se presenten los compradores interesados; en esta resolución judicial, es obligatorio señalar el medio que se utilizará para la publicidad, se describen los bienes y el valor de cada uno, según la tasación aprobada por el tribunal en la tramitación de la vía de apremio, y se consignan las condiciones gene-rales y específicas para el desarrollo de aquella. -------------------------------------------------SEXTO: La publicidad de la convocatoria se concede por un plazo de veinte días,mediante edicto que se fija en la tablilla de avisos del tribunal, con el listado de los bienesembargados, el valor de la tasación por cada uno, el nombre de las partes del proceso, las condiciones generales y particulares de la subasta, y las exigencias para poder participar como comprador. Además, se da a conocer por los medios de comunicación local o nacional y por vías digitales, electrónicas o cualquier otra que se considere prudente, siempre en atención a la naturaleza y entidad de los bienes. ---------------------------------------------
SÉPTIMO: Los compradores interesados en participar en la subasta presentan sus solicitudes en el plazo de la convocatoria y mediante escrito, en el que consignan los datos y acreditan el cumplimiento de los requisitos previstos en el apartado Cuarto de esta ins-trucción; respecto al inciso f), solo manifiestan estar en condiciones de abonar la fianzacuando se disponga. Las solicitudes se unen consecutivamente mediante el dictado deprovidencia, a fin de que las partes del proceso queden enteradas. -----------------------------OCTAVO: Los interesados pueden mostrar interés por determinados bienes, o todos, y examinarlos en el lugar en que se encuentran, a cuyo efecto el tribunal cursa comunicación a quien los tenga en su poder o custodia. ----------------------------------------------------------
NOVENO: El tribunal, en coordinación con el Banco que corresponda, designa lacuenta bancaria en la que se consignarán las fianzas exigidas a los interesados para poderparticipar en la subasta y, una vez terminada esta, el precio de la venta o remate. ------------
DÉCIMO: Vencido el plazo de publicidad de la convocatoria, el tribunal aprueba, mediante auto, a los compradores que intervendrán en la subasta y argumenta los motivos de los que quedaron excluidos; confecciona una lista con el nombre de los que fueron aceptados y la publica en la tablilla de avisos del tribunal por el plazo de cinco días, con copiade la resolución judicial. Además, se lo comunica directamente a cada uno, a fin de que consignen la fianza, con el apercibimiento de que, sin el cumplimiento de dicho requisito,no pueden participar. --------------------------------------------------------------------------------UNDÉCIMO: Los posibles compradores consignan la fianza en pesos cubanos, enla cuenta bancaria habilitada al efecto, en el plazo de cinco días a partir de que se les comunique que fueron aprobados para intervenir, y por el importe del 30 % del valor de la tasación de los bienes de su interés, lo que acreditan de inmediato al tribunal con el comprobante del depósito. En caso de que el comprador interesado no asista a la ce-
2195 GACETA OFICIAL9 d e agosto d e 2022 lebración de la subasta de forma injustificada, se incauta la fianza y el monto ingresa alpresupuesto del Estado. Los solicitantes pueden desistir de participar antes de su realización, lo que informan al tribunal mediante escrito, supuesto en el cual se les devuelvela fianza. -----------------------------------------------------------------------------------
DUODÉCIMO: Verificado lo dispuesto en los apartados anteriores y consignadas las fianzas por los interesados, el tribunal dispone, mediante providencia, la fecha, hora y ellugar de realización de la subasta, indica la modalidad de esta, según lo referido en los apartados Primero y Segundo de esta instrucción y cita, con no menos de cinco días de antelación, a los compradores que fueron aprobados, con el apercibimiento de que, de no comparecer, se efectúa con los asistentes al acto. En la citación, también se describen las mencionadas circunstancias. Además, se cita a las partes y a sus representantes, así como a las personas naturales y jurídicas que el tribunal considere, para que presencien aquella.-------------------------------------------------------------------------------------------------
DECIMOTERCERO: El juez realiza la subasta del modo siguiente: ---------------------- a) Constituido en audiencia pública en el lugar indicado, el juez da inicio al acto de la subasta con la lectura de los avisos publicados y los bienes que se venden; ----------- b) presenta a los compradores con derecho a intervenir en el acto, anuncia los que no asistieron y las causas, cuando estas se conozcan; ---------------------------------------- c) se escuchan las ofertas iniciales de cada comprador presente, las que serán igual o superior al valor de la tasación de los bienes, practicada y aprobada en el proceso, siguiendo como regla el orden de su concurrencia y, posteriormente, se les concede la palabra a cada uno, en rondas sucesivas, para mejorar las propuestas; -------------- d) el juez pronuncia el remate y la adjudicación al mejor postor, previo al requerimiento público de mejorar la última oferta, y cierra la venta; ----------------------- e) con el cierre de la venta, se concluye la subasta y se les informa a los presentes el nombre del comprador y el bien adjudicado a cada uno; --------------------------------- f) el secretario judicial actuante levanta el acta de la realización de la subasta, en la que expresa todo lo acontecido en el acto y el monto de las dos últimas posturas, con el nombre de los oferentes, sus datos personales, domicilio, teléfono y cualquier otro que viabilice su localización; si es una persona natural, consigna el estado civil y el número del carné de identidad; -------------------------------------------------------------- g) además de lo descrito en el inciso anterior, se consigna la relación de los otros pos-tores, por el orden de los montos de las ofertas definitivas que realizaron al cierre dela subasta y sus datos personales; ---------------------------------------------------------- h) se impone al comprador la obligación de pagar el precio de la venta o remate en lacuenta bancaria que se habilitó a ese fin, en el plazo de diez días; ----------------------i) el precio de la venta o remate se dispone en pesos cubanos; y ---------------------------j) el acta la firman el juez, las partes y sus representantes, si concurrieron al acto, elcomprador adjudicado, el segundo mejor postor y el secretario judicial actuante. El juez puede decidir que los demás oferentes u otros participantes en la subasta rubriquen el acta, como constancia de su presencia. -------------------------------------------
DECIMOCUARTO: Impuesto el comprador adjudicado del resultado de la subasta,deposita el precio de la venta o remate en la cuenta bancaria que se habilitó a ese fin, enel plazo de diez días, lo que puede realizar mediante transferencia, tarjeta magnética y demás canales electrónicos de pago, con la obligación de acreditarlo de inmediato al tribu-nal. El monto de la fianza prestada se computa al valor total de la cifra que tiene que pagarpor la compra del bien. ------------------------------------------------------------------------------
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DECIMOQUINTO: Si el comprador adjudicado no paga el precio de la venta o re-mate, se le incauta la fianza, cuyo monto ingresa al presupuesto del Estado y se llama al segundo mejor postor; si este tampoco lo hace en el plazo que fije el tribunal, se sigue sucesivamente de igual modo por la lista de los posibles compradores a que se refieren losincisos f) y g) del apartado Decimotercero de la presente instrucción y se procede de la misma forma. -----------------------------------------------------------------------------------------
DECIMOSEXTO: Si el día señalado para la realización de la subasta no se presentan los posibles compradores, no se realizan ofertas o los montos de estas no igualan o superan el valor de la tasación de los bienes, el tribunal declara aquella desierta y procede en la forma dispuesta en el
Artículo 483 del Código de Procesos. ------------------------------------
DECIMOSÉPTIMO: Una vez que el comprador paga el precio de la venta o remate, el tribunal procede en la forma dispuesta en el
Artículo 484 del Código de Procesos y, en el auto que dicte al efecto, describe detalladamente los bienes adjudicados en la subasta, atendiendo a su naturaleza, en especial aquellos que están sujetos a la formalidad registral; asimismo, impone al adquirente de la obligación de pagar el impuesto por la trans-misión de bienes y, a ese fin, remite a la Oficina de Administración Tributaria una copia certificada de la resolución firme; de igual forma, envía comunicación al registro dondese encuentra inscripto el bien adjudicado. --------------------------------------------------------DECIMOCTAVO: La devolución de la fianza a los demás oferentes que participaron en la subasta y a los que no asistieron de forma justificada o desistieron a tiempo, se realizauna vez que el comprador pague el precio de la venta o remate y, asimismo, se incautala de los que no asistieron sin causa justificada, cuyo monto ingresa al presupuesto del Estado. ---------------------------------------------------------------------------------------------
DECIMONOVENO: Cuando la subasta se realiza por un rematador o especialista en esta actividad, se desarrolla con la aplicación del procedimiento descrito en esta instruc-ción, en lo que resulte pertinente; a ese fin, el tribunal libra las comunicaciones requeridas yefectúa las coordinaciones necesarias para: ------------------------------------------------------ a) Designar al rematador; ----------------------------------------------------------------------- b) instruir al rematador designado de sus obligaciones y el procedimiento; ------------- c) determinar la hora, fecha, forma y el lugar en que se celebrará la subasta; y ----------d) definir los aseguramientos y las condiciones para la realización de la subasta. -----VIGÉSIMO: Dentro del plazo de cinco días de realizada la subasta por el rematador designado, este presenta al tribunal un informe o acta sobre su resultado, ajustado a lo establecido en el apartado Decimotercero de la presente instrucción, en lo que resulte pertinente. -------------------------------------------------------------------------------------------VIGESIMOPRIMERO: Recibido el informe o acta a que se refiere el apartado anterior, el tribunal lo aprueba, si se ajusta a los requerimientos necesarios, y continúa el procedimiento para el pago del precio de la venta o remate y los demás trámites indicados en la presente instrucción. En caso contrario, lo devuelve al rematador para que lo subsane en la forma que corresponda. --------------------------------------------------------- VIGESIMOSEGUNDO: Si el precio de la venta o remate sobrepasa el monto de la deuda, el tribunal dispone que la diferencia se pague al deudor, en la forma regulada en los apartados 2, 3 y 4 del
Artículo 481 del Código de Procesos, en lo que proceda. --------- VIGESIMOTERCERO: Una vez que se implemente la plataforma tecnológica, la subasta podrá realizarse por la vía electrónica, de conformidad con lo regulado en los artículos 165 de la Ley de los Tribunales de Justicia, y el 220 del Código de Procesos. --------
2197 GACETA OFICIAL9 d e agosto d e 2022 VIGESIMOCUARTO: Esta disposición entra en vigor a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba. ----------------------------------------------------------COMUNÍQUESE la presente instrucción a los vicepresidentes y presidentes de salas del Tribunal Supremo Popular; a los presidentes de los tribunales, la Fiscal General de la República de Cuba, el Ministro de Justicia, la Presidenta de la Organización Nacional de Bufetes Colectivos, la Ministra presidente del Banco Central de Cuba, los ministros de Economía y de Finanzas y Precios, a los efectos pertinentes, y publíquese en la Ga-ceta Oficial de la República de Cuba, para su conocimiento general. ---------------Y PARA QUE SURTA EFECTO ANTE QUIEN CORRESPONDA, EXPIDO LA PRESENTE EN LA HABANA, A VEINTINUEVE DE JULIO DE DOS MIL VEINTI- DÓS, “AÑO 64 DE LA REVOLUCIÓN”. -------------------------------------------------------